Contestar requerimientos de información de la Agencia Tributaria de Cataluña
Actualizado el 7 de marzo de 2025
Ver en la web de la administraciónInformación Rápida
Objetivo
Responder a las solicitudes de información realizadas por la Agencia Tributaria de Cataluña en el marco de un procedimiento tributario.
¿Quién puede solicitarlo?
Ciudadanos, empresas, profesionales y entidades que hayan recibido un requerimiento de información de la Agencia Tributaria de Cataluña.
Requisitos principales
- La información debe ser presentada por la persona o entidad que haya recibido el requerimiento.
Plazos
El plazo para responder al requerimiento es el que se indique en el propio requerimiento, que no podrá ser inferior a 10 días hábiles.
Duración del trámite
No se especifica.
Resumen
Este trámite permite a ciudadanos, empresas y entidades responder a los requerimientos de información realizados por la Agencia Tributaria de Cataluña (ATC) en el marco de un procedimiento tributario.
Quién puede usar este servicio:
- Ciudadanos
- Empresas y profesionales
- Entidades
Lo que necesitas
Requisitos:
- Ser la persona o entidad que ha recibido el requerimiento de información.
- Presentar la información solicitada dentro del plazo indicado en el requerimiento.
Costes:
- Este trámite es gratuito.
Plazos:
- El plazo para contestar el requerimiento es el que se indique en el propio requerimiento, que no podrá ser inferior a 10 días hábiles.
Cómo hacerlo
Paso a paso del proceso:
- Presentar la información:
- Por Internet: A través de la sede electrónica de la Agencia Tributaria de Cataluña: Iniciar (Acceder a Contestar requerimientos. Información y acceso al trámite telemático (sede electrónica de la Agencia Tributaria de Cataluña))
- Presencialmente: Consulte la información y los modelos disponibles en la sede electrónica de la Agencia Tributaria de Cataluña.
- Respuesta de la Administración:
- En general, no es preciso esperar respuesta por parte de la Administración.
Recursos:
- Se puede presentar un recurso de reposición o una reclamación económico-administrativa en el plazo máximo de un mes desde la notificación del requerimiento de información.
Ayuda
Recursos adicionales:
- Para más información, puede consultarse la sede electrónica de la Agencia Tributaria de Cataluña: Contestar requerimientos de información en un procedimiento tributario.