Denuncia por infracción de contención de rentas en contratos de alquiler

Actualizado el 7 de marzo de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Permite denunciar posibles incumplimientos en los contratos de alquiler de vivienda firmados a partir del 30 de enero de 2025, relacionados con la contención de rentas.

¿Quién puede solicitarlo?

Inquilinos de contratos de arrendamiento suscritos a partir del 30/01/2025 en municipios situados en zonas de mercado residencial tensionado.

Requisitos principales

  • Que la denuncia se base en alguna de las infracciones establecidas, como:
  • Cobrar al inquilino gastos de gestión inmobiliaria o del contrato.
  • Que la renta del alquiler supere el máximo permitido.
  • Que el contrato no incluya información obligatoria (precio de referencia, renta anterior, condición de gran tenedor, finalidad del alquiler).
  • Que la finalidad del contrato sea simulada o fraudulenta.

Plazos

Se puede presentar en cualquier momento para contratos de alquiler firmados a partir del 30/01/2025.

Duración del trámite

No especificado

Información adicional

Para consultar el sistema de referencia de precios de alquiler, visita [este enlace](https://serpavi.mivau.gob.es/). Para verificar si un municipio está en zona tensionada, consulta [este enlace](https://habitatge.gencat.cat/ca/ambits/preus-ingressos-i-zones/limit-preu-lloguer/visor/index.html). Para consultar la referencia catastral, visita [este enlace](https://www1.sedecatastro.gob.es/cycbieninmueble/ovcbusqueda.aspx).

Resumen

Este trámite permite denunciar posibles infracciones en los contratos de alquiler de vivienda firmados a partir del 30 de enero de 2025, relacionadas con la contención de rentas.

Quién puede usar este servicio:

  • Inquilinos de contratos de arrendamiento suscritos a partir del 30/01/2025 en municipios situados en zonas de mercado residencial tensionado.

Antes de empezar:

  • Ten a mano el contrato de alquiler y la documentación necesaria.

Lo que necesitas

Documentos requeridos:

  • Contrato de arrendamiento de la vivienda (obligatorio).
  • Documento acreditativo del precio de alquiler del sistema de referencia de los precios del alquiler de viviendas.
  • Contrato de arrendamiento anterior en la misma vivienda (obligatorio en el caso de que la persona arrendataria sea la misma).

Requisitos previos:

  • Encontrarse en alguna de las circunstancias constitutivas de infracción como motivo de la denuncia, que son:
    • Repercutir al arrendatario los gastos de gestión inmobiliaria o los gastos del contrato.
    • La renta del contrato de arrendamiento de la vivienda supera el importe máximo permitido.
    • No consta en el contrato de arrendamiento alguna de estas condiciones:
      • El precio del alquiler del sistema de índice de precios de referencia.
      • El importe de la renta del contrato anterior.
      • La condición de gran tenedor de la propiedad de la vivienda.
      • La finalidad del arrendamiento.
    • La finalidad es simulada, falsa o fraudulenta.

Costes y plazos:

  • Este trámite no tiene coste.
  • Se puede presentar en cualquier momento en contratos de alquiler firmados a partir del 30/01/2025 (incluido).

Cómo hacerlo

Paso a paso del proceso:

  1. Presentar la denuncia
  2. Recibir la respuesta de la administración

Información sobre cada etapa:

1. Presentar la denuncia

Este trámite solo se puede realizar presencialmente si eres un particular.

Los autónomos, profesionales, empresas, entidades y otros colectivos deben tramitarla por internet. La documentación que aporte por otro canal no se tendrá en cuenta ni computará a efectos de fecha de presentación.

Por Internet

Ve a Iniciar y sigue las instrucciones.

En este enlace encontrarás las instrucciones para hacer trámites.

El solicitante, una vez se identifique en Trámites con su certificado digital, podrá comprobar todos los trámites que ha realizado, accediendo a la opción del menú ‘Área privada’.

Puede obtener más información sobre el funcionamiento de los trámites al apartado Preguntes Freqüents de la Ayuda.

Presencialmente

Se puede presentar el trámite en las oficinas de atención ciudadana de la Agencia de la Vivienda de Cataluña.

Denuncia relativa a la contención de rentas de los contratos de alquiler

2. Recibir la respuesta de la administración

Al tratarse de una denuncia, la administración inicia diligencias previas para determinar si es el caso, tramitar un expediente sancionador.

Las diligencias previas no tienen un plazo establecido para su tramitación.

En el caso de iniciar el expediente sancionador se comunicará a la persona arrendataria.

Una vez iniciado el expediente sancionador, la administración dispone de 6 meses para resolver el expediente y notificar la correspondiente resolución.

¿Cómo y qué respuesta se recibe?

  • Resolución de archivo de las diligencias previas.
  • Resolución de inicio del expediente sancionador.

¿Se puede presentar recurso/reclamación?

  • Contra la resolución de archivo del expediente se puede presentar un recurso de alzada en el plazo de un mes en el órgano competente que la ha dictado o ante el competente para resolverlo.
  • Contra la resolución de inicio de un expediente sancionador no se puede presentar un recurso, por tratarse de un acto de trámite no cualificado.

Después de hacerlo

Qué sucede después:

  • La administración analizará la denuncia y determinará si procede iniciar un expediente sancionador.

Plazos de resolución:

  • Las diligencias previas no tienen un plazo establecido.
  • Si se inicia un expediente sancionador, la administración tiene 6 meses para resolverlo.

Siguientes pasos:

  • Estar atento a las comunicaciones de la administración.

Ayuda

Contacto:

Recursos adicionales:


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