Impuesto sobre sucesiones: donaciones
Información Rápida
Objetivo
Declarar la adquisición de bienes y derechos recibidos por donación, sujetos al Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones en Cataluña.
¿Quién puede solicitarlo?
Ciudadanos que hayan recibido una donación o adquirido bienes o derechos sin contraprestación.
Requisitos principales
- Haber recibido una donación o adquirido bienes/derechos sin contraprestación a título gratuito entre personas vivas.
Plazos
El plazo de presentación de la documentación es de un mes desde la fecha del acto o entrega.
Duración del trámite
No especificado
Información adicional
Para más información sobre el tributo y trámites relacionados, consulta la sede electrónica de la Agencia Tributaria de Cataluña: <a href="https://web.gencat.cat/system/workplace/editors/http:/atc.gencat.cat/es/tributs/isd/donacions/">Impuesto sobre sucesiones y donaciones. Donaciones</a>
Resumen
Este trámite permite declarar la adquisición de bienes y derechos recibidos por donación, los cuales están sujetos al Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.
¿Quién puede usar este servicio?
Cualquier persona que haya recibido una donación o haya adquirido bienes o derechos sin dar nada a cambio.
Antes de empezar
Es importante conocer que los bienes y derechos adquiridos por donación están sujetos al Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. La base imponible se calcula sobre el valor real de los bienes, restando las cargas que disminuyen su valor. Existen reducciones de la base imponible según las circunstancias.
Lo que necesitas
Documentos requeridos
No se especifican documentos requeridos en la información proporcionada.
Costes y plazos
Este trámite no tiene tasas asociadas. El plazo para presentar la documentación es de un mes desde la fecha de la donación.
Cómo hacerlo
Paso a paso del proceso
- Autoliquidar el impuesto:
- Por Internet: Accede al trámite telemático en la sede electrónica de la Agencia Tributaria de Cataluña.
- Presencialmente: Consulta la información en la sede electrónica de la Agencia Tributaria de Cataluña: Impuesto sobre sucesiones y donaciones. Donaciones
- Recibir la respuesta de la Administración:
- Se puede presentar un recurso de reposición en el plazo de un mes desde la notificación del acto impugnado, o una reclamación económico-administrativa.
Después de hacerlo
Qué sucede después
Una vez realizada la autoliquidación, la administración responderá a la solicitud.
Plazos de resolución
No se especifica el plazo de resolución.
Siguiente pasos
En caso de no estar de acuerdo con la resolución, se puede presentar un recurso de reposición o una reclamación económico-administrativa.