Devolución de las sanciones COVID-19 del Departamento de Salud

Actualizado el 6 de marzo de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Permite a los ciudadanos que fueron sancionados por incumplir las restricciones de toque de queda y/o confinamiento perimetral entre el 25 de octubre de 2020 y el 8 de mayo de 2021 solicitar la devolución del importe pagado.

¿Quién puede solicitarlo?

Ciudadanos que hayan pagado una sanción al Departamento de Salud por incumplir las restricciones de movilidad o reunión durante el estado de alarma por COVID-19.

Requisitos principales

  • Haber abonado una sanción al Departamento de Salud por incumplimiento del toque de queda, confinamiento perimetral, reuniones o límites de aforo en actos religiosos entre el 25 de octubre de 2020 y el 8 de mayo de 2021.

Plazos

La comunicación de los datos bancarios puede realizarse a partir del 12 de diciembre de 2022.

Duración del trámite

No especificado

Información adicional

Los datos del formulario deben corresponder a la persona sancionada. Si el sancionado es menor de edad y no tiene cuenta bancaria, el tutor legal puede solicitar la devolución.

Resumen

Este trámite permite solicitar la devolución de las sanciones COVID-19 impuestas por el Departamento de Salud por incumplimiento de las restricciones de movilidad y reunión entre el 25 de octubre de 2020 y el 8 de mayo de 2021.

Quién puede usar este servicio:

Ciudadanos que hayan pagado una sanción al Departamento de Salud por incumplir las restricciones de toque de queda, confinamiento perimetral, reuniones o límites de aforo en actos religiosos durante el periodo mencionado.

Lo que necesitas

Documentos requeridos:

  • Documento acreditativo de los datos bancarios (Solicitud de transferencia bancaria, certificado de titularidad, recibo, libreta, extracto bancario, etc.) donde conste el nombre del titular y el número de cuenta IBAN.
  • En caso de menores sin cuenta bancaria, documento que acredite que el titular de la cuenta es su tutor legal.

Costes y plazos:

  • Este trámite es gratuito.
  • La comunicación de los datos bancarios puede realizarse a partir del 12 de diciembre de 2022.

Cómo hacerlo

Paso a paso del proceso:

  1. Comunicar los datos bancarios: Puede realizar este trámite por internet o presencialmente.
    • Por Internet: A través del formulario online disponible en la web de la Generalitat.
    • Presencialmente: Descargando y cumplimentando el formulario y presentándolo en las oficinas de registro.
  2. Consultar el estado del trámite: Puede consultar el estado de su solicitud a través del Área privada de la Generalitat, por teléfono (012) o en las oficinas de atención ciudadana.
  3. Recibir respuesta de la Administración: Una vez verificada la procedencia de la devolución, se ordenará el ingreso en la cuenta bancaria facilitada. Si no se puede verificar el pago de la sanción, recibirá una notificación con los motivos.

Después de hacerlo

Qué sucede después:

Una vez verificada la procedencia de la devolución, se realizará el ingreso en la cuenta bancaria proporcionada.

Plazos de resolución:

No especificado.

Siguientes pasos:

Si no está de acuerdo con la resolución, puede interponer un recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes desde la notificación.

Ayuda

Contacto:

  • Teléfono 012
  • Oficinas de atención ciudadana (OAC)

Recursos adicionales:

Normativa:


Preguntas frecuentes


Oficinas de la administración

Institut de Recerca de L'Energia de Catalunya (IREC)

Consorci de Comerç, Artesania I Moda de Catalunya

Grupo de Asisténcia Sanitária y Social (SAGESSA)

Consorci Per a la Normalització Lingüística (CPNL)

Fundación Privada Centro de Investigación en Salud Internacional de Barcelona (CRESIB)

Institut D'Investigacions Biomèdiques August Pi I Sunyer (IDIBAPS)

Escola D'Administració Pública de Catalunya (EAPC)

Institut Català de Ciències del Clima (IC3)

Autoritat Territorial de la Mobilitat (ATM). Àrea de Girona

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