Comunicación de actividades que realizan los establecimientos alimentarios acogidos a las medidas de flexibilidad establecidas al Real Decreto 1086/2020
Información Rápida
Objetivo
Permite a los establecimientos alimentarios comunicar el inicio de actividades, modificaciones en los datos del registro o la baja de la actividad, en el marco de las medidas de flexibilidad establecidas en el Real Decreto 1086/2020.
¿Quién puede solicitarlo?
Establecimientos alimentarios que se acojan a las medidas de flexibilidad del Real Decreto 1086/2020.
Requisitos principales
- Estar acogido a las medidas de flexibilidad establecidas en el Real Decreto 1086/2020.
- Cumplir con los requisitos específicos para cada tipo de comunicación.
Plazos
No especificado
Duración del trámite
No especificado
Información adicional
Para más detalles sobre cada tipo de comunicación, consultar las opciones disponibles en la página.
Resumen
Este trámite permite a los establecimientos alimentarios comunicar el inicio de actividades, modificaciones en los datos del registro o la baja de la actividad, en el marco de las medidas de flexibilidad establecidas en el Real Decreto 1086/2020.
Quién puede usar este servicio:
Establecimientos alimentarios que se acojan a las medidas de flexibilidad del Real Decreto 1086/2020.
Cómo hacerlo
Para realizar este trámite, debes seleccionar la opción que corresponda a tu caso:
Cada opción te guiará a través del proceso específico.