Ayudas para proyectos, actividades y acontecimientos para el desarrollo de la tecnología de cadena de bloques (blockchain)
Información Rápida
Objetivo
Subvenciones para proyectos, actividades y eventos que impulsen el desarrollo y uso de la tecnología blockchain en Cataluña, fortaleciendo el ecosistema y difundiendo el conocimiento.
¿Quién puede solicitarlo?
Empresas, profesionales y entidades como cámaras de comercio, colegios profesionales, centros de investigación, startups y pymes catalanas.
Requisitos principales
- Estar al corriente de las obligaciones tributarias frente a la Generalidad de Cataluña, el Estado y la Seguridad Social, incluyendo deudas aplazadas o fraccionadas.
- Informar si se han solicitado u obtenido otras ayudas para la misma actividad, detallando la entidad y la cuantía.
- Si solicitas subvenciones de más de 30.000 euros y eres una persona física o jurídica, de derecho privado y con ánimo de lucro, debes cumplir con los plazos de pago.
- Las asociaciones deben adaptar los estatutos según la normativa vigente y tener fines que promuevan el fortalecimiento comunitario.
- Las fundaciones deben presentar las cuentas anuales ante el protectorado, adaptar los estatutos según la normativa vigente y tener fines que promuevan el fortalecimiento comunitario.
- Las plataformas ciudadanas y los grupos sociales deben tener fines que promuevan el fortalecimiento comunitario y fomentar la participación de las personas que se vinculan.
- Cumplir con los requisitos y obligaciones que se establecen en la normativa sobre infracciones y sanciones en el orden social, fomento del asociacionismo, accesibilidad de los sitios web, igualdad de las personas trans, igualdad de trato y no discriminación, contratos del sector público, voluntariado, igualdad efectiva de mujeres y hombres, derechos de las personas LGTBI, igualdad retributiva, violencia machista, Código civil de Cataluña, Ley General de Subvenciones, planes de igualdad, política lingüística y prevención de riesgos laborales.
Plazos
El plazo para solicitar la subvención fue del 10 de octubre de 2024 a las 09:00h hasta el 5 de noviembre de 2024 a las 14:00h.
Duración del trámite
El plazo máximo para emitir la resolución y notificarla será de seis meses a contar desde la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
Información adicional
Este trámite solo se puede hacer por internet. La documentación que se aporte por otro canal no se tendrá en cuenta.
Resumen
Este trámite permite solicitar subvenciones para proyectos, actividades de dinamización y organización de eventos que impulsen el desarrollo y el uso de la tecnología de cadena de bloques (blockchain) en Cataluña. El objetivo es fortalecer el ecosistema catalán en esta tecnología, difundirla y transferir el conocimiento.
Quién puede usar este servicio:
- Empresas y profesionales.
- Entidades.
Antes de empezar:
- Asegúrate de cumplir con todos los requisitos y tener la documentación necesaria.
- Ten en cuenta que este trámite solo se puede realizar por internet.
Lo que necesitas
Documentos requeridos:
- Ficha resumen del presupuesto del proyecto, actividad de dinamización o evento (G146NTIC-037).
- Memoria del proyecto, actividad de dinamización o evento.
- Memoria del Proyecto - Línea 1 Proyectos subvencionables por empresas de base tecnológica (G346NTIC-035).
- Memoria de la actividad - Línea 2 Actividades de dinamización (G346NTIC-034).
- Memoria del evento - Línea 3 Organización de eventos (G346NTIC-033).
- Documentación que acredite la prórroga, aplazamiento, moratoria o cualquier otra condición especial de las deudas pendientes.
- Declaración responsable por cada una de las entidades agrupadas (G346NTIC-036).
- Convenio de constitución de la agrupación de entidades (G346NTIC-038-00).
Requisitos previos:
- Estar al corriente de las obligaciones tributarias.
- Cumplir con los requisitos específicos según el tipo de entidad (asociación, fundación, etc.).
Costes y plazos:
- Este trámite no tiene tasas.
- El plazo para solicitar la subvención fue del 10 de octubre de 2024 a las 09:00h hasta el 5 de noviembre de 2024 a las 14:00h.
Cómo hacerlo
Paso a paso del proceso:
- Solicitar: Accede al formulario online a través de este enlace.
- Consultar el estado del trámite: Puedes consultar el estado del trámite a través de Canal Empresa (con certificado digital) o llamando al 012 (con el identificador del trámite y el DNI/NIF).
- Recibir la respuesta de la Administración: Recibirás un acuse de recibo con un número para identificar el trámite. La respuesta de la Administración se enviará a través del portal de trámites Gencat.
Información sobre cada etapa:
- Solicitar: Completa el formulario online con la información requerida y adjunta la documentación necesaria.
- Consultar el estado del trámite: Utiliza los canales disponibles para verificar el estado de tu solicitud.
- Recibir la respuesta de la Administración: Estate atento a las notificaciones en el portal de trámites Gencat.
Tiempos de espera:
- El plazo máximo para emitir la resolución y notificarla es de seis meses desde la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
Después de hacerlo
Qué sucede después:
- Recibirás la resolución de la Administración indicando si tu solicitud ha sido aprobada o denegada.
Plazos de resolución:
- El plazo máximo para emitir la resolución es de seis meses.
Siguientes pasos:
- Si tu solicitud ha sido aprobada, sigue las instrucciones de la resolución para recibir la subvención.
- Si tu solicitud ha sido denegada, puedes presentar un recurso si lo consideras necesario.
Ayuda
Contacto:
- Departamento de Empresa y Trabajo.
- Secretaría de Políticas Digitales.
Recursos adicionales: