Informe de adecuación de la vivienda
Este informe preceptivo sirve para acreditar la adecuación de la vivienda en el proceso de obtención de una autorización de residencia por reagrupación familiar.
La solicitud de informe se presentará preferentemente Ayuntamiento donde la persona solicitante tenga su domicilio habitual, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen Jurídico de las administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo común.
El pago de la tasa ha de ser siempre previo a la solicitud del informe y es necesario disponer de una tarjeta bancaria (crédito o débito).
A quién va dirigido
A las personas extranjeras que tengan su domicilio habitual en un municipio de Cataluña y que pretendan reagrupar a su familia.
Organismo responsable
Normativa
Trámites relacionados
- Informe de arraigo social en Cataluña
- Informe de integración social para renovar/modificar la residencia temporal
- Informe de adecuación de la vivienda para la renovación de familiares reagrupados
Pagar la tasa y Solicitar el informe
Plazos
El informe de adecuación de la vivienda se puede solicitar en cualquier momento.
Documentación
Documentación que debe adjuntarse a la solicitud:
Documentación genérica
- Original o fotocopia completa compulsada del pasaporte en vigor.
- Original o fotocopia de la autorización de residencia o de residencia y trabajo del reagrupante ya renovada o, en su caso, conjuntamente copia de la autorización y copia de la solicitud de renovación de la misma.
Documentación específica
- Justificante del pago de la tasa:
El pago de la tasa se ha de efectuar a través del Paso 1 Pagar la tasa y seguir las instrucciones de este paso.- Si el pago se ha efectuado on-line, mediante tarjeta de crédito o débito, el justificante será la impresión del comprobante que emitirá el sistema una vez efectuado el pago.
- Si el pago se ha efectuado mediante red de cajeros automàticos "Servicaixa",con tarjeta de crédito o débito, el justificante será el comprobante que se imprime en el cajero una vez se ha efectuado el pago.
- Original o fotocopia compulsada de la documentación acreditativa del título que habilita para ocupar la vivienda.
Requisitos
Los requisitos son:
- Ser persona extranjera extracomunitaria
- Ser mayor de edad
- Disponer de una autorización de residencia renovada o en proceso de renovación
Podéis consultar las excepciones a los requisitos en las páginas 4 y 5 de la Instrucción DGI/BSF/1/2014 por la que se establecen criterios generales para la elaboración de los informes de extranjería competencia de la Generalitat de Cataluña.
Tasas
Antes de solicitar el informe se deberá pagar una tasa de 36,75 euros (consultad el Paso 1 Pagar la tasa).
Otras informaciones
El Departamento de Trabajo, Asuntos Sociales y Familias, mediante la Secretaría de Igualdad, Migraciones y Ciudadanía, emitirá un informe de adecuación de la vivienda favorable o desfavorable en función de que se acredite suficientemente su idoneidad para atender las necesidades del reagrupante y de los familiares que pretende reagrupar.
El informe se basará en la documentación que acompañe la solicitud, en el informe técnico elaborado por el ayuntamiento donde la persona reagrupante tenga su domicilio habitual y, en su caso, en la información consultada a otras administraciones u organismos.
Podéis consultar las condiciones de habitabilidad de la vivienda en las páginas 5, 6 y 7 de la Instrucción DGI/BSF/1/2014 por la que se establecen criterios generales para la elaboración de los informes de extranjería competencia de la Generalitat de Cataluña.
Recordad que el pago de la tasa debe ser siempe previo a la solicitud del informe y es necesario disponer de una tarjeta bancaria (crédito o débito).
Por internet
- Primero es necesario acceder al enlace Pagar la tasa o desde el botón Acceder, que se puede encontrar más arriba. Desde este enlace se puede descargar y enviar a tramitar el formulario de pago de la tasa, siguiendo las instrucciones de la página. De esta manera, cuando se acabe de realizar el trámit, se recibirá un acuse de recibo y una carta de pago.
- Con la carta de pago que se obtiene, se deberá efectuar el pago de la tasa. Es necesario disponer de una tarjeta bancaria (crédito o débito) i hacerlo por una de estas vias:
- Por Internet, a través de la dirección: https://portal.lacaixa.es/pagos/impuestosrecibosmatriculas_ca.html, con tarjeta de crédito o débito de cualquier entidad bancaria.
- Mediante la red de cajeros automáticos "Servicaixa": con tarjeta de crédito o débito de cualquier entidad bancaria o, si se dispone de una, con una libreta o cuenta corriente de "La Caixa"/CaixaBank.
Podéis consultar las condiciones técnicas necesarias para realizar trámites en línea en Trámites gencat.
Para dudas o incidencias durante la tramitación por Internet podéis llamar al 012.
Trámites relacionados
Oficinas de la administración
Institut de Recerca de L'Energia de Catalunya (IREC)
Otros Jardins de Les Dones de Negre 1, 08930, Sant Adrià de Besòs
Consorci de Comerç, Artesania I Moda de Catalunya
Calle Provença 339, 08037, Barcelona
Grupo de Asisténcia Sanitária y Social (SAGESSA)
Avenida Dr. Josep Laporte 2, 43204, Reus
Consorci Per a la Normalització Lingüística (CPNL)
Calle Mallorca 272, 08037, Barcelona
Tel. 932723100
Consorci Hospitalari de Vic
Calle Francesc Pla, el Vigatà 1, 08500, Vic
Tel. 938891111
Fundación Privada Centro de Investigación en Salud Internacional de Barcelona (CRESIB)
Calle Rosselló 132, 08036, Barcelona
Tel. 932275706
Institut D'Investigacions Biomèdiques August Pi I Sunyer (IDIBAPS)
Calle Rosselló 149-153, 08036, Barcelona
Escola D'Administració Pública de Catalunya (EAPC)
Carrer Girona 20, 08010, Barcelona
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