Comunicación previa de viviendas de uso turístico al ayuntamiento
Para poner en funcionamiento una vivienda de uso turístico es necesario que el propietario lo comunique previamente al ayuntamiento competente. Las viviendas de uso turístico son viviendas cedidas por su propietario, directamente o indirectamente, a terceros, de forma reiterada y a cambio de contraprestación económica, para una estancia de temporada, en condiciones de inmediata disponibilidad y con las características que se establecen por reglamento.
Las viviendas de uso turístico se ceden enteras, y no se permite la cesión por estancias.
Se considera estancia de temporada toda ocupación por un periodo de tiempo continuo igual o inferior a 31 días, y se considera cesión reiterada cuando se cede dos o más veces dentro del periodo de un año.
A quién va dirigido
A las personas propietarias de la vivienda, tanto si son personas físicas como personas jurídicas.
Organismo responsable
Comunicar el alta
Plazos
Este trámite se puede comunicar en cualquier momento.
Documentación
Cada ayuntamiento puede disponer de su propio modelo de comunicación de inicio de actividad, pero en el caso de que no disponga se pueden utilizar los siguientes modelos:
- Modelo de comunicación de inicio de actividades en los ayuntamientos
- Anexo a la comunicación de inicio a presentar en los ayuntamientos (para comunicar otras viviendas de la misma titularidad)
Requisitos
- Hace falta que la vivienda de uso turístico disponga de cédula de habitabilidad, un servicio de asistencia y mantenimiento y teléfono de contacto permanente.
- Las viviendas deben estar suficientemente amuebladas y dotadas de los aparatos y utensilios necesarios para la correcta prestación del servicio de alojamiento en relación con la totalidad de plazas de que dispongan.
Tasas
Consultad al ayuntamiento (o distrito, en su caso) donde está situada la vivienda de uso turístico.
Otras Informaciones
En el supuesto de que la comercialización de la vivienda la gestione un intermediario, también tendrá que constar su firma en la comunicación. Si el propietario otorga representación para dar de alta la actividad a la misma persona a quien encarga la gestión de las viviendas, esta persona firmará en los dos lugares, en su doble calidad de gestor comercializador de la actividad y, al mismo tiempo, administrativo de la obtención del alta.
En el supuesto de que un mismo propietario quiera regularizar en un mismo acto diversas viviendas de uso turístico, se aceptará que presente una sola comunicación de inicio de la actividad, pero adjuntando los datos específicos que identifican cada vivienda de uso turístico objeto de comunicación de alta en el modelo anexo.
Los ayuntamientos, posteriormente a la recepción, tienen que enviar a la Dirección General de Turismo el alta de la vivienda de uso turístico, así como los datos de las viviendas y de aquéllos que lo comercialicen.
Las viviendas de uso turístico se inscriben de oficio en el registro de Turismo de Cataluña.
Presencialmente
La comunicación de alta se tiene que presentar en el registro del ayuntamiento correspondiente. Para obtener el modelo de comunicación consultad al ayuntamiento (o distrito, en su caso) donde está situada la vivienda de uso turístico.
Comunicar modificaciones
Plazos
Este trámite se puede comunicar en cualquier momento.
Documentación
Consultad al ayuntamiento (o distrito, en su caso) donde está situada la vivienda de uso turístico.
Tasas
Consultad al ayuntamiento (o distrito, en su caso) donde está situada la vivienda de uso turístico.
Otras Informaciones
En el supuesto de que la comercialización de la vivienda la gestione un intermediario, también tendrá que constar su firma en la comunicación. Si el propietario otorga representación para comunicar modificaciones a la misma persona a quien encarga la gestión de las viviendas, esta persona firmará en los dos lugares, en su doble calidad de gestor comercializador de la actividad y, al mismo tiempo, administrativo de la obtención de su modificación.
En el supuesto de que un mismo propietario quiera regularizar en un mismo acto diversas viviendas de uso turístico, se aceptará que presente una sola comunicación de modificaciones, pero adjuntando los datos específicos que identifican cada vivienda de uso turístico objeto de comunicación de modificación en el modelo anexo.
Presencialmente
La comunicación de modificaciones se tiene que presentar en el registro del ayuntamiento correspondiente. Para obtener el modelo de comunicación consultad al ayuntamiento (o distrito, en su caso) donde está situada la vivienda de uso turístico.
Consultad en el ayuntamiento si este trámite se puede hacer por internet.
Comunicar la baja
Plazos
Este trámite se puede comunicar en cualquier momento.
Documentación
Consultad al ayuntamiento (o distrito, en su caso) donde está situada la vivienda de uso turístico.
Tasas
Consultad al ayuntamiento (o distrito, en su caso) donde está situada la vivienda de uso turístico.
Otras Informaciones
En el supuesto de que la comercialización de la vivienda la gestione un intermediario, también tendrá que constar su firma en la comunicación. Si el propietario otorga representación para dar de baja la actividad a la misma persona a quien encarga la gestión de las viviendas, esta persona firmará en los dos lugares, en su doble calidad de gestor comercializador de la actividad y, al mismo tiempo, administrativo de la obtención de su baja.
En el supuesto de que un mismo propietario quiera regularizar en un mismo acto diversas viviendas de uso turístico, se aceptará que presente una sola comunicación de baja, pero adjuntando los datos específicos que identifican cada vivienda de uso turístico objeto de comunicación de baja en el modelo anexo.
Los ayuntamientos, posteriormente en la recepción, tienen que enviar a la Dirección General de Turismo la baja de la vivienda de uso turístico, así como los datos de las viviendas y de aquéllos que lo comercialicen.
Presencialmente
La comunicación de baja se tiene que presentar en el registro del ayuntamiento correspondiente. Para obtener el modelo de comunicación consultad al ayuntamiento (o distrito, en su caso) donde está situada la vivienda de uso turístico.
Consultad en el ayuntamiento si este trámite se puede hacer por internet.
Trámites relacionados
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