Inscripción, renovación y actualización de datos del registro EMAS

Actualizado el 18 de diciembre de 2019
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El EMAS es una herramienta de uso voluntario disponible para cualquier organización que opere en algún sector económico de la Unión Europea o fuera de la Unión Europea y que desee:

  • asumir una responsabilidad ambiental y económica,
  • mejorar su comportamiento ambiental,
  • comunicar sus resultados ambientales a la sociedad y a las partes interesadas en general.
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A quién va dirigido

Desde 2001, cualquier organización pública o privada puede implementar el EMAS. Con el EMAS III, también pueden acceder al sistema las organizaciones no europeas y las empresas europeas que operan en países no europeos.

Organismo responsable

Normativa

Documentación relacionada

Inscribirse en el registro

Plazos

Se puede solicitar en cualquier momento.

Documentación

Documentación que se debe adjuntar a la solicitud:

  1. Declaración ambiental validada.
  2. Declaración del verificador ambiental sobre las actividades de verificación y validación.
  3. Declaración del verificador sobre la excepción para organizaciones pequeñas (en el caso de organizaciones que deseen acogerse a la excepción para organizaciones pequeñas).

Requisitos

La organización que se quiera adherir al sistema EMAS debe verificar su sistema de gestión ambiental con un verificador ambiental acreditado y presentar la solicitud de adhesión al sistema a la Dirección General de Calidad Ambiental y Cambio Climático del Departamento de Territorio y Sostenibilidad.

Tasas

No hay tasas asociadas a este trámite.

Otras informaciones

Procedimiento general de implementación del EMAS
El procedimiento general de implementación del EMAS es el siguiente:

  1. La organización comenzará realizando un análisis ambiental, un análisis inicial de todas las actividades que lleve a cabo para identificar los aspectos ambientales directos o indirectos pertinentes y la legislación ambiental aplicable.
  2. A continuación deberá implementar un sistema de gestión medioambiental de acuerdo con los requisitos de EN ISO 14001 (anexo II del Reglamento del EMAS).
  3. El sistema se comprobará mediante auditorías internas y una revisión por parte de la dirección.
  4. La organización redactará una declaración ambiental del EMAS.
  5. Un verificador del EMAS acreditado o autorizado comprobará el análisis ambiental y el sistema de gestión ambiental y validará la declaración medioambiental.
  6. Una vez verificada, la organización presentará una solicitud de registro al organismo competente.

La solicitud de inscripción, renovación y actualización del Registro EMAS se hará, preferentemente, en formato electrónico.

Por internet

Anexo: Datos específicos de la organización

Presencialmente


Puntos de tramitación


Oficinas de la administración

Institut de Recerca de L'Energia de Catalunya (IREC)

Consorci de Comerç, Artesania I Moda de Catalunya

Grupo de Asisténcia Sanitária y Social (SAGESSA)

Consorci Per a la Normalització Lingüística (CPNL)

Fundación Privada Centro de Investigación en Salud Internacional de Barcelona (CRESIB)

Institut D'Investigacions Biomèdiques August Pi I Sunyer (IDIBAPS)

Escola D'Administració Pública de Catalunya (EAPC)

Institut Català de Ciències del Clima (IC3)

Autoritat Territorial de la Mobilitat (ATM). Àrea de Girona

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