Desarraigo de árboles y arbustos
El desarraigo de árboles y arbustos, es decir, la extracción de ejemplares de árboles y arbustos del bosque para la jardinería, se considera un aprovechamiento forestal. La Ley Forestal de Cataluña y el Decreto que regula el desarraigo establecen que hay que solicitar autorización o licencia de aprovechamiento, o bien sólo comunicarlo, según la finca forestal donde se realiza la extracción disponga o no de plan técnico de gestión y mejora forestal.
Hay que poseer la autorización del propietario del terreno, en caso de que quien realice el aprovechamiento no sea el/la titular.
A quién va dirigido
- A titulares de fincas que quieran extraer árboles y arbustos para la jardinería.
- Otras personas que quieran hacer este aprovechamiento.
Organismo responsable
Normativa
Solicitar la autorización
Plazos
Se puede solicitar en cualquier momento.
Documentación
Documentación que se debe adjuntar a la solicitud:
- Copia del documento de identificación del solicitante, si no autoriza a la Generalitat de Cataluña para obtener esta información. No es necesario aportar la documentación que se haya presentado anteriormente en el departamento competente en materia bosques y los datos de la que no hayan variado y continúen siendo vigentes.
- Acreditación de la representación por cualquier medio válido en derecho que deje constancia, en su caso.
- Mapa topográfico de la zona a escala 1: 5.000. En caso de apertura de pista, mapa topográfico 1: 5.000, con su trazado (este deberá estar marcado sobre el terreno.
Requisitos
Condiciones técnicas que deben cumplirse:
- Los hoyos producidos por el desarraigo de los árboles o los arbustos se deberán rellenar con material adecuado que facilite la regeneración de las masas forestales existentes.
- La utilización de maquinaria pesada para las operaciones de extracción se deberá fijar, en su caso, en el plan técnico de gestión y mejora forestal.
- Los restos de materiales no forestales utilizados en los trabajos de extracción serán retirados del bosque.
- Para el aprovechamiento de la extracción de árboles y de arbustos será necesario:
- Que la fracción de cabida cubierta arbolada o arbustiva sea superior al 70%.
- Que la pendiente sea inferior al 20% en el caso de utilizar maquinaria pesada.
- Que los ejemplares a extraer de una determinada especie no superen el 20% de los existentes en el rodal, salvo que esté justificado en el plan técnico de gestión y mejora forestal./
En la licencia se debe especificar las condiciones técnicas que han de regir los aprovechamientos.
Tasas
No hay tasas asociadas a este trámite.
Otras informaciones
Las personas titulares de fincas forestales que no dispongan de instrumento de ordenación forestal aprobado y vigente requieren una autorización de la administración forestal de forma previa al aprovechamiento de madera y leña, y de desarraigo de árboles y arbustos.
Presencialmente
La solicitud se puede presentar en diversos lugares:
- Oficinas comarcales del Departamento de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación
- Servicios territoriales de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación
- Oficinas de gestión empresarial (OGE)
- Por los medios previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.
- Otros medios que establece la Ley 26/2010, de 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña.
Comunicar un desarraigo
Plazos
El interesado dispone del plazo de un año para realizar el desarraigo, el cual se puede hacer una vez transcurridos 10 días desde la presentación de la comunicación previa. Una vez transcurrido el plazo de un año sin haber ejecutado total o parcialmente la actuación, se dará comunicación de nuevo.
Tasas
No hay tasas asociadas a este trámite.
Otrass Informaciones
Las personas titulares de fincas forestales privadas que dispongan de instrumento de ordenación forestal aprobado y vigente y quieran realizar un desarraigo de árboles y arbustos, deben presentar una comunicación previa al Centro de la Propiedad Forestal con una antelación mínima de 10 días.
Presencialmente
Documento en elaboración
La comunicación se puede presentar en diversos lugares:
- Oficinas comarcales del Departamento de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación
- Servicios territoriales de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación
- Oficinas de gestión empresarial (OGE)
- Por los medios previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.
- Otros medios que establece la Ley 26/2010, de 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña.
Trámites relacionados
Oficinas de la administración
Institut de Recerca de L'Energia de Catalunya (IREC)
Otros Jardins de Les Dones de Negre 1, 08930, Sant Adrià de Besòs
Consorci de Comerç, Artesania I Moda de Catalunya
Calle Provença 339, 08037, Barcelona
Grupo de Asisténcia Sanitária y Social (SAGESSA)
Avenida Dr. Josep Laporte 2, 43204, Reus
Consorci Per a la Normalització Lingüística (CPNL)
Calle Mallorca 272, 08037, Barcelona
Tel. 932723100
Consorci Hospitalari de Vic
Calle Francesc Pla, el Vigatà 1, 08500, Vic
Tel. 938891111
Fundación Privada Centro de Investigación en Salud Internacional de Barcelona (CRESIB)
Calle Rosselló 132, 08036, Barcelona
Tel. 932275706
Institut D'Investigacions Biomèdiques August Pi I Sunyer (IDIBAPS)
Calle Rosselló 149-153, 08036, Barcelona
Escola D'Administració Pública de Catalunya (EAPC)
Carrer Girona 20, 08010, Barcelona
Consorci del Parc Fluvial del Llobregat
Otros Torre de L'Amo de Viladomiu Nou s/n, 08680, Gironella
Tel. 938250689
Cataluña Radio
Avinguda Diagonal 614-616, 08021, Barcelona
Institut Català de Ciències del Clima (IC3)
Calle Doctor Trueta 203, 08005, Barcelona
Autoritat Territorial de la Mobilitat (ATM). Àrea de Girona
Plaza Pompeu Fabra 1, 17002, Girona
Tel. 902627781