Becas para la formación y el perfeccionamiento en los ámbitos de las artes visuales, los nuevos sectores creativos, de las artes escénicas, de la música y del pensamiento

Actualizado el 12 de agosto de 2020
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El objeto de estas becas es promover la formación y el perfeccionamiento profesional de creadores e intérpretes en los ámbitos de las artes visuales, las artes escénicas, de la música, del pensamiento y de los nuevos sectores creativos, mediante la participación en cursos o actividades formativas especializados que se hacen fuera de Cataluña.

Quedan excluidos de estas bases los estudios de doctorado y las clases particulares.

Estas becas son de tramitación telemática obligatoria. Necesitará disponer de un certificado digital para poder hacer la solicitud.


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Plazo de presentación de solicitudes: Del 12 al 25 de abril de 2016

A quién va dirigido

Pueden ser beneficiarios de estas becas las personas físicas que estén domiciliadas en Cataluña o con domicilio fuera de Cataluña, pero que conserven la vecindad civil catalán.

Organismo responsable

Normativa

Documentación relacionada

Solicitar la beca

Plazos

El plazo para solicitar las becas es: del 12 al 25 de abril 2016.

Documentación

Documentación que se debe adjuntar a la solicitud:

  1. Proyecto de actividad
  2. Currículum detallado de la persona solicitante en que se especifiquen los títulos universitarios o de enseñanza artística superior que acredite la especialidad correspondiente, o la trayectoria profesional en el ámbito del circo, de acuerdo con lo dispuesto en la base 3 .c .
  3. Copia compulsada del expediente académico o certificado de notas.
  4. En todos los ámbitos, un mínimo de tres documentos que acrediten la trayectoria del solicitante (artículos, programas, catálogos, premios, etc.).
  5. En el caso de los ámbitos de la danza y de la música, un documento visual y sonoro del solicitante ejecutando una interpretación individual (duración máxima de 10 minutos).

Requisitos

  1. Hacer la actividad subvencionada dentro del año natural de la concesión de la subvención. La duración de las becas se establecerá en la convocatoria correspondiente.
  2. Hacer la actividad subvencionada fuera de Cataluña (otras comunidades autónomas del Estado o el extranjero).
  3. No encontrarse en ninguna de las circunstancias previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, que imposibilitan convertirse en beneficiario de las subvenciones.
  4. Estar al corriente de las obligaciones tributarias con la Generalidad de Cataluña, con el Estado y con la Seguridad Social.
  5. Si para la realización de la actividad objeto de la subvención se utiliza cualquier elemento susceptible de generar derechos de autor, cumplir con lo que dispone la normativa sobre propiedad intelectual.
  6. Tener el título universitario o de enseñanza artística superior que acredite la especialidad correspondiente o acreditar una trayectoria académico en el ámbito correspondiente o, en el caso del circo, acreditar tener una trayectoria profesional durante un periodo mínimo de dos años.
  7. Estar admitido en la actividad formativa por parte del organismo que lo organiza.
  8. Sólo se puede presentar una solicitud para una única activado formativa.
  9. La actividad formativa debe tener una duración mínima de 4 meses.

Tasas

No hay tasas asociadas a este trámite

Otras informaciones

Criterios de valoración

La valoración de las solicitudes se hace con arreglo a los siguientes criterios:

a) Solvencia académica y técnica del solicitante (hasta 5 puntos) :

Expediente académico.

b) Experiencia profesional (hasta 1 punto).

c) Coherencia e interés de la actividad formativa (hasta 2 puntos) :

Coherencia de la propuesta formativa en relación con la trayectoria del solicitante.

Interés de la propuesta formativa en relación con el centro donde se quiere llevar a cabo.

d) Impacto (hasta 2 puntos) :

Adecuación de la actividad formativa a las necesidades profesionales del sector artístico en Cataluña.

Para optar a las becas las solicitudes deberán obtener una puntuación mínima de 6 puntos en el conjunto de los criterios generales. A esta puntuación , se ha de sumar la puntuación obtenida en los criterios adicionales

Comisión de valoración:

Los nombres de las personas que forman parte de la comisión de valoración se podrán consultar en breve.

Estas becas son de tramitación telemática obligatoria.

Plazos

Del12.04.2016al 25.04.2016

Por internet

Este formulario requiere la identificación y autentificación a través de firma electrónica.

El Departamento de Cultura es entidad certificadora para personas físicas. Puede obtener el certificado digital en el mismo Departamento y en los Servicios Territoriales .

Consulte las condiciones técnicas necesarias para hacer trámites en línea


Oficinas de la administración

Institut de Recerca de L'Energia de Catalunya (IREC)

Consorci de Comerç, Artesania I Moda de Catalunya

Grupo de Asisténcia Sanitária y Social (SAGESSA)

Consorci Per a la Normalització Lingüística (CPNL)

Fundación Privada Centro de Investigación en Salud Internacional de Barcelona (CRESIB)

Institut D'Investigacions Biomèdiques August Pi I Sunyer (IDIBAPS)

Escola D'Administració Pública de Catalunya (EAPC)

Institut Català de Ciències del Clima (IC3)

Autoritat Territorial de la Mobilitat (ATM). Àrea de Girona

Cinco Días
Expansión
EFE Emprende
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Empresa participante en Cuatrecasas ACELERA en colaboración con Telefónica Open Future.