Contestar requerimientos de información dentro de un procedimiento tributario

Actualizado el 18 de diciembre de 2019
Ver en la web de la administración

Dentro del procedimiento tributario, normalmente comporta la presentación de documentación que ha sido requerida por el órgano competente para resolver el expediente.

Leer más

A quién va dirigido

A las personas o entidades que han recibido un requerimiento de información por parte de algún órgano de la Administración.

Organismo responsable

Normativa

Contestar requerimientos de información

Plazos

El plazo para contestar el requerimiento es el que se indique en el propio requerimiento; este plazo no podrá ser inferior a 10 días hábiles.

Requisitos

La información debe ser presentada por la persona o entidad que haya sido requerida a hacerlo.

Tasas

No hay tasas asociadas a este trámite.

Presencialmente

Descargar el formulario

Es preciso aportar los documentos ante el órgano que ha efectuado el requerimiento.


Oficinas de la administración

Institut de Recerca de L'Energia de Catalunya (IREC)

Consorci de Comerç, Artesania I Moda de Catalunya

Grupo de Asisténcia Sanitária y Social (SAGESSA)

Consorci Per a la Normalització Lingüística (CPNL)

Fundación Privada Centro de Investigación en Salud Internacional de Barcelona (CRESIB)

Institut D'Investigacions Biomèdiques August Pi I Sunyer (IDIBAPS)

Escola D'Administració Pública de Catalunya (EAPC)

Institut Català de Ciències del Clima (IC3)

Autoritat Territorial de la Mobilitat (ATM). Àrea de Girona

Cinco Días
Expansión
EFE Emprende
CuatroCasas Telefonica

Empresa participante en Cuatrecasas ACELERA en colaboración con Telefónica Open Future.