Escisión de una fundación

Actualizado el 6 de marzo de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Comunicar la escisión de una fundación, ya sea total o parcial, al registro correspondiente.

¿Quién puede solicitarlo?

Fundaciones inscritas en el Registro de fundaciones y miembros de su patronato.

Requisitos principales

  • La fundación debe estar inscrita en el Registro de fundaciones.
  • Cumplir con los requisitos establecidos en los artículos 331-5, 331-6 y 331-7 en materia de dotación y suficiencia de medios de financiación si la escisión implica la creación de una nueva fundación.

Plazos

Se puede comunicar en cualquier momento.

Duración del trámite

Variable, no especificado.

Información adicional

Si se presenta documentación complementaria a un expediente en trámite, no es necesario volver a pagar la tasa.

Resumen

Este trámite permite comunicar la escisión de una fundación al registro correspondiente. La escisión puede ser total o parcial.

Quién puede usar este servicio:

  • Fundaciones inscritas en el Registro de fundaciones.
  • Miembros del patronato de las fundaciones inscritas en el Registro.

Lo que necesitas

Documentos requeridos:

  • Escritura pública en la que se formalice el acuerdo de escisión.
  • Certificado del acuerdo motivado del patronato.
  • Documento de autoliquidación del impuesto de transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados.

Costes y plazos:

  • Tasa: 85,35 €.
  • Plazo para pagar la tasa: 10 días hábiles.

Cómo hacerlo

Paso a paso del proceso:

  1. Solicitar: Presentar la solicitud y la documentación requerida a través de internet con certificado digital.
  2. Consultar el estado del trámite: Verificar el estado de la solicitud en el apartado "Estado de mis gestiones" del portal o en el "Área privada".
  3. Recibir la respuesta de la Administración: Recibir una notificación electrónica a través del servicio e-NOTUM o en el Área privada.

Información sobre cada etapa:

  • La solicitud debe firmarse con un certificado digital de representante, de persona vinculada o de persona física.
  • Es necesario descargar los formularios cada vez que se vayan a usar para garantizar que se está utilizando la última versión.

Después de hacerlo

Qué sucede después:

  • Recibirás un mensaje por SMS o correo electrónico avisando de la notificación electrónica.

Ayuda

Contacto:

  • Departamento de Justicia y Calidad Democrática.
  • Dirección General de Derecho, Entidades Jurídicas y Mediación.

Recursos adicionales:

Normativa:


Preguntas frecuentes


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