Cesiones temporales de cuotas lecheras

Actualizado el 18 de diciembre de 2019
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Los productores de leche pueden, en cada convocatoria, ceder temporalmente a otro productor su cuota lechera o la parte de esta que no tengan que utilizar. Estas cesiones tienen algunas limitaciones, definidas a la normativa vigente, y se tienen que comunicar al Departamento de Agricultura, Ganadería , Pesca, Alimentación y Medio Natural.

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Para el período 2014/2015 el plazo de solicitud se inicia el 1 de abril de 2014 y finaliza el 28 de febrero de 2015, inclusive.

A quién va dirigido

A los titulares de cuotas lecheras.

Organismo responsable

Normativa

Trámites relacionados

Solicitar la cesión

Plazos

El plazo de solicitud de cesión de cuota lechera se convocará cada periodo por Orden Ministerial.

Para el período 2014/2015 el plazo de solicitud se inicia el 1 de abril de 2014 y finaliza el 28 de febrero de 2015, inclusive.

Documentación

Documentación que se debe adjuntar a la solicitud:

  1. Fotocopia del DNI o CIF del/de la cedente y del/de la adquirente.
  2. Certificado de la/s persona/s compradora/s de las cantidades de leche y productos lácteos de equivalente de leche entregada por el/ por la cendente, desde el 1 de abril del periodo en curso, hasta la fecha de la solicitud, y también de la última campaña de comercialización o, en su caso, declaración de venta directa.
  3. Documentación justificativa de causa de fuerza mayor o caso excepcional

Tasas

No hay tasas asociadas a este trámite.

Otras informaciones

Limitaciones

  1. No se podrán realizar cesiones por cantidades inferiores a 5.000 Kg, contando la suma de cuota de entrega a compradores y la de venta directa.
  2. El productor cedente no puede transferir la cuota cedida a un tercero, no puede acogerse al abandono indemnizado, no puede adquirir cuotas por transferencia posteriormente a presentar la cesión y no puede adquirir cuota por cesión.
  3. El productor cesionario (o adquiriente de la cesión) no puede realizar transferencias de su cuota (excepto Tr-1 con explotación por herencia), no puede acogerse al abandono indemnizado y no puede hacer cesiones temporales de su cuota.
  4. Las cantidades de la reserva nacional no pueden ser objeto de cesión.

Otras consideraciones

Los cedentes que producen por encima de su cuota resultante, no se tendrán en cuenta en las compensaciones a la hora de liquidar la tasa suplementaria.

Plazos

Del01.04.2014al 28.02.2015

Presencialmente

Se puede presentar en:

Preferentemente, en la oficina comarcal donde se ubique la explotación lechera del cedente de la cuota.


Oficinas de la administración

Institut de Recerca de L'Energia de Catalunya (IREC)

Otros Jardins de Les Dones de Negre 1, 08930, Sant Adrià de Besòs

Consorci de Comerç, Artesania I Moda de Catalunya

Calle Provença 339, 08037, Barcelona

Grupo de Asisténcia Sanitária y Social (SAGESSA)

Avenida Dr. Josep Laporte 2, 43204, Reus

Consorci Per a la Normalització Lingüística (CPNL)

Calle Mallorca 272, 08037, Barcelona

Tel. 932723100

Consorci Hospitalari de Vic

Calle Francesc Pla, el Vigatà 1, 08500, Vic

Tel. 938891111

Fundación Privada Centro de Investigación en Salud Internacional de Barcelona (CRESIB)

Calle Rosselló 132, 08036, Barcelona

Tel. 932275706

Institut D'Investigacions Biomèdiques August Pi I Sunyer (IDIBAPS)

Calle Rosselló 149-153, 08036, Barcelona

Escola D'Administració Pública de Catalunya (EAPC)

Carrer Girona 20, 08010, Barcelona

Consorci del Parc Fluvial del Llobregat

Otros Torre de L'Amo de Viladomiu Nou s/n, 08680, Gironella

Tel. 938250689

Cataluña Radio

Avinguda Diagonal 614-616, 08021, Barcelona

Institut Català de Ciències del Clima (IC3)

Calle Doctor Trueta 203, 08005, Barcelona

Autoritat Territorial de la Mobilitat (ATM). Àrea de Girona

Plaza Pompeu Fabra 1, 17002, Girona

Tel. 902627781

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