Ayudas para dar soporte a la actividad científica de los grupos de investigación de Cataluña (SGR-Cat 2021)

Actualizado el 6 de marzo de 2025
Ver en la web de la administración

Información Rápida

Objetivo

Impulsar las actividades de los grupos de investigación para reforzar su impacto científico, económico y social, y promover su proyección internacional.

¿Quién puede solicitarlo?

Grupos de investigación de las universidades del sistema universitario de Cataluña, centros de investigación públicos y privados, fundaciones hospitalarias e infraestructuras científicas y técnicas singulares con personalidad jurídica propia y sede en Cataluña.

Requisitos principales

  • Los requisitos de las entidades beneficiarias se pueden consultar en la base 3 de las bases reguladoras.
  • Los requisitos de los grupos SGR para las diferentes modalidades y opciones se pueden consultar en la base 7 de las bases reguladoras.

Plazos

Plazo de presentación de solicitudes: del 26/03/2022 al 02/05/2022 a las 14:00h (hora local Barcelona).

Duración del trámite

El plazo máximo para resolver es de seis meses a contar desde el día siguiente del día de la publicación de la convocatoria en el DOGC.

Información adicional

El periodo de ejecución de la convocatoria SGR-Cat 2021 se ha ampliado hasta el 30 de junio de 2025.

Resumen

Este trámite corresponde a las ayudas para dar soporte a la actividad científica de los grupos de investigación de Cataluña (SGR-Cat 2021). El objetivo es impulsar las actividades de los grupos de investigación que permitan reforzar el impacto científico, económico y social de la investigación, así como promover su proyección internacional.

Quién puede usar este servicio:

Grupos de investigación de las universidades del sistema universitario de Cataluña, centros de investigación públicos y privados, fundaciones hospitalarias e infraestructuras científicas y técnicas singulares con personalidad jurídica propia y sede en Cataluña.

Antes de empezar:

  • Es importante tener en cuenta que el plazo de presentación de solicitudes ya ha finalizado (del 26/03/2022 al 02/05/2022).
  • El periodo de ejecución de la convocatoria SGR-Cat 2021 se ha ampliado hasta el 30 de junio de 2025.

Lo que necesitas

Documentos requeridos:

  • Formulario con los datos básicos del grupo y la entidad solicitante: obligatorio para todos los grupos de investigación.
  • Anexo al formulario con los datos científicos del grupo: obligatorio únicamente para los grupos que soliciten y cumplan los requisitos para pasar a evaluación científica para optar a financiación.

Requisitos previos:

Los requisitos de las entidades beneficiarias se pueden consultar en la base 3 de las bases reguladoras.

Los requisitos de los grupos SGR para las diferentes modalidades y opciones se pueden consultar en la base 7 de las bases reguladoras.

Costes y plazos:

  • No hay tasas asociadas al trámite.
  • Plazo de presentación de solicitudes: del 26/03/2022 al 02/05/2022 a las 14:00h (hora local Barcelona).

Cómo hacerlo

Paso a paso del proceso:

  1. Solicitar:

    • Plazo de presentación de solicitudes: del 26/03/2022 al 02/05/2022 a las 14:00h (hora local Barcelona).
    • Las solicitudes las debe presentar la persona representante legal de la institución solicitante según los modelos normalizados por medios electrónicos a través del Apartado Trámites de la web de la Generalitat de Cataluña.
    • Por Internet:
      • Descargad y completad el “Formulario de solicitud” y guardadlo en vuestro ordenador.
      • Descargad el documento “Anexo al formulario” y guardadlo en vuestro ordenador. Una vez completado, convertid el documento a formato PDF (único formato válido) y adjuntadlo al Formulario de solicitud.
      • El Formulario juntamente con el Anexo conforman la solicitud completa de esta ayuda, y no puede superar los 5 Mb.
      • Firmad el Formulario validado con la firma electrónica de persona jurídica de la persona representante legal de la entidad solicitante.
      • Id a la página de “Trámites” y enviad la solicitud. Cuando la solicitud se haya enviado correctamente el servicio generará un mensaje que indica que se ha recibido la propuesta. Podréis descargar el acuse de recibo y recibiréis también un correo electrónico acuse de recibo si así lo indicáis en el Formulario de solicitud.
      • Consultad las condiciones técnicas necesarias para hacer trámites en línea en la web Trámites Gencat.
  2. Recibir la respuesta de la Administración:

