Calificación, certificado de nacionalidad española y/o certificado cultural de la obra audiovisual
Información Rápida
Objetivo
Este trámite permite obtener la calificación por edades de obras audiovisuales, el certificado de nacionalidad española y/o el certificado cultural para acceder a incentivos fiscales.
¿Quién puede solicitarlo?
Empresas productoras titulares de los derechos de explotación de obras audiovisuales inscritas en el Registro de Empresas Audiovisuales de Cataluña (REAC).
Requisitos principales
- Presentar la declaración de inicio y/o final de rodaje (en el caso de obras producidas por empresas catalanas).
- Las obras audiovisuales deben estar calificadas antes de su exhibición, comercialización o promoción.
Plazos
Se puede solicitar en cualquier momento.
Duración del trámite
El plazo máximo para la notificación de la calificación es de dos meses desde la presentación de la solicitud.
Información adicional
Es imprescindible presentar toda la documentación con una antelación mínima de quince días antes del estreno de la película.
Resumen
Este trámite permite a las empresas y profesionales del sector audiovisual solicitar la calificación por edades de sus obras, así como obtener el certificado de nacionalidad española y/o el certificado cultural.
Quién puede usar este servicio:
Empresas productoras titulares de los derechos de explotación de obras audiovisuales inscritas en el Registro de Empresas Audiovisuales de Cataluña (REAC).
Lo que necesitas
Documentos requeridos:
- Comprobante de pago de la tasa de visionado.
- Enlace digital con el contenido íntegro de la obra.
- Acreditación de la cesión de derechos.
- Resumen argumental de la obra, títulos de crédito y diálogos.
- Declaración del uso porcentual de las lenguas utilizadas durante el rodaje original.
- Declaración fecha prevista de estreno en salas comerciales.
- Contrato de coproducción (si aplica).
- Acreditación aprobación previa del proyecto coproducción (si aplica).
- Certificado oficial de nacionalidad del país de origen (si es producción extranjera).
- Contrato de cesión de derechos de distribución (si la solicitud la presenta una distribuidora).
- Ficha de datos del certificado de nacionalidad española (si se solicita).
Costes y plazos:
- El importe de la tasa de visionado depende de la duración de la obra audiovisual y está especificada en el formulario de solicitud.
- Se puede solicitar en cualquier momento.
Cómo hacerlo
Paso a paso del proceso:
- Solicitar: Acceder al formulario a través del enlace proporcionado y completar la solicitud.
- Recibir la respuesta de la Administración: La dirección del Instituto Catalán de las Empresas Culturales (ICEC) notifica el otorgamiento de la calificación en el plazo máximo de dos meses desde la presentación de la solicitud.
Después de hacerlo
Qué sucede después:
- En el caso de obras destinadas a su exhibición en salas cinematográficas, cada copia que se distribuya debe ir acompañada de una copia del certificado de calificación.
- En el caso de obras destinadas a la comercialización o difusión no cinematográfica, se debe hacer constar en cada copia y en el estuche, de manera visible, el número de resolución, el título de la obra, la calificación por grupos de edad, la duración, la empresa distribuidora y la autoridad que haya aprobado la calificación.
Ayuda
Contacto:
- Para consultas sobre el contenido y tramitación del trámite: 93 567 35 60.
- Para consultas técnicas sobre la tramitación telemática: 93 552 91 66.
- Horario de atención telefónica: de 9 a 14 h de lunes a viernes.
Recursos adicionales:
Normativa
- Tasas que gestionan el Departamento de Cultura y las entidades que dependen de él
- Criterios para la calificación por grupos de edad de las películas cinematográficas
- Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del impuesto sobre sociedades
- Orden CUD/582/2020, de 26 de junio
- Criterios para el otorgamiento a las películas cinematográficas
- DECRETO 267/1999, de 28 de septiembre, sobre régimen administrativo de la cinematografía y el audiovisual
- LEY 20/2010, de 7 de julio, del cine