Comunicación de la declaración anual obligatoria del censo en la explotación ganadera

Actualizado el 6 de marzo de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Comunicar anualmente el censo de animales presentes en una explotación ganadera, cumpliendo con las normativas sectoriales y el Decreto 40/2014.

¿Quién puede solicitarlo?

Titulares de explotaciones ganaderas en Cataluña, empresas integradoras y entidades ganaderas autorizadas.

Requisitos principales

  • Ser titular de una explotación ganadera ubicada en Cataluña o su representante legal.
  • En explotaciones no destinadas al autoconsumo, la declaración también puede ser realizada por empresas integradoras o entidades ganaderas autorizadas por el titular.

Plazos

La comunicación debe presentarse antes del 1 de marzo de cada año.

Duración del trámite

No especificado

Resumen

Este trámite permite a los titulares de explotaciones ganaderas en Cataluña comunicar anualmente el censo de animales presentes en su explotación. Es un requisito obligatorio según las normativas sectoriales y el Decreto 40/2014.

Quién puede usar este servicio:

  • Titulares de explotaciones ganaderas ubicadas en Cataluña.
  • Representantes legales de los titulares.
  • Empresas integradoras y entidades ganaderas autorizadas por el titular (en explotaciones no destinadas al autoconsumo).

Lo que necesitas

Documentación requerida:

  • Si la declaración se realiza telemáticamente, solo se necesita rellenar el formulario online.
  • Si se presenta presencialmente, se debe descargar y completar el modelo de comunicación.

Costes y plazos:

  • Este trámite es gratuito.
  • La comunicación debe presentarse antes del 1 de marzo de cada año.

Cómo hacerlo

Paso a paso del proceso:

  1. Presentar la comunicación:
  2. Consultar el estado del trámite:
    • Si se realiza telemáticamente, el trámite es inmediato y se puede descargar la "hoja de datos" como justificante.
    • Si se realiza presencialmente, la oficina comarcal entrega la "hoja de datos".
  3. Recibir respuesta de la Administración:
    • Esta comunicación no requiere respuesta por parte de la Administración.

Después de hacerlo

  • No hay acciones posteriores necesarias, ya que esta comunicación no requiere respuesta de la administración.

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