Informe de prevención y seguridad en materia de incendios
Actualizado el 6 de marzo de 2025
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Objetivo
Obtener un informe de prevención y seguridad en materia de incendios, necesario para establecimientos, actividades, infraestructuras o edificios especificados en la Ley 3/2010, así como para actividades esporádicas o puntuales.
¿Quién puede solicitarlo?
Titulares o representantes de establecimientos, actividades, infraestructuras o edificios incluidos en el anexo 1 de la Ley 3/2010, o para actividades esporádicas o puntuales del artículo 23 de la misma ley.
Requisitos principales
- El solicitante debe ser el titular o representante del establecimiento, actividad, infraestructura o edificio que requiere el informe.
- Cumplir con los requisitos de seguridad contra incendios establecidos en la normativa vigente.
Plazos
No especificado
Duración del trámite
No especificado
Información adicional
No especificado
Resumen
Este trámite permite solicitar un informe de prevención y seguridad en materia de incendios. Este informe es necesario para:
- Establecimientos, actividades, infraestructuras o edificios incluidos en el anexo 1 de la Ley 3/2010.
- Actividades esporádicas o puntuales incluidas en el artículo 23 de la Ley 3/2010.
Cómo hacerlo
Para solicitar el informe, debes seleccionar la opción que corresponda a tu caso: