Contratación en prácticas de personas jóvenes beneficiarias del Programa de Garantía Juvenil en Cataluña

Actualizado el 12 de agosto de 2020
Ver en la web de la administración

Incentivar la contratación laboral en prácticas de personas jóvenes con formación, beneficiarias del Programa de Garantía Juvenil en Cataluña, con el fin de mejorar su empleabilidad con la adquisición de las aptitudes y las competencias derivadas de la práctica laboral, de manera que sea posible la su incorporación al mercado laboral de forma estable y duradera en el tiempo.

El Servicio Público de Empleo de Cataluña (SOC) subvenciona los contratos de trabajo en prácticas, durante un período de 6 meses a jornada completa.

?

Leer más

Plazo: del 5 de agosto al 15 de septiembre de 2016

A quién va dirigido

  • A los ayuntamientos de Cataluña.
  • A los consejos comarcales de Cataluña.
  • A las entidades sin ánimo de lucro legalmente constituidas y con centro de trabajo en Cataluña.

Organismo responsable

Normativa

Solicitar la ayuda

Plazos

El plazo para presentar la solicitud es del 5 de agosto al 15 de septiembre de 2016.

Documentación

Documentació que se debe adjuntar a la solicitud:
Administraciones locales

Entidades sin ánimo de lucro

Documentación común

  1. Declaración responsable sobre retribuciones (G146NIA-207). Documento obligatorio y firmado digitalmente.
  2. Si procede, solicitud de transferencia bancaria F06027/F0651 (si es la primera vez, han transcurrido más de 5 años o se han modificado los datos).
  3. Si procede, copia del NIF o NIE de la persona representante legal de la entidad (en el caso que no se autorice al Servicio Público de Empleo de Cataluña a obtener la información por medios electrónicos).
  4. Si procede, copia compulsada o digitalizada de la documentación acreditativa de la representación con que actúa (en caso de que no se haya inscrito en un registro público o en el Registro electrónico general de representación).
  5. Si procede, documentación acreditativa de la prerrogativa especial negociada con la Administración debido a una prórroga, aplazamiento, moratoria, o cualquier otra condición especial en relación con las deudas tributarias y/o de Seguridad Social.

Requisitos

  1. Disponer de capacidad técnica y económica para ejecutar las actuaciones subvencionables.
  2. Cumplir con la cuota legal de reserva de puestos de trabajo en la plantilla de la empresa prevista en el artículo 42.1 del Texto refundido de la Ley general de las personas con discapacidad y de su inclusión social, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, o con las medidas alternativas de carácter excepcional previstos por el Real Decreto 364/2005, de 8 de abril, y por el Decreto 86/2015, de 2 de junio, para aquellas personas beneficiarias que sean empresas con 50 o más personas trabajadoras.
  3. Estar al corriente de pago de las obligaciones tributarias con el Estado y la Generalidad de Cataluña y las obligaciones ante la Tesorería de la Seguridad Social.
  4. No encontrarse en ninguna de las circunstancias que impiden adquirir la condición de beneficiario previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones.
  5. Cumplir con la obligación de indicar, de acuerdo con los agentes sociales, los medios que utilizan para prevenir y detectar casos de acoso sexual y de acoso por razón de sexo y de intervenir en sus centros de trabajo, de conformidad con el artículo 29 de la Ley 5/2008, de 24 de abril, del derecho de las mujeres a erradicar la violencia machista, para aquellas personas beneficiarias que sean empresas con 25 o más personas trabajadoras.
  6. Cumplir con la obligación establecida en el artículo 11 de la ley 17/2015, de 21 de julio, de igualdad efectiva de mujeres y hombres de no haber sido sancionadas con sanciones graves o muy graves o condenadas por haber ejercido o tolerado prácticas laborales consideradas discriminatorias por razón de sexo o de género, sancionadas por resolución administrativa firme o condenadas por sentencia judicial firme, siempre y cuando la sanción sea vigente.
  7. Cumplir los requisitos establecidos en los artículos 32.1, 32.3 y 36.4 de la Ley 1/1998, de 7 de enero, de política lingüística.
  8. No estar sancionadas, con la sanción accesoria de pérdida o exclusión en el acceso de ayudas, bonificaciones y beneficios derivados de la aplicación de los programas de empleo o formación profesional para el empleo prevista en el artículo 46 y 46 bis del Real decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre infracciones y sanciones del orden social siempre y cuando la sanción sea firme y vigente.
  9. Disponer de un sistema de organización y de gestión de la prevención, de acuerdo con la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de riesgos laborales, y el Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por se aprueba el Reglamento de los servicios de prevención.
  10. Cumplir con la obligación de respetar la igualdad de trato y de oportunidades en el ámbito laboral y, con esta finalidad adoptar medidas destinadas a evitar cualquier tipo de discriminación laboral entre mujeres y hombres. En caso de empresas con más de doscientos cincuenta trabajadores y aquellas el convenio colectivo de las que lo establezca deberán elaborar y aplicar con carácter obligatorio un Plan de Igualdad de acuerdo con lo establecido en el artículo 45 de la Ley orgánica 3/2007, de 22 de marzo y el artículo 36 de la ley 17/2015, de 21 de julio, de igualdad efectiva de mujeres y hombres.
  11. No haber sido sancionada mediante resolución firme, por la comisión de infracción grave en materia de integración laboral de discapacitados o muy grave en materia de relaciones laborales o en materia de seguridad y salud en el trabajo, de conformidad con el Texto refundido de la Ley sobre infracciones y sanciones en el orden social, aprobado por Real decreto legislativo 5/2000, de 4 de agosto.
  12. Respetar el derecho de accesibilidad para las personas con discapacidad de acuerdo con la Ley 13/2014, de 30 de octubre, de accesibilidad.
    Respetar la normativa vigente en materia de desarrollo sostenible.
  13. En caso de entidades sin ánimo de lucro, estar inscritas en el registro correspondiente.
  14. En caso de asociaciones y fundaciones ya constituidas sujetos a las disposiciones del Código civil de Cataluña, disponer de los estatus adaptados e inscritos antes del 31 de diciembre de 2012, de acuerdo con la disposición transitoria primera de la Ley 4/2008, del libro tercero del Código civil de Cataluña, relativo a las personas jurídicas, modificada por la Ley 5/2011, de 19 de julio.
  15. En caso de fundaciones y asociaciones declaradas de utilidad pública, además del punto anterior, deberán cumplir el deber de presentar las cuentas anuales ante el Protectorado, de acuerdo con el artículo 336.3 del libro tercero del Código civil de Cataluña, aprobado por la Ley 4/2008, de 24 de abril.
  16. Tener acreditado, mediante certificación negativa del Registro Central de delincuentes sexuales, que las personas que trabajan por entidad beneficiaria y que en el ejercicio de sus funciones tienen contacto habitual con menores, no han sido condenados en sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual, tal y como establece el artículo 13.5 de la Ley orgánica 1/1996, de 15 de enero, de protección jurídica del menor.
  17. Cumplir con la obligación que establece el artículo 15.2 de la Ley 19/2014 de 29 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, en caso de que los beneficiarios sean personas jurídicas y el importe a otorgar sea superior a 10.000 euros, comunicar la información relativa a las retribuciones de los órganos de dirección o administración, a efectos de hacerlas públicas.
  18. Cumplir cualquier otra obligación legal o reglamentaria que les pueda afectar en relación con esta Orden.

Tasas

No hay tasas asociadas a este trámite.

Plazos

Del05.08.2016al 15.09.2016

Por internet

Las solicitudes de subvención se presentará exclusivamente por medios telemáticos.

  1. Las administraciones locales tienen a su disposición el formulario de solicitud de subvención identificado con el código número G146NJPR-001 "Subvención destinada a incentivar la contratación en prácticas de jóvenes beneficiarios del Programa de Garantía Juvenil en Cataluña". Este documento se debe descargar del apartado Documentación y una vez cumplimentado, validado y firmado electrónicamente, la entidad deberá presentarlo a través de la plataforma EACAT junto con la documentación anexa que corresponda.
  2. Las entidades sin ánimo de lucro tienen a su disposición el formulario "Solicitud de subvención destinada a incentivar la contratación en prácticas de jóvenes beneficiarios del Programa de Garantía Juvenil en Cataluña" (podéis acceder pulsando el enlace que hay en este mismo apartado).
    En este formulario se acompañará de manera obligatoria el documento identificado con el código número G146NJPR-002 "Anexo de datos específicos. Subvención destinada a incentivar la contratación en prácticas de jóvenes beneficiarios del Programa de Garantía Juvenil en Cataluña", que se puede descargar del apartado Documentación. Este anexo contiene los datos de las solicitud que presentaréis en el SOC (el número de contratos en prácticas previstos, la cuantía de la subvención solicitada y la declaración del cumplimiento de los requisitos y obligaciones).

Consultad las condiciciones técnicas para realitzar trámites en línea


Oficinas de la administración

Institut de Recerca de L'Energia de Catalunya (IREC)

Otros Jardins de Les Dones de Negre 1, 08930, Sant Adrià de Besòs

Consorci de Comerç, Artesania I Moda de Catalunya

Calle Provença 339, 08037, Barcelona

Grupo de Asisténcia Sanitária y Social (SAGESSA)

Avenida Dr. Josep Laporte 2, 43204, Reus

Consorci Per a la Normalització Lingüística (CPNL)

Calle Mallorca 272, 08037, Barcelona

Tel. 932723100

Consorci Hospitalari de Vic

Calle Francesc Pla, el Vigatà 1, 08500, Vic

Tel. 938891111

Fundación Privada Centro de Investigación en Salud Internacional de Barcelona (CRESIB)

Calle Rosselló 132, 08036, Barcelona

Tel. 932275706

Institut D'Investigacions Biomèdiques August Pi I Sunyer (IDIBAPS)

Calle Rosselló 149-153, 08036, Barcelona

Escola D'Administració Pública de Catalunya (EAPC)

Carrer Girona 20, 08010, Barcelona

Consorci del Parc Fluvial del Llobregat

Otros Torre de L'Amo de Viladomiu Nou s/n, 08680, Gironella

Tel. 938250689

Cataluña Radio

Avinguda Diagonal 614-616, 08021, Barcelona

Institut Català de Ciències del Clima (IC3)

Calle Doctor Trueta 203, 08005, Barcelona

Autoritat Territorial de la Mobilitat (ATM). Àrea de Girona

Plaza Pompeu Fabra 1, 17002, Girona

Tel. 902627781

Cinco Días
Expansión
EFE Emprende
CuatroCasas Telefonica

Empresa participante en Cuatrecasas ACELERA en colaboración con Telefónica Open Future.