Impuesto sobre bebidas azucaradas envasadas
Información Rápida
Objetivo
Gravar el consumo de bebidas azucaradas envasadas para incentivar hábitos de consumo más saludables, tal como recomienda la Organización Mundial de la Salud (OMS).
¿Quién puede solicitarlo?
Ciudadanos, empresas, profesionales y entidades que suministran bebidas azucaradas envasadas al consumidor final en Cataluña.
Requisitos principales
- Ser una persona física o jurídica que suministra bebidas azucaradas envasadas al consumidor final.
- Repercutir el impuesto al consumidor final.
Plazos
Autoliquidación: del 1 al 20 del mes siguiente a la finalización del trimestre natural. Declaración informativa anual: del 1 al 28 de febrero de cada año.
Duración del trámite
No se especifica.
Información adicional
Puede encontrar más información sobre el impuesto (hecho imponible, supuestos de no sujeción, sujetos pasivos y facturación, base imponible y tipo de gravamen, devengo, autoliquidación y declaración informativa anual) en la sede electrónica de la Agencia Tributaria de Cataluña: [Impuesto sobre bebidas azucaradas envasadas](https://atc.gencat.cat/es/tributs/ibee/)
Resumen
Este trámite permite declarar el impuesto sobre bebidas azucaradas envasadas en Cataluña. El impuesto busca desincentivar el consumo de estas bebidas debido a sus efectos negativos en la salud.
Quién puede usar este servicio:
- Ciudadanos
- Empresas y profesionales
- Entidades
Lo que necesitas
- Documentos requeridos: No se especifican documentos, pero necesitarás información detallada sobre las bebidas vendidas para calcular el impuesto.
- Costes: Este trámite no tiene tasas asociadas.
- Plazos:
- Autoliquidación: del 1 al 20 del mes siguiente a la finalización del trimestre natural.
- Declaración informativa anual: del 1 al 28 de febrero de cada año.
Cómo hacerlo
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Declarar el impuesto:
- Accede al trámite telemático en la sede electrónica de la Agencia Tributaria de Cataluña: Impuesto sobre bebidas azucaradas envasadas
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Recibir la respuesta de la Administración:
- No hay respuesta si el trámite se realiza correctamente.
- Si la liquidación es errónea, se iniciará una actuación administrativa.
Después de hacerlo
- Si la liquidación es correcta, no recibirás ninguna comunicación.
- En caso de error, la administración se pondrá en contacto contigo.
- Puedes interponer un recurso de reposición en el plazo de un mes desde la notificación del acto impugnado, o una reclamación económico-administrativa.
Ayuda
- Para más información, consulta la sede electrónica de la Agencia Tributaria de Cataluña: Impuesto sobre bebidas azucaradas envasadas
- Organismos responsables: