Comunicar un aprovechamiento forestal con finalidad no comercial
Información Rápida
Objetivo
Permite a los propietarios de terrenos forestales comunicar al Departamento de Acción Climática, Alimentación y Agenda Rural la realización de un aprovechamiento forestal de madera o leña para uso doméstico (no comercial).
¿Quién puede solicitarlo?
Personas físicas titulares de terrenos forestales que deseen cortar, recoger y utilizar madera o leña para consumo propio.
Requisitos principales
- Ser titular de terrenos forestales o tener derecho al aprovechamiento de sus productos.
- El aprovechamiento debe ser para consumo propio (no comercial).
- El aprovechamiento no debe superar las 2 toneladas de madera o 12 toneladas de leña.
Plazos
Se puede solicitar en cualquier momento.
Duración del trámite
No especificado
Información adicional
Este trámite es necesario para aquellos propietarios de fincas forestales que no cuenten con un instrumento de ordenación forestal aprobado y vigente.
Resumen
Este trámite permite a los ciudadanos comunicar al Departamento de Acción Climática, Alimentación y Agenda Rural la realización de un aprovechamiento forestal con fines no comerciales en terrenos forestales de titularidad privada.
Quién puede usar este servicio:
- Personas físicas titulares de terrenos forestales que deseen cortar, recoger y utilizar madera o leña para consumo propio.
Antes de empezar:
- Asegúrate de que el aprovechamiento sea para uso doméstico y no supere los límites establecidos.
Lo que necesitas
Documentos requeridos:
- DNI del solicitante (si no autoriza la consulta de datos).
- Modelo de mandato de representación firmado, en caso de que la comunicación sea presentada por un representante.
Requisitos previos:
- Ser titular de terrenos forestales o tener derecho al aprovechamiento de sus productos.
- El aprovechamiento debe ser para consumo propio (no comercial).
- El aprovechamiento no debe superar las 2 toneladas de madera o 12 toneladas de leña.
Costes y plazos:
- Este trámite no tiene tasas asociadas.
- Se puede solicitar en cualquier momento.
Cómo hacerlo
Paso a paso del proceso:
- Comunicar:
- La comunicación se puede realizar por internet o presencialmente.
- Si se realiza presencialmente, se debe rellenar, firmar y presentar el formulario en cualquiera de los puntos de tramitación.
Información sobre cada etapa:
- Comunicación por internet:
- Acceder al trámite a través del siguiente enlace: Iniciar
- En caso de actuar mediante representación, adjuntar la Autorización de representación.
- Comunicación presencial:
- Rellenar y firmar el formulario disponible en el siguiente enlace: Formulario
- Presentarlo en cualquiera de los siguientes puntos de tramitación:
- Servicios territoriales del Departamento de Acción Climática Alimentación y Agenda Rural (excepto Barcelona)
- Servicios Centrales del Departamento de Acción Climática, Alimentación y Agenda rural en Barcelona (Gran Vía)
- Oficinas comarcales del Departamento de Acción Climática, Alimentación y Agenda Rural
- Red de Oficinas de Gestión Empresarial.
- Cualquiera de los lugares previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992.
Después de hacerlo
- No se especifica información sobre qué sucede después de realizar la comunicación.
Ayuda
- No se especifica información de contacto o recursos adicionales.
Normativa
- Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes
- LEY 5/2003, de 22 de abril, de medidas de prevención de los incendios forestales en las urbanizaciones sin continuidad inmediata con la trama urbana.
- LEY 6/1988, de 30 de marzo, forestal de Cataluña.
- ORDEN de 19 de abril de 1999, de modificación de la Orden de 11 de mayo de 1988, sobre la regulación de la obtención del corcho y del bornizo y de la mejora de los alcornocales.
- ORDEN AAM/246/2013, de 14 de octubre, por la que se regulan los instrumentos de ordenación forestal.
- ORDEN ARP/122/2017, de 13 de junio, por la que se regulan los instrumentos de ordenación forestal.
- DECRETO 242/2015, de 10 de noviembre, por el que se regula el desarraigo de árboles y de arbustos.