Ayudas extraordinarias para el sector de la restauración, comercio al por menor y servicios asimilados del Ripollès y la Cerdanya afectados por la COVID-19

Actualizado el 7 de marzo de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Ofrecer ayudas económicas a empresas y autónomos de la restauración, comercio minorista y servicios asimilados en las comarcas de Ripollès y Cerdanya, afectados por las restricciones de la pandemia COVID-19, para reactivar sus negocios.

¿Quién puede solicitarlo?

Autónomos y empresas de restauración, comercio al por menor y servicios asimilados de las comarcas de la Cerdanya y el Ripollès.

Requisitos principales

  • Ser autónomo o empresa.
  • Tener un establecimiento operativo en Ripollès o Cerdanya.
  • Estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
  • Cumplir con la normativa sobre prevención de riesgos laborales, igualdad, etc.

Plazos

El plazo de solicitud fue del 14 de enero al 28 de enero de 2021.

Duración del trámite

6 meses (plazo máximo para resolver y notificar)

Información adicional

Se consideran empresas de servicios asimilados a la persona: talleres mecánicos, servicios fotográficos, copisterías, servicios de reparaciones, tintorerías, peluquerías, servicios de comida preparada y catering.

Resumen

Este trámite permite solicitar ayudas económicas para los sectores de la restauración, comercio al por menor y servicios asimilados de las comarcas del Ripollès y la Cerdanya, afectados por las medidas de salud pública derivadas de la COVID-19.

Quién puede usar este servicio:

Empresas y autónomos del sector de la restauración, comercio al por menor y servicios asimilados ubicados en las comarcas del Ripollès y la Cerdanya.

Antes de empezar:

  • Es necesario disponer de un certificado digital o idCAT Móvil para realizar la solicitud.
  • El plazo de presentación de solicitudes fue del 14 de enero al 28 de enero de 2021.

Lo que necesitas

Documentos requeridos:

  • Fotografía del interior del establecimiento.
  • Fotografía de la fachada del establecimiento.

Requisitos previos:

  • Ser autónomo o empresa con actividad en las comarcas del Ripollès o la Cerdanya.
  • Cumplir con las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social.
  • Cumplir con la normativa vigente en materia de política lingüística, prevención de riesgos laborales, igualdad, etc.

Costes y plazos:

  • Este trámite no tiene costes asociados.
  • El plazo máximo para resolver y notificar la resolución es de seis meses desde la publicación de la convocatoria.

Cómo hacerlo

Paso a paso del proceso:

  1. Solicitar:
    • Acceder al formulario de solicitud online a través de la sede electrónica de la Generalitat de Cataluña.
    • Identificarse con certificado digital o idCAT Móvil.
    • Adjuntar la documentación requerida.
  2. Consultar el estado del trámite:
    • Se puede consultar el estado del trámite a través de Canal Empresa, el Estado de mis gestiones o llamando al 012.
  3. Recibir la respuesta de la Administración:
    • La resolución se notificará mediante publicación en el Tablón electrónico de la Administración de la Generalitat de Cataluña.

Después de hacerlo

Qué sucede después:

Una vez resuelta la solicitud, se notificará la resolución indicando si se concede o no la ayuda y el importe subvencionado.

Plazos de resolución:

El plazo máximo para resolver y notificar la resolución es de seis meses desde la publicación de la convocatoria.

Siguientes pasos:

En caso de no estar de acuerdo con la resolución, se puede presentar un recurso de alzada ante el Departamento de Empresa y Conocimiento en el plazo de un mes desde la notificación.

Ayuda

Contacto:

  • Teléfono 012.

Recursos adicionales:

Preguntas frecuentes:

  • ¿Quiénes son los beneficiarios de estas ayudas? Las ayudas están destinadas a autónomos y empresas de restauración, comercio al por menor y servicios asimilados de las comarcas de la Cerdanya y el Ripollès.
  • ¿Qué se considera empresa de servicios asimilados a la persona? Se consideran empresas de servicios asimilados a la persona aquellas que prestan actividades como talleres mecánicos, servicios fotográficos, copisterías, servicios de reparaciones, tintorerías, peluquerías, servicios de comida preparada y catering.
  • ¿Cuál es la cuantía de la ayuda? La ayuda consiste en una aportación única: 1.500 € para establecimientos de comercio al por menor y servicios a las personas, y 3.000 € para establecimientos de restauración.
  • ¿Cuánto tiempo tarda en resolverse la solicitud? El plazo máximo para que la administración resuelva y notifique la resolución es de seis meses desde la publicación de la convocatoria.
  • ¿Cómo se notifica la resolución de la ayuda? La resolución se notifica mediante publicación en el Tablón electrónico de la Administración de la Generalitat de Cataluña.
  • ¿Qué puedo hacer si no estoy de acuerdo con la resolución? Contra la resolución se puede presentar un recurso de alzada ante el Departamento de Empresa y Conocimiento en el plazo de un mes desde la notificación.

Preguntas frecuentes


Oficinas de la administración

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