Comunicación de las rifas y tómbolas cuyos premios no superan, en conjunto, los 3.000 euros
Información Rápida
Objetivo
Permite comunicar a la administración la realización de rifas y tómbolas cuyos premios no superen los 3.000 euros, un requisito obligatorio antes de la celebración del evento.
¿Quién puede solicitarlo?
Ciudadanos, empresas, profesionales y entidades que tengan previsto celebrar una rifa o tómbola con premios que no superen los 3.000 euros.
Requisitos principales
- La comunicación debe realizarse antes de la venta o distribución de billetes o papeletas.
- Pago de la tasa fiscal sobre el juego mediante el modelo 040 de la Agencia Tributaria de Cataluña, que corresponde al 7% del valor total de los premios ofrecidos.
Plazos
La comunicación debe realizarse antes de la venta o distribución de billetes o papeletas.
Duración del trámite
No se especifica
Información adicional
La comunicación tiene efecto desde el día de su presentación, permitiendo iniciar la actividad de inmediato. El pago de la tasa fiscal sobre el juego debe realizarse dentro del mes siguiente a la fecha de celebración del juego.
Resumen
Este trámite permite comunicar a la Administración la realización de rifas y tómbolas cuyos premios no superan los 3.000 euros. Aunque no se requiere autorización administrativa, la comunicación es obligatoria antes de la celebración del evento.
Quién puede usar este servicio:
- Ciudadanos
- Empresas y profesionales
- Entidades
Lo que necesitas
- Documentación:
- Formulario para liquidar la tasa fiscal sobre el juego.
- Costes:
- 64.05 € (Tasa para la gestión del expediente de comunicación de rifas o tómbolas).
- Plazos:
- La comunicación debe realizarse antes de la venta o distribución de billetes o papeletas.
Cómo hacerlo
- Comunicar:
- El trámite se realiza exclusivamente por internet.
- Necesitarás identificarte con el idCAT Móvil o un certificado digital.
- Accede al Formulario de comunicación.
- Formalizar el pago:
- Una vez enviada la solicitud y recibido el acuse de recibo, puedes pagar la tasa.
- Opciones de pago:
- En línea con tarjeta bancaria.
- Con carta de pago (imprimir y pagar en cajeros CaixaBank o a través de la web de CaixaBank).
- Consultar el estado del trámite:
- Puedes consultar el estado del trámite a través de:
- Canal Empresa.
- Área privada.
- Estado de mis gestiones.
- Teléfono 012.
- Puedes consultar el estado del trámite a través de:
- Recibir la respuesta de la Administración:
- En el momento de registrar la solicitud, recibirás constancia de la recepción de la comunicación.
Después de hacerlo
- La comunicación tiene efecto desde el día de su presentación.
- El pago de la tasa fiscal sobre el juego debe realizarse dentro del mes siguiente a la fecha de celebración del juego.
Ayuda
- Contacto:
- Departamento de Economía y Finanzas
- Dirección General de Tributos y Juego
- Normativa:
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