Ayudas extraordinarias para el sector de la restauración, comercio al por menor y servicios asimilados del Ripollès y la Cerdanya afectados por la COVID-19
Información Rápida
Objetivo
Ofrecer ayudas económicas a empresas y autónomos de la restauración, comercio minorista y servicios asimilados en las comarcas de Ripollès y Cerdanya, afectados por las restricciones de la pandemia COVID-19, para reactivar sus negocios.
¿Quién puede solicitarlo?
Autónomos y empresas de restauración, comercio al por menor y servicios asimilados de las comarcas de la Cerdanya y el Ripollès.
Requisitos principales
- Ser autónomo o empresa.
- Tener un establecimiento operativo en Ripollès o Cerdanya.
- Estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
- Cumplir con la normativa sobre prevención de riesgos laborales, igualdad, etc.
Plazos
El plazo de solicitud fue del 14 de enero al 28 de enero de 2021.
Duración del trámite
6 meses (plazo máximo para resolver y notificar)
Información adicional
Se consideran empresas de servicios asimilados a la persona: talleres mecánicos, servicios fotográficos, copisterías, servicios de reparaciones, tintorerías, peluquerías, servicios de comida preparada y catering.
Resumen
Este trámite permite solicitar ayudas económicas para los sectores de la restauración, comercio al por menor y servicios asimilados de las comarcas del Ripollès y la Cerdanya, afectados por las medidas de salud pública derivadas de la COVID-19.
Quién puede usar este servicio:
Empresas y autónomos del sector de la restauración, comercio al por menor y servicios asimilados ubicados en las comarcas del Ripollès y la Cerdanya.
Antes de empezar:
- Es necesario disponer de un certificado digital o idCAT Móvil para realizar la solicitud.
- El plazo de presentación de solicitudes fue del 14 de enero al 28 de enero de 2021.
Lo que necesitas
Documentos requeridos:
- Fotografía del interior del establecimiento.
- Fotografía de la fachada del establecimiento.
Requisitos previos:
- Ser autónomo o empresa con actividad en las comarcas del Ripollès o la Cerdanya.
- Cumplir con las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social.
- Cumplir con la normativa vigente en materia de política lingüística, prevención de riesgos laborales, igualdad, etc.
Costes y plazos:
- Este trámite no tiene costes asociados.
- El plazo máximo para resolver y notificar la resolución es de seis meses desde la publicación de la convocatoria.
Cómo hacerlo
Paso a paso del proceso:
- Solicitar:
- Acceder al formulario de solicitud online a través de la sede electrónica de la Generalitat de Cataluña.
- Identificarse con certificado digital o idCAT Móvil.
- Adjuntar la documentación requerida.
- Consultar el estado del trámite:
- Se puede consultar el estado del trámite a través de Canal Empresa, el Estado de mis gestiones o llamando al 012.
- Recibir la respuesta de la Administración:
- La resolución se notificará mediante publicación en el Tablón electrónico de la Administración de la Generalitat de Cataluña.
Después de hacerlo
Qué sucede después:
Una vez resuelta la solicitud, se notificará la resolución indicando si se concede o no la ayuda y el importe subvencionado.
Plazos de resolución:
El plazo máximo para resolver y notificar la resolución es de seis meses desde la publicación de la convocatoria.
Siguientes pasos:
En caso de no estar de acuerdo con la resolución, se puede presentar un recurso de alzada ante el Departamento de Empresa y Conocimiento en el plazo de un mes desde la notificación.
Ayuda
Contacto:
- Teléfono 012.
Recursos adicionales:
- Resolución por la que se aprueban las bases reguladoras
- RESOLUCIÓN por la que se abre la convocatoria
Preguntas frecuentes:
- ¿Quiénes son los beneficiarios de estas ayudas? Las ayudas están destinadas a autónomos y empresas de restauración, comercio al por menor y servicios asimilados de las comarcas de la Cerdanya y el Ripollès.
- ¿Qué se considera empresa de servicios asimilados a la persona? Se consideran empresas de servicios asimilados a la persona aquellas que prestan actividades como talleres mecánicos, servicios fotográficos, copisterías, servicios de reparaciones, tintorerías, peluquerías, servicios de comida preparada y catering.
- ¿Cuál es la cuantía de la ayuda? La ayuda consiste en una aportación única: 1.500 € para establecimientos de comercio al por menor y servicios a las personas, y 3.000 € para establecimientos de restauración.
- ¿Cuánto tiempo tarda en resolverse la solicitud? El plazo máximo para que la administración resuelva y notifique la resolución es de seis meses desde la publicación de la convocatoria.
- ¿Cómo se notifica la resolución de la ayuda? La resolución se notifica mediante publicación en el Tablón electrónico de la Administración de la Generalitat de Cataluña.
- ¿Qué puedo hacer si no estoy de acuerdo con la resolución? Contra la resolución se puede presentar un recurso de alzada ante el Departamento de Empresa y Conocimiento en el plazo de un mes desde la notificación.