Comunicación para actuar como empresa instaladora - mantenedora de instalaciones térmicas en edificios (REIMITE - REITE)

Actualizado el 21 de mayo de 2020
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Las empresas instaladoras-mantenedoras de instalaciones térmicas en edificios, podrán iniciar su actividad en Cataluña con la comunicación previa de incorporación al ámbito correspondiente del Registro de los Agentes de la Seguridad Industrial de Cataluña (RASIC). También deberá comunicar los cambios sustanciales que afecten a la empresa.

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Les informamos que no se pueden efectuar nuevas inscripciones al registro REIMITE. Solamente se pueden hacer modificaciones de datos de empresas que ya estén inscritas.

A quién va dirigido

A las empresas que quieran instalar, reparar, mantener o revisar instalaciones térmicas en edificios. Para realizar estos trabajos es necesario que tanto el profesional como la empresa estén inscritos dentro de la categoría correspondiente.
Hay dos tipos de registros dependiendo del personal de la empresa:

  • REITE: Si la empresa dispone, como mínimo, de un instalador con carné ITE.
  • REIMITE: Si la empresa dispone, como mínimo, de un instalador con carné IMCA y de otro con carné IMCL (en este caso la empresa podrá hacer todo tipo de instalaciones).

O bien, si la empresa dispone, como mínimo, de un instalador con carné IMCA o de uno con carné IMCL (en este caso sólo instalaciones del tipo de carné que disponga su personal - calefacción y acs o climatización).
Las empresas que intervienen en la instalación, el mantenimiento y la reparación de instalaciones y productos industriales que provengan de otras Comunidades Autónomas del Estado Español y que estén inscritas en su respectivo registro no será necesario que comuniquen el inicio de actividad en Cataluña, será suficiente con su inscripción de origen.

Organismo responsable

Normativa

Documentación relacionada

Comunicar el inicio de la actividad para empresas de otros estados miembros de la Unión Europea

Plazos

Se debe realizar la comunicación previa al inicio de la actividad.

Requisitos

El hecho de presentar la comunicación y declaración responsable implica que el titular cumple los siguientes requisitos:


Requisitos

Tasas

No hay tasas asociadas a este trámite.

Otras informaciones

Las empresas que intervienen en la instalación, mantenimiento, reparación y operación de instalaciones y productos industriales que provengan de otros estados miembros de la Unión Europea, que estén legalmente establecidas en su país de origen y que quieran trabajar en Cataluña, deberán presentar una comunicación previa de inicio de actividad.
La comunicación previa de inicio de actividad se puede solicitar en cualquier demarcación territorial, independientemente del domicilio donde se realice la actividad y habilita para actuar en todo el territorio de Cataluña.
Esta comunicación es sólo para aquellas empresas de otros estados miembros de la Unión Europea que no disponen de establecimiento en Cataluña para desarrollar su actividad, en caso contrario deberán comunicar el inicio de actividad mediante el formulario "comunicación RASIC".

Presencialmente


Puntos de tramitación

Se puede enviar a cualquier OGE/OGE Cámara de cualquier demarcación territorial, independientemente del domicilio donde se realice la actividad.

Por correo postal

Por correo postal
Se puede enviar a cualquier OGE/OGE Cámara de cualquier demarcación territorial, independientemente del domicilio donde se realice la actividad. Puede consultar la Red de oficinas en el web de Canal Empresa.

Por correo electrónico

Por correo postal
Se puede enviar a cualquier OGE/OGE Cámara de cualquier demarcación territorial, independientemente del domicilio donde se realice la actividad. Puede consultar la Red de oficinas en el web de Canal Empresa.

Convalidar el registro REIMITE a REITE

Plazos

Se debe realizar la comunicación y declaración responsable, cuando la empresa cumpla los requisitos mínimos.

Requisitos

La presentación de la declaración responsable implica el cumplimiento, por parte del titular o representante de la empresa, de los siguientes requisitos:

Tasas

Se pueden consultar en el web de la OGE.
Si en una misma comunicación, se incluyen diferentes actividades y trámites, sólo se satisfará una única tasa.

Otras informaciones

  1. La convalidación del registro REIMITE al REITE implica que la empresa instaladora - mantenedora modifica los requisitos que le permitían realizar únicamente instalaciones de la categoría para la que estaba previamente inscrita, para poder realizar la totalidad de las instalaciones: climatización y calefacción y agua caliente sanitaria. A modo de ejemplo, se solicita una convalidación cuando una empresa inscrita en el REIMITE en la categoría climatización con los instaladores de categoría IMCL o en la categoría calefacción y ACS con instaladores de la categoría IMCA, contrata a un instalador de categoría ITE, o bien uno de sus instaladores ha obtenido el ITE, cumpliendo los requerimientos para poder realizar la totalidad de instalaciones térmicas en edificios.
  2. La comunicación de convalidación del registro se puede solicitar en cualquier demarcación territorial, independientemente del domicilio donde de realice la actividad y habilita para actuar en todo el territorio de Catalunya.

Presencialmente


Puntos de tramitación

Se puede enviar a cualquier OGE/OGE Cámara de cualquier demarcación territorial, independientemente del domicilio donde se realice la actividad.

Por correo postal

Por correo postal
Se puede enviar a cualquier OGE/OGE Cámara de cualquier demarcación territorial, independientemente del domicilio donde se realice la actividad. Puede consultar la Red de oficinas en el web de Canal Empresa.

Por correo electrónico

Por correo postal
Se puede enviar a cualquier OGE/OGE Cámara de cualquier demarcación territorial, independientemente del domicilio donde se realice la actividad. Puede consultar la Red de oficinas en el web de Canal Empresa.

Obtener un certificado de no sanción que acredita que la empresa no está inhabilitada

Plazos

El certificado de no sanción de empresa se puede solicitar en cualquier momento.

Requisitos

Solo podrán obtener el certificado de no sanción aquellas empresas que no estén inhabilitadas para el ejercicio de la actividad. La OGE no resolverá y, por lo tanto, enviará, si procede, al órgano técnico responsable las solicitudes de certificados sobre empresas inhabilitadas o en situación irregular.

Tasas

Se pueden consultar en el web de la OGE.
Si en una misma comunicación, se incluyen diferentes actividades y trámites, sólo se satisfará una única tasa.

Otras informaciones

El certificado de no sanción se puede pedir en cualquier demarcación territorial independientemente del lugar de residencia.
Es necesario que la empresa tenga en vigor su registro.

Presencialmente


Puntos de tramitación

Se puede enviar a cualquier OGE/OGE Cámara de cualquier demarcación territorial, independientemente del domicilio donde se realice la actividad.

Por correo postal

Se puede enviar a cualquier OGE/OGE Cámara de cualquier demarcación territorial, independientemente del domicilio donde se realice la actividad. Puede consultar la Red de oficinas en el web de Canal Empresa.

Por correo electrónico

Se puede enviar a cualquier OGE/OGE Cámara de cualquier demarcación territorial, independientemente del domicilio donde se realice la actividad. Puede consultar la Red de oficinas en el web de Canal Empresa.

Adaptar el RASIC a una actividad existente

Plazos

Se puede realizar en cualquier momento, si es así la voluntad de la empresa, siempre que en fecha 8 de marzo de 2010 (fecha de publicación del Decreto de desarrollo de la ley de seguridad industrial) el titular dispone de un certificado de inscripción para esta actividad vigente y no se hayan producido cambios que requieran la realización del trámite de comunicación de cambios sustanciales.

Requisitos

La presentación de la declaración responsable implica el cumplimiento, por parte del titular de la empresa, de los siguientes requisitos:

Tasas

No hay tasas asociadas a este trámite.

Otras informaciones

  1. La adaptación al RASIC de una actividad existente se puede realizar en cualquier demarcación territorial, independientemente del domicilio donde se realice la actividad.
  2. Tienen la consideración de "cambios sustanciales" los cambios que se produzcan en:
  • Seguro de responsabilidad civil por daños a terceros.
  • Otros requisitos que los reglamentos técnicos de seguridad industrial específicos y la normativa aplicable pueda establecer.
  • Cuando hagan referencia al técnico titulado obligatorio, si procede, y los profesionales inscritos en los ámbitos correspondientes del Registro de Agentes de la Seguridad Industrial de Cataluña.

Presencialmente


Puntos de tramitación

Se puede presentar en cualquier OGE/OGE Cámara de cualquier demarcación territorial, independientemente del domicilio donde se realice la actividad.

Por correo postal

Por correo postal

Las solicitudes también se pueden enviar a cualquier OGE/OGE Cámara de cualquier demarcación territorial, independientemente del domicilio donde se realice la actividad. Puede consultar la Red de oficinas e


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Consorci Per a la Normalització Lingüística (CPNL)

Calle Mallorca 272, 08037, Barcelona

Tel. 932723100

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Tel. 938891111

Fundación Privada Centro de Investigación en Salud Internacional de Barcelona (CRESIB)

Calle Rosselló 132, 08036, Barcelona

Tel. 932275706

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Calle Rosselló 149-153, 08036, Barcelona

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Otros Torre de L'Amo de Viladomiu Nou s/n, 08680, Gironella

Tel. 938250689

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