Impuesto sobre la emisión de gases y partículas a la atmósfera producida por la industria

Actualizado el 7 de marzo de 2025
Ver en la web de la administración

Información Rápida

Objetivo

El Impuesto sobre la emisión de gases y partículas a la atmósfera producida por la industria grava la emisión de sustancias contaminantes para incentivar prácticas más respetuosas con el medio ambiente y mejorar la calidad del aire.

¿Quién puede solicitarlo?

Ciudadanos, empresas, profesionales y entidades que realicen actividades que generen emisiones de gases y partículas a la atmósfera.

Requisitos principales

  • Realizar actividades industriales o de combustión que generen emisiones contaminantes a la atmósfera.
  • Presentar el modelo de autoliquidación e ingresar el importe correspondiente entre el 1 y el 20 de abril del año siguiente al devengo del impuesto.
  • En caso de cese de la actividad, presentar la autoliquidación en el plazo de un mes desde la fecha del cese.

Plazos

La autoliquidación debe presentarse entre el 1 y el 20 de abril del año siguiente al del devengo del impuesto. En caso de cese de actividad, el plazo es de un mes desde el cese.

Duración del trámite

No especificado

Información adicional

Puede consultar toda la información sobre el impuesto en la sede electrónica de la Agencia Tributaria de Cataluña: <a href="http://atc.gencat.cat/es/tributs/impost-emissions-industria/">Impuesto sobre la emisión de gases y partículas a la atmósfera producida por la industria</a>

Resumen

Este trámite permite declarar el Impuesto sobre la emisión de gases y partículas a la atmósfera producida por la industria.

Quién puede usar este servicio:

  • Ciudadanos
  • Empresas y profesionales
  • Entidades

Lo que necesitas

  • Documentos requeridos: Modelo de autoliquidación del impuesto.
  • Plazos: La autoliquidación debe presentarse entre el 1 y el 20 de abril del año siguiente al del devengo del impuesto. En caso de cese de actividad, el plazo es de un mes desde el cese.
  • Costes: No hay tasas asociadas a este trámite.

Cómo hacerlo

  1. Declarar el impuesto:
    • Accede al trámite telemático a través de la sede electrónica de la Agencia Tributaria de Cataluña: Iniciar
  2. Recibir la respuesta de la Administración:
    • No hay respuesta si el contribuyente efectúa correctamente el trámite.
    • En caso de liquidación errónea, se producirá una actuación administrativa.

Después de hacerlo

  • Plazos de resolución: No aplica si el trámite se realiza correctamente.
  • Siguientes pasos: En caso de disconformidad con la liquidación, se puede interponer recurso de reposición en el plazo de un mes o una reclamación económico-administrativa.

Ayuda

Normativa


Preguntas frecuentes


Oficinas de la administración

Institut de Recerca de L'Energia de Catalunya (IREC)

Consorci de Comerç, Artesania I Moda de Catalunya

Grupo de Asisténcia Sanitária y Social (SAGESSA)

Consorci Per a la Normalització Lingüística (CPNL)

Fundación Privada Centro de Investigación en Salud Internacional de Barcelona (CRESIB)

Institut D'Investigacions Biomèdiques August Pi I Sunyer (IDIBAPS)

Escola D'Administració Pública de Catalunya (EAPC)

Institut Català de Ciències del Clima (IC3)

Autoritat Territorial de la Mobilitat (ATM). Àrea de Girona

Cinco Días
Expansión
EFE Emprende
CuatroCasas Telefonica

Empresa participante en Cuatrecasas ACELERA en colaboración con Telefónica Open Future.