Certificado de nacionalidad española de obras audiovisuales a largometrajes y cortometrajes cinematográficos
El Instituto Catalán de las Empresas Culturales (ICIC) puede conceder el certificado de nacionalidad española a los largometrajes y cortometrajes cinematográficos producidos por empresas con domicilio social en Cataluña y a los coproducidos por empresas con domicilio social en Cataluña y empresas del resto del Estado español, siempre que la aportación de la empresa o empresas catalanas sea superior a la de las empresas españolas de fuera de Cataluña.
También lo puede conceder a las coproducciones con productoras no españolas que cumplan los requisitos establecidos por la normativa estatal.
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A quién va dirigido
A las empresas productoras de obras audiovisuales inscritas en el REAC.
Organismo responsable
Normativa
Solicitar el certificado
Plazos
Se puede solicitar en cualquier momento. No obstante, la solicitud del certificado de nacionalidad española de la obra audiovisual cinematográfica la debe presentar la empresa productora en el momento de realizar la solicitud de calificación de la obra por grupos de edad.
Documentación
La documentación que se debe adjuntar se enumera en el formulario de solicitud. Además, hay que presentar los siguientes anexos:
- Anexo 1. Relación del equipo artístico de la obra audiovisual
- Anexo 2. Relación del equipo técnico de la obra audiovisual
- Anexo 3. Plan de realización de la obra audiovisual
- Anexo 4. Datos del proyecto de la obra audiovisual
Tasas
No hay tasas asociadas al trámite de solicitar el certificado de nacionalidad española.
Otras informaciones
La solicitud del certificado de nacionalidad española de la obra audiovisual la debe presentar la empresa productora de la obra audiovisual cinematográfica en el momento de solicitar la calificación de la obra audiovisual por grupos de edad. Esta calificación, de acuerdo con la clasificación establecida por la normativa estatal, es necesaria para poder exhibir o promocionar una obra audiovisual en formato cinematográfico dentro del territorio español. Las empresas domiciliadas en Cataluña que sean titulares de los derechos de explotación la pueden solicitar en el Instituto Catalán de las Empresas Culturales y esta será válida para todo el territorio español.
Presencialmente
Se debe presentar en:
Trámites relacionados
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