Comunicación de la declaración anual obligatoria del censo en la explotación ganadera
Actualizado el 6 de marzo de 2025
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Objetivo
Comunicar anualmente el censo de animales presentes en una explotación ganadera, cumpliendo con las normativas sectoriales y el Decreto 40/2014.
¿Quién puede solicitarlo?
Titulares de explotaciones ganaderas en Cataluña, empresas integradoras y entidades ganaderas autorizadas.
Requisitos principales
- Ser titular de una explotación ganadera ubicada en Cataluña o su representante legal.
- En explotaciones no destinadas al autoconsumo, la declaración también puede ser realizada por empresas integradoras o entidades ganaderas autorizadas por el titular.
Plazos
La comunicación debe presentarse antes del 1 de marzo de cada año.
Duración del trámite
No especificado
Resumen
Este trámite permite a los titulares de explotaciones ganaderas en Cataluña comunicar anualmente el censo de animales presentes en su explotación. Es un requisito obligatorio según las normativas sectoriales y el Decreto 40/2014.
Quién puede usar este servicio:
- Titulares de explotaciones ganaderas ubicadas en Cataluña.
- Representantes legales de los titulares.
- Empresas integradoras y entidades ganaderas autorizadas por el titular (en explotaciones no destinadas al autoconsumo).
Lo que necesitas
Documentación requerida:
- Si la declaración se realiza telemáticamente, solo se necesita rellenar el formulario online.
- Si se presenta presencialmente, se debe descargar y completar el modelo de comunicación.
Costes y plazos:
- Este trámite es gratuito.
- La comunicación debe presentarse antes del 1 de marzo de cada año.
Cómo hacerlo
Paso a paso del proceso:
- Presentar la comunicación:
- Telemáticamente: A través del Sistema de gestión telemática ganadera (GTR) para autónomos, profesionales, empresas y otros colectivos. Puedes acceder a la aplicación GTR desde este enlace.
- Consulta las guías para realizar el trámite telemático:
- Ganaderos: Guía para la declaración anual obligatoria del censo en las explotaciones ganaderas - Rol ganadero (A0862-IN67) (PDF)
- Empresas integradoras y entidades ganaderas: Guía para la declaración anual obligatoria del censo en las explotaciones ganaderas - Rol entidad ganadera y empresas integradoras (A0862-IN68) (PDF)
- Consulta las guías para realizar el trámite telemático:
- Presencialmente: En una oficina de registro para particulares (personas físicas con fines de autoconsumo). Consulta la lista de oficinas. Descarga el Modelo de comunicación declaración de censo (A0862-D07).
- Telemáticamente: A través del Sistema de gestión telemática ganadera (GTR) para autónomos, profesionales, empresas y otros colectivos. Puedes acceder a la aplicación GTR desde este enlace.
- Consultar el estado del trámite:
- Si se realiza telemáticamente, el trámite es inmediato y se puede descargar la "hoja de datos" como justificante.
- Si se realiza presencialmente, la oficina comarcal entrega la "hoja de datos".
- Recibir respuesta de la Administración:
- Esta comunicación no requiere respuesta por parte de la Administración.
Después de hacerlo
- No hay acciones posteriores necesarias, ya que esta comunicación no requiere respuesta de la administración.
Ayuda
- Para más información, puedes contactar con el Departament d'Agricultura, Ramaderia, Pesca i Alimentació o el Servei d'Ordenació Ramadera.
Normativa
- Decreto 40/2014, de 25 de marzo, de ordenación de las explotaciones ganaderas. (DOGC núm. 6591 - 27/03/2014)
- Real Decreto 1547/2004, de 25 de junio, por el que se establecen normas de ordenación de las explotaciones cunícolas. (BOE núm. 154 - 26/06/2004)
- Real Decreto 479/2004, de 26 de marzo, por el que se establece y regula el Registro general de explotaciones ganaderas. (BOE núm. 89 - 13/04/2004)
- Real Decreto 306/2020, de 11 de febrero, por el que se establecen normas básicas de ordenación de las granjas porcinas intensivas, y se modifica la normativa básica de ordenación de las explotaciones de ganado porcino extensivo. (BOE núm. 38 - 13/02/2020)
- Real Decreto 209/2002, de 22 de febrero, por el que se establecen normas de ordenación de las explotaciones apícolas. (BOE núm. 62 - 13/03/2002)
- Real Decreto 448/2005, de 22 de abril, por el que se modifican el Real Decreto 519/1999, de 26 de marzo, por el que se regula el régimen de ayudas a la apicultura en el marco de los programas nacionales anuales, y el Real decreto 209/2002, de 22 de febrero, por el que se establecen normas de ordenación de las explotaciones apícolas. (BOE núm. 109 - 07/05/2005)
- Real Decreto 804/2011, por el que se regula la ordenación zootécnica, sanitaria y de bienestar animal de las explotaciones equinas y se establece el plan sanitario equino.(BOE núm. 157 - 02/07/2011)