Comunicaciones de los centros privados para impartir títulos de música, danza o artes escénicas
Información Rápida
Objetivo
Permite a los centros educativos privados que imparten enseñanzas no regladas de música, danza o artes escénicas comunicar los datos del centro al Departamento de Educación, así como cualquier modificación o cese de actividades.
¿Quién puede solicitarlo?
Titulares de centros docentes privados (personas físicas o jurídicas) que imparten o desean impartir enseñanzas no regladas de música, danza o artes escénicas.
Requisitos principales
- Ser titular de un centro docente privado (persona física o jurídica).
- Querer impartir enseñanzas no regladas de música, danza o artes escénicas, o modificar los datos de apertura, o cesar la actividad.
Plazos
Las comunicaciones deben ser previas al inicio, la modificación o el cese de las actividades.
Duración del trámite
El Departamento de Enseñanza tiene un plazo máximo de cuatro meses para asignar un código al centro y comunicárselo al titular.
Información adicional
Las comunicaciones deben realizarse antes del inicio, modificación o cese de las actividades.
Resumen
Este trámite permite a los titulares de centros educativos privados comunicar la apertura, modificación de datos o cese de actividades de centros que imparten enseñanzas no regladas de música, danza, circo o teatro.
Quién puede usar este servicio:
- Empresas y profesionales titulares de centros docentes privados.
Antes de empezar:
- Es importante tener en cuenta que este trámite solo se puede realizar por internet.
- Las comunicaciones deben ser previas al inicio, la modificación o el cese de las actividades.
Lo que necesitas
Documentación requerida:
- En general, no es necesario presentar documentación si se autoriza a la administración a realizar las comprobaciones necesarias.
- La documentación que acredite las declaraciones responsables debe estar disponible para la administración.
Costes y plazos:
- Este trámite no tiene tasas asociadas.
Cómo hacerlo
Paso a paso del proceso:
- Comunicación:
- Realizar la comunicación a través de la sede electrónica de la Generalitat de Catalunya, según el tipo de trámite:
- Recepción de la respuesta de la Administración:
- El Departamento de Enseñanza verificará la información y asignará un código al centro en un plazo máximo de cuatro meses.
- Una vez realizada la comunicación, el centro puede iniciar su actividad en la fecha prevista.
Después de hacerlo
- El Departamento de Enseñanza tiene un plazo máximo de cuatro meses para asignar un código al centro y comunicárselo al titular.
- Una vez efectuada la comunicación, el centro puede iniciar la actividad en la fecha prevista.
Ayuda
- Para más información, puede contactar con el:
Normativa
- DECRETO 122/2012, de 9 de octubre, del procedimiento de autorización y de comunicación previa para la apertura de centros educativos privados. (DOGC núm. 6233 publicado el 16/10/2012)