Impuesto sobre sucesiones y donaciones: herencias
Información Rápida
Objetivo
Declarar la adquisición de bienes y derechos recibidos por herencia, legado u otro título sucesorio, sujetos al Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.
¿Quién puede solicitarlo?
Ciudadanos que hayan adquirido bienes o derechos por herencia, legado o cualquier otro título sucesorio.
Requisitos principales
- Haber adquirido bienes o derechos por herencia, legado o cualquier otro título sucesorio.
Plazos
El plazo para declarar la adquisición es de seis meses desde la fecha de defunción. Se puede solicitar una prórroga de seis meses durante los primeros cinco meses desde la fecha de defunción, abonando intereses de demora por los días prorrogados.
Duración del trámite
No especificado
Información adicional
Los plazos de presentación pueden interrumpirse si existe un litigio o juicio voluntario de testamentaría relacionado con los bienes, derechos y obligaciones de la herencia.
Resumen
Este trámite permite declarar la adquisición de bienes y derechos por herencia, sujetos al Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.
¿Quién puede usar este servicio?
Ciudadanos que hayan recibido una herencia, legado o cualquier otro título sucesorio.
Antes de empezar
Es importante conocer los plazos y requisitos para la declaración del impuesto.
Lo que necesitas
Documentos requeridos
No se especifican documentos requeridos en la información proporcionada.
Plazos
El plazo para declarar la adquisición es de seis meses desde la fecha de defunción. Se puede solicitar una prórroga de seis meses durante los primeros cinco meses, abonando intereses de demora.
Costes
Este trámite no tiene tasas asociadas.
Cómo hacerlo
Paso a paso del proceso
- Autoliquidar el impuesto:
- Por Internet: A través de la sede electrónica de la Agencia Tributaria de Cataluña: Iniciar
- Presencialmente: Consultar la información en la sede electrónica de la Agencia Tributaria de Cataluña: Impuesto sobre sucesiones y donaciones. Herencia y legado
- Respuesta de la Administración:
- No hay respuesta si el trámite se realiza correctamente.
- Si la liquidación es errónea, se producirá una actuación administrativa.
Información sobre cada etapa
La autoliquidación del impuesto se realiza a través de los medios indicados (internet o presencial). Si la liquidación es correcta, no se recibirá respuesta de la administración. En caso contrario, se iniciará una actuación administrativa.
Tiempos de espera
No se especifican tiempos de espera para este trámite.
Después de hacerlo
Qué sucede después
Si la liquidación es correcta, el proceso finaliza. Si es incorrecta, se iniciará una actuación administrativa.
Plazos de resolución
No se especifican plazos de resolución.
Siguiente pasos
En caso de recibir una actuación administrativa, seguir las indicaciones proporcionadas por la administración.
Ayuda
Contacto
- Departament d'Economia i Finances
- Agència Tributària de Catalunya (ATC)
Recursos adicionales
Preguntas frecuentes
Ver sección de preguntas frecuentes (FAQ) para resolver dudas comunes.
Preguntas frecuentes
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En esta página
- Resumen
- ¿Quién puede usar este servicio?
- Antes de empezar
- Lo que necesitas
- Documentos requeridos
- Plazos
- Costes
- Cómo hacerlo
- Paso a paso del proceso
- Información sobre cada etapa
- Tiempos de espera
- Después de hacerlo
- Qué sucede después
- Plazos de resolución
- Siguiente pasos
- Ayuda
- Contacto
- Recursos adicionales
- Preguntas frecuentes
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