Comunicación de que se quiere celebrar una combinación aleatoria con fines publicitarios o promocionales
Mediante esta comunicación se regulan las combinaciones aleatorias que se celebran únicamente en Cataluña. Para las de ámbito estatal, tanto el trámite como la tasa asociada corresponden a la dirección general de la Administración general del Estado competente en materia de ordenación del juego.
Una combinación aleatoria con finalidades publicitarias o promocionales es una modalidad de juego en la cual una persona física o jurídica sortea un premio en metálico, especies o servicios, con finalidades exclusivamente publicitarias o de promoción de un producto o servicio, entre las personas que, o bien adquieren sus productos o servicios, o bien tienen la condición actual o potencial de clientes; la única contraprestación es el consumo del producto o servicio sin que haya ningún incremento adicional del coste ordinario.
La participación del público en estas actividades debe ser gratuita y no debe darse sobreprecio o tarificación adicional, sea cual sea el procedimiento o sistema a través del cual se realicen.
La celebración de combinaciones aleatorias con fines publicitarios o promocionales no requiere autorización administrativa previa. En estos casos, la persona promotora debe presentar una comunicación, individualizada y concreta para cada una de las actividades específicas que desea realizar.
A quién va dirigido
A la persona que organiza o promueve una combinación aleatoria. Debe ser una persona física o jurídica cuya actividad esté dentro del ámbito de la industria; el comercio o el sector servicios; entidades de crédito, financiación o de ahorros, y empresas editoras de publicaciones de prensa diaria o periódica con venta de ejemplares en el ámbito territorial de Cataluña.
Organismo responsable
Normativa
Documentación relacionada
Comunicar que se quiere celebrar una combinación aleatoria
Plazos
Antes de empezar a distribuir billetes, papeletas o impresos de participación. Esta comunicación tiene efectos desde el mismo día en que se presenta, sin perjuicio de las facultades de comprobación, control e inspección atribuidas a los órganos administrativos competentes.
Documentación
Comunicación previa.
Tasas
59,10 ? (examen de expediente de comunicación de combinaciones aleatorias).
Otras informaciones
La celebración de combinaciones aleatorias y apuestas cuyos premios no superan en conjunto el valor de 3.000 ? no requieren autorización administrativa.
En estos supuestos hay que presentar una comunicación previa a través de la red de oficinas de gestión empresarial de la Generalitat de Catalunya, o delante del órgano competente.
Fechas de celebración
Las combinaciones aleatorias con finalidades publicitarias o promocionales pueden ser para una fecha determinada o para fechas sucesivas; en este último caso, se pueden hacer sorteos durante un determinado periodo de tiempo, el cual no puede superar los doce meses.
Presencialmente
Puntos de tramitación
- Direcció General de Tributs i Joc
- Servei Territorial del Joc i d'Espectacles a Girona
- Servei Territorial del Joc i d'Espectacles a Lleida
- Servei Territorial del Joc i d'Espectacles a Tarragona
- Servei Territorial del Joc i d'Espectacles a Barcelona
- Servei Territorial del Joc i d'Espectacles a les Terres de l'Ebre
- Servei Territorial del Joc i d'Espectacles a la Catalunya Central
- OGE - Cambra Barcelona
- OGE - Cambra Girona
- OGE - Cambra Tortosa
- OGE - Cambra Berga
- OGE - Cambra Vic
- OGE - Cambra Granollers
- OGE - Cambra Vilanova i la Geltrú
- OGE - Cambra Sabadell
- OGE - Cambra Terrassa
- OGE - Cambra Badalona
- OGE - Cambra Mataró
- OGE - Cambra Igualada
- OGE - Cambra Manresa
- OGE - Cambra Sant Feliu de Llobregat
- OGE - Cambra Vilafranca del Penedès
- OGE - Cambra l'Hospitalet de Llobregat
- OGE - Cambra Reus
- Oficina de Gestió Empresarial a Barcelona
- Oficina de Gestió Empresarial de Lleida
- Oficina de Gestió Empresarial de Tarragona
- Oficina de Gestió Empresarial de Girona
- Oficina de Gestió Empresarial de les Terres de l'Ebre