Cambio de nombre de la empresa minera

Actualizado el 6 de marzo de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Permite a las empresas mineras comunicar un cambio en su razón social o denominación a la administración.

¿Quién puede solicitarlo?

Empresas mineras (personas jurídicas) que hayan cambiado su razón o denominación social.

Requisitos principales

  • Ser una empresa minera que ha cambiado su razón social o denominación.
  • Disponer de certificado digital (persona física, jurídica o vinculada a una organización con capacidad de representación).

Plazos

Se puede solicitar en cualquier momento.

Duración del trámite

3 meses

Información adicional

La documentación aportada por otros canales no será tenida en cuenta.

Resumen

Este trámite permite a las empresas mineras comunicar a la Administración el cambio de nombre o razón social de la empresa.

Quién puede usar este servicio:

  • Empresas mineras (personas jurídicas) que hayan cambiado su razón o denominación social.

Lo que necesitas

  • Disponer de un certificado digital (de persona física, jurídica o de un representante de la organización).

Cómo hacerlo

  1. Solicitar:
    • Accede al formulario online a través de este enlace: Iniciar. Recuerda que este trámite solo se puede hacer por internet.
    • Si tienes problemas técnicos, inténtalo de nuevo más tarde o utiliza el formulario de instancia genérica de tu ayuntamiento u otra administración pública.
    • Consulta las condiciones técnicas necesarias para realizar trámites online en Trámites gencat.
  2. Consultar el estado del trámite:
    • Puedes consultar el estado del trámite a través de:
      • Canal Empresa (con idCat Móvil o certificado digital).
      • Estado de mis gestiones (con el identificador del trámite y el DNI/NIF).
      • Teléfono 012 (con el identificador del trámite y el DNI/NIF).
  3. Recibir la respuesta de la Administración:
    • En un plazo de tres meses, recibirás una diligencia de la persona titular del Servicio de Investigación y Recursos Minerales confirmando que el trámite se ha realizado.
    • Recibirás una notificación electrónica a través del servicio e-NOTUM.

Después de hacerlo

  • En el plazo de tres meses, recibirás una diligencia confirmando que el trámite se ha realizado.

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