    • El plazo máximo para resolver es de seis meses a contar desde el día siguiente del día de la publicación de la convocatoria en el DOGC.
    • Si transcurre este tiempo sin resolución expresa la ayuda solicitada se entenderá desestimada por silencio.
    • ¿Qué respuesta se recibe?
    • ¿Se puede presentar un recurso?
      • La resolución de concesión indicará los recursos que se pueden interponer.
  3. Aceptar la ayuda:

    • La aceptación de la ayuda se debe formalizar mediante un documento normalizado firmado por la persona representante legal de la entidad a la que queda vinculada la ayuda, en el cual se debe comprometer a cumplir todas las condiciones que fijan las bases reguladoras y la convocatoria. Se deberá aceptar tanto el reconocimiento como, si es el caso, la financiación.
    • En el caso de grupos interinstitucionales, el documento de aceptación deberá estar firmado por las personas representantes legales de las entidades implicadas a las que quedará vinculada la ayuda.
    • Mediante el documento de aceptación, las entidades propuestas como beneficiarias también pueden desistir de la subvención o presentar la reformulación del presupuesto para adaptarlo a la subvención propuesta. La subvención se otorgará sobre el presupuesto aceptado y la justificación deberá ser respecto del este presupuesto.
    • En el supuesto de haber presentado una reformulación del presupuesto, el otorgamiento de la subvención comporta la aceptación de la reformulación.
    • El documento normalizado de aceptación de la ayuda se podrá obtener de la página web de la AGAUR.
    • Junto con el documento de aceptación será necesario aportar en los supuestos que se indican en la base 17.4 de las bases reguladoras la documentación que allí se solicita.
    • El documento de aceptación y la documentación perceptiva se debe presentar en el registro electrónico de la AGAUR en un plazo de 30 días mediante el trámite Envío Genérico que hay disponible en la Extranet de las Administraciones Catalanas (EACAT) o bien vía Petición Genérica a través de Trámites Gencat.
    • IMPORTANTE: se entiende que renuncian tácitamente a la ayuda y al reconocimiento como grupo de investigación las entidades beneficiarias que no hayan presentado el documento de aceptación y el resto de documentación requerida en el plazo y las condiciones descritas previamente.

Después de hacerlo

Qué sucede después:

Una vez aceptada la ayuda, se deben cumplir las condiciones establecidas en las bases reguladoras y la convocatoria.

Plazos de resolución:

El plazo máximo para resolver es de seis meses a contar desde el día siguiente del día de la publicación de la convocatoria en el DOGC.

Siguientes pasos:

Realizar el seguimiento de la resolución a través del Tablón electrónico de la Administración de la Generalidad de Cataluña y la página web de la AGAUR.

Ayuda

Contacto:

sgr.agaur@gencat.cat

Recursos adicionales:

Normativa


Preguntas frecuentes


Oficinas de la administración

Institut de Recerca de L'Energia de Catalunya (IREC)

Consorci de Comerç, Artesania I Moda de Catalunya

Grupo de Asisténcia Sanitária y Social (SAGESSA)

Consorci Per a la Normalització Lingüística (CPNL)

Fundación Privada Centro de Investigación en Salud Internacional de Barcelona (CRESIB)

Institut D'Investigacions Biomèdiques August Pi I Sunyer (IDIBAPS)

Escola D'Administració Pública de Catalunya (EAPC)

Institut Català de Ciències del Clima (IC3)

Autoritat Territorial de la Mobilitat (ATM). Àrea de Girona

Cinco Días
Expansión
EFE Emprende
CuatroCasas Telefonica

Empresa participante en Cuatrecasas ACELERA en colaboración con Telefónica Open Future.