Fusión de fundaciones
Las fundaciones pueden fusionarse por cualquiera de los medios establecidos por la normativa vigente si conviene para cumplir mejor las finalidades fundacionales y no ha sido prohibido por los fundadores. El acuerdo de fusión, que se debe formalizar en una escritura pública, ha de ser motivado y requiere la aprobación del Protectorado.
Modalidades de fusión
- Fusión por absorción: fusión de fundaciones mediante la absorción de una o diversas personas jurídicas por otra.
- Fusión en nueva fundación: fusión de fundaciones mediante la extinción de las entidades existentes y la constitución de una nueva fundación.
A quién va dirigido
- A las fundaciones inscritas en el Registro de fundaciones.
- A los miembros del patronato de las fundaciones inscritas en el Registro.
Organismo responsable
Normativa
Solicitar la inscripción de la fusión por absorción
Plazos
Se puede inscribir en cualquier momento.
Documentación
Documentación que se debe adjuntar a la solicitud:
- El certificado del acuerdo motivado del patronato de las fundaciones que se fusionan.
- La publicación del acuerdo de fusión en el DOGC y en dos diarios de máxima difusión en la província o comarca donde las personas jurídicas que se fusionen tengan su domicilio.
- La escritura pública de fusión.
- Balance de fusión de cada una de las fundaciones y el balance resultante de la fusión.
- La justificación del pago de la tasa correspondiente.
Tasas
157,50 ?
El pago de la tasa se puede hacer en los cajeros automáticos Servicaixa o por internet, mediante la opción de pagos en línea de la web de CaixaBank. Hay que conservar el resguardo justificativo del pago como comprobante.
La justificación del pago de la tasa sólo se exige en el momento de iniciar la prestación del servicio. Si se presenta documentación complementaria relativa a un expediente en trámite, no se tiene que volver a pagar la tasa.
En el caso de la Oficina de Atención Ciudadana de Girona, además de hacer el trámite se puede realizar el pago de la tasa.
Por internet
Consulte las condiciones técnicas necesarias para hacer trámites en línea.
Presencialmente
Puntos de tramitación
- Oficina de Gestió Empresarial a Barcelona
- Oficina de Gestió Empresarial de Girona
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- Departament de Justícia
- Serveis Territorials del Departament de Justícia a Girona
- Serveis Territorials del Departament de Justícia a Lleida
- Serveis Territorials del Departament de Justícia a Tarragona
- Serveis Territorials del Departament de Justícia a les Terres de l'Ebre
- Unitat d'Informació
- Oficina d'Atenció Ciutadana a Girona
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Consulte cómo descargar formularios en PDF
Consulte cómo configurar el Adobe Reader
Se puede presentar en los lugares citados en Puntos de tramitación y también por algunas de las vías previstas por el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.
En el caso de la Oficina de Atención Ciudadana de Girona, además de hacer el trámite se puede realizar el pago de la tasa.
Solicitar la inscripción de la fusión para crear una nueva fundación
Plazos
Este trámite se puede solicitar en cualquier momento.
Documentación
Documentación que se debe adjuntar a la solicitud:
- El certificado del acuerdo motivado del patronato de las fundaciones que se fusionan.
- La publicación del acuerdo de fusión en el DOGC y en dos diarios de gran difusión en Cataluña.
- La escritura pública de la carta fundacional y los balances de fusión de las fundaciones.
- El certificado del acuerdo del patronato, firmado por el secretario, con el visto bueno del presidente, por el que se aprueba el plan de viabilidad económica de los dos primeros años de funcionamiento de la fundación y de las actividades previstas.
- La aceptación de los cargos de patrón.
- La justificación del pago de la tasa correspondiente.
- El documento de autoliquidación del impuesto de transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentales. Este documento se obtiene al hacer el trámite ante el Departamento de Economía y Conocimiento.
Tasas
157,50 ?
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La justificación del pago de la tasa sólo se exige en el momento de iniciar la prestación del servicio. Si se presenta documentación complementaria relativa a un expediente en trámite, no se tiene que volver a pagar la tasa.
En el caso de la Oficina de Atención Ciudadana de Girona, además de hacer el trámite se puede realizar el pago de la tasa.
Por internet
Presencialmente
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