Conocimiento de los orígenes biológicos

Actualizado el 7 de marzo de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Este trámite permite a las personas adoptadas acceder a información sobre sus orígenes biológicos y familiares.

¿Quién puede solicitarlo?

Personas adoptadas (adopciones nacionales e internacionales).

Requisitos principales

  • Ser persona adoptada en Cataluña y haber alcanzado la mayoría de edad o la emancipación.
  • Las personas adoptadas internacionalmente en Cataluña también pueden presentar la solicitud durante la minoría de edad mediante sus representantes legales.

Plazos

Se puede solicitar en cualquier momento.

Duración del trámite

Máximo 6 meses.

Resumen

Este trámite permite a las personas adoptadas en Cataluña acceder a información sobre sus orígenes biológicos y familiares. El objetivo es facilitar el conocimiento de la historia personal y los vínculos familiares.

Quién puede usar este servicio

  • Personas adoptadas en Cataluña (adopciones nacionales e internacionales) que hayan alcanzado la mayoría de edad o estén emancipadas.
  • Representantes legales de personas adoptadas internacionalmente en Cataluña, durante la minoría de edad del adoptado.

Lo que necesitas

Documentos requeridos

  • Certificado literal de nacimiento.
  • Otra documentación que pueda aportar datos sobre el origen biológico y/o la adopción, si procede (sentencia de adopción, auto de adopción, acta notarial, informe médico...).
  • Documento acreditativo de la representación, en su caso.

Requisitos

  • Ser persona adoptada en Cataluña y haber alcanzado la mayoría de edad o la emancipación.
  • Las personas adoptadas internacionalmente en Cataluña también pueden presentar la solicitud durante la minoría de edad mediante sus representantes legales.

Costes y plazos

  • Este trámite no tiene coste.
  • Se puede solicitar en cualquier momento.

Cómo hacerlo

Paso a paso del proceso

  1. Solicitar:
  2. Recibir respuesta de la administración:
    • El órgano competente es el Instituto Catalán del Acogimiento y de la Adopción (ICAA).
    • El plazo máximo para resolver y notificar es de seis meses.
    • Puedes presentar un recurso de alzada ante el mismo órgano que dictó la resolución o ante la Consejería del Departamento de Derechos Sociales.

Después de hacerlo

Plazos de resolución

  • El procedimiento para facilitar el conocimiento de los orígenes biológicos debe resolverse y notificarse en el plazo máximo de seis meses.

Siguientes pasos

  • Si con posterioridad a la finalización del procedimiento la administración pública competente tuviera conocimiento de nuevos datos que pudieran resultar de interés para la persona titular del derecho, se le pondrá en conocimiento para que pueda presentar un nuevo formulario de solicitud.

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