Comunicación de aprovechamientos de aguas subterráneas hasta 7000 m3/año, incluye las aguas pluviales, transmisiones, modificaciones de características, extinciones y cesiones (H0345)

Actualizado el 18 de diciembre de 2019
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El aprovechamiento del agua subterránea siempre que no supere el volumen máximo anual de 7.000 m3/año requiere de su comunicación en la Agencia Catalana del Agua (ACA) con el fin de efectuar la posterior inscripción al Registro de Aguas. En caso de que el aprovechamiento esté ubicado en el ámbito territorial de los acuíferos que constan en el Anexo del Decreto 328/1988, de 11 de octubre (acuíferos protegidos) o bien que lo esté en zona de policía de cauces, se tendrá que solicitar autorización previa de perforación (ved el trámite relacionado).

La utilización privativa de aguas pluviales también requiere comunicar al ACA su aprovechamiento a fin de que sea inscrito en el Registro de Aguas.
La solicitud incluye las siguientes tipologías:

  • Comunicar la existencia de un pozo hasta 7.000 m3/año o de aguas pluviales para su autorización e inscripción al registro de aguas.
  • Comunicar la modificación de características de un aprovechamiento de 7.000 m3/año ya inscrito.
  • Solicitar la transmisión de un aprovechamiento de 7.000 m3/año ya inscrito.
  • Comunicar la extinción de un aprovechamiento de 7.000 m3/año ya inscrito.
  • Solicitar la cesión temporal de un aprovechamiento de 7.000 m3/año ya inscrito.
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La autorización es vigente durante el periodo que se indica a la resolución

Solicitar la autoritzación de la comunicación, transmissión, modificación de características, extinción o cessión

Plazos

Se puede solicitar en cualquier momento, sin embargo, en caso de que todavía no se haya perforado el pozo, si se encuentra ubicado en zona de policía de cauces o en uno de los términos municipales que cuestan al Anexo del Decreto 328/1988, de 11 de octubre, por el cual se establecen normas de protección adicionales en materia de procedimiento en relación con diversos acuíferos de Cataluña, hará falta pedir previamente la autorización administrativa de la Agencia Catalana del Agua, con el trámite relacionado.

Documentación

Es necesario presentar con la solicitud la documentación que se indica en el siguiente enlace.

Tasas

Ver documento de tasas.

Altres Informacions

Consideraciones a tener en cuenta

Antes de hacer la solicitud leed el documento de consideraciones a tener en cuenta.

Presencialmente


Puntos de tramitación

Una vez se ha rellenado la solicitud, se debe imprimir y firmar y acompañar con la documentación necesaria (en su caso).

También se puede presentar en:

En cualquiera de los lugares previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, de acuerdo con lo establecido en la disposición derogatoria única de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.


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