Declaración inicial de datos (DID) para la aplicación del canon del agua
Información Rápida
Objetivo
Declarar los datos iniciales del uso de agua proveniente de fuentes propias (pozos, minas, etc.) para el cálculo del canon del agua.
¿Quién puede solicitarlo?
Ciudadanos, empresas, profesionales y otras administraciones que utilicen agua de fuentes propias y no estén obligados a presentar la DUCA.
Requisitos principales
- Ser usuario con fuentes propias de abastecimiento de agua que no deba presentar la Declaración del uso y la contaminación del agua (DUCA)
- Presentar la declaración en los tres meses siguientes al inicio de la captación de agua
Plazos
La declaración debe presentarse en los tres meses siguientes al inicio de la captación de agua.
Duración del trámite
6 meses (si no hay respuesta, se considera aceptada)
Resumen
Este trámite permite presentar la Declaración Inicial de Datos (DID) para el cálculo del canon del agua. La DID es necesaria para aquellos usuarios que se abastecen de agua a través de fuentes propias (pozos, minas, etc.) y que no están obligados a presentar la Declaración del Uso y la Contaminación del Agua (DUCA).
Quién puede usar este servicio:
- Ciudadanos
- Empresas y profesionales
- Otras administraciones
Antes de empezar:
- Asegúrate de que tu actividad no requiere la presentación de la DUCA.
- Ten a mano los datos de tu captación de agua.
Lo que necesitas
Documentos requeridos:
- Formulario B1(1) y B1(2) si realizas el trámite de forma presencial (disponibles para descargar en la sección correspondiente).
- Identificación digital (certificado digital, idCAT Móvil, DNI electrónico o sistema Cl@ve) si realizas el trámite online.
Requisitos previos:
- Ser usuario con fuentes propias de abastecimiento de agua.
- No estar obligado a presentar la Declaración del uso y la contaminación del agua (DUCA).
Costes y plazos:
- Este trámite no tiene tasas asociadas.
- La DID debe presentarse en los tres meses siguientes al inicio de la captación de agua.
Cómo hacerlo
Paso a paso del proceso:
- Presentar la declaración:
- Por Internet:
- Descarga la aplicación e-DUCA.
- Elige la opción DUCA doméstica (usuario doméstico) o DUCA abreviada (usuario industrial).
- Accede a e-DUCA por internet: Iniciar
- Necesitas identificación digital: certificado digital, idCAT Móvil, DNI electrónico o sistema Cl@ve.
- Instrucciones para descargar e-DUCA: la aplicación e-DUCA.
- Presencialmente:
- Descarga los formularios: B1(1) y B1(2).
- Rellena, imprime y firma los formularios.
- Presenta la solicitud y la documentación en los puntos de tramitación indicados o en los lugares previstos en el artículo 25 de la Ley 26/2010 y el artículo 16.4 de la Ley 39/2015.
- Dónde puedes hacer el trámite:
- Agència Catalana de l'Aigua
- Demarcació Territorial de Girona de l'Agència Catalana de l'Aigua
- Demarcació Territorial de Tarragona de l'Agència Catalana de l'Aigua
- Demarcació Territorial de les Terres de l'Ebre de l'Agència Catalana de l'Aigua
- Demarcació Territorial Llobregat-Foix de l'Agència Catalana de l'Aigua
- Demarcació Territorial Tordera-Besòs de l'Agència Catalana de l'Aigua
- Oficina d'Atenció Ciutadana a Barcelona
- Oficina d'Atenció Ciutadana a Girona
- Oficina d'Atenció Ciutadana a Lleida
- Oficina d'Atenció Ciutadana a Tarragona
- Oficina d'Atenció Ciutadana a la Cerdanya
- Oficina d'Atenció Ciutadana a les Terres de l'Ebre
- Por correo postal:
- Envía la solicitud a cualquiera de las oficinas de la Agencia Catalana del Agua.
- Por Internet:
- Recibir la respuesta de la Administración:
- Si la Agencia Catalana del Agua acepta la DID, liquidará el canon del agua.
- Si no la acepta, recibirás un requerimiento o trámite de audiencia.
- Plazo para resolver: 6 meses. Si no hay respuesta, se considera aceptada.
- Se puede presentar recurso de reposición o reclamación económico administrativa.
- Más información: vía economicoadministrativa.
- Formas de pago y plazos:
- Si la Agencia Catalana del Agua liquida el canon, puedes domiciliar el pago o hacer el ingreso en las entidades colaboradoras.
- Domiciliación bancaria: Domiciliación bancaria.
- Ingreso: en las entidades colaboradoras que figuran en la liquidación.
- Plazos de pago en período voluntario:
- Notificación entre los días 1 y 15: hasta el día 20 del mes siguiente.
- Notificación entre los días 16 y último: hasta el día 5 del segundo mes siguiente.
- Si la entidad suministradora liquida el canon, lo aplicará en la factura del agua.
Después de hacerlo
- La Agencia Catalana del Agua, una vez reciba la Declaración trimestral de volumen B6, emitirá la correspondiente liquidación por el volumen de agua de fuentes propias. Para el volumen de agua de red, la entidad suministradora aplicará el canon del agua en su factura.