Denuncias y notificaciones en el ámbito de las radiaciones ionizantes
Actualizado el 7 de marzo de 2025
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Objetivo
Permitir a la ciudadanía comunicar posibles riesgos de exposición indebida a radiaciones ionizantes.
¿Quién puede solicitarlo?
Ciudadanos, empresas, profesionales y otras administraciones.
Requisitos principales
- Ser persona física o jurídica con conocimiento de un hecho denunciable.
Plazos
Se puede presentar la denuncia en cualquier momento.
Duración del trámite
Variable, dependiendo de la complejidad de la denuncia.
Información adicional
La Generalitat investigará cualquier comunicación relacionada con riesgos de exposición a radiaciones ionizantes. Se garantiza la confidencialidad de los datos personales.
Resumen
Este trámite permite a cualquier persona denunciar situaciones que puedan implicar un riesgo de exposición indebida a radiaciones ionizantes en Cataluña.
Quién puede usar este servicio:
- Ciudadanos
- Empresas y profesionales
- Otras administraciones
Lo que necesitas
- Documentación que respalde la denuncia (reclamaciones, comunicados, certificados, fotos, etc.).
- Para trámites online, es necesario identificarse con idCATMóvil o certificado digital.
Costes y plazos:
- El trámite es gratuito.
- Se puede presentar la denuncia en cualquier momento.
Cómo hacerlo
- Denunciar:
- Por Internet: Acceder al formulario online con certificado digital (obligatorio para autónomos, empresas, etc.). Se recomienda limpiar las cookies del navegador antes de iniciar el trámite.
- Presencialmente: Solicitar cita previa y presentar el formulario en una de las Oficinas de Gestió Empresarial.
- Consultar el estado del trámite:
- A través de Canal Empresa (con idCAT Móvil o certificado digital) para autónomos, empresas, etc.
- En el 'Área Privada' (con idCAT Móvil o certificado digital) para particulares.
- En el 'Estado de mis gestiones' (con el identificador del trámite y el DNI/NIF).
- Llamando al 012 (con el identificador del trámite y el DNI/NIF).
- En cualquier Oficina de atención ciudadana (OAC) para particulares.
- Recibir la respuesta de la Administración:
- Recibirás un acuse de recibo y copia del formulario al momento de enviarlo. La Administración entenderá que se ha realizado el trámite en ese momento.
Ayuda
Normativa
- Real Decreto 1836/1999, de 3 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento sobre instalaciones nucleares y radiactivas.
- Real Decreto 35/2008, de 18 de enero, por el que se modifica el Reglamento sobre Instalaciones Nucleares y Radiactivas, aprobado por Real Decreto 1836/1999, de 3 de diciembre.
- Ley 15/1980, de 22 de abril, de creación del Consejo de Seguridad Nuclear
Definiciones
- Ionización: Separación de uno o más electrones de los átomos.
- Radiación ionizante: Radiación con suficiente energía para producir ionización en el medio que atraviesa.
- Exposición indebida: Exposición a radiaciones ionizantes no justificada o improcedente.