Ayudas a trabajadores que se constituyan por cuenta propia (2017)

Actualizado el 3 de agosto de 2020
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Plazo indefinido 
  • Referencia


    74846

    ¿Qué es? >

  • Procedimiento de concesión directa de subvenciones dirigidas a trabajadores desempleados que se den de alta como trabajadores autónomos o por cuenta propia.

    ¿Quién puede? >

  • Se podrán consultar los

    requisitos

    , en el apartado Información relacionada, en la columna derecha de esta ficha.
    Plazo de presentación de solicitudes
    El plazo de presentación de solicitudes será de tres meses a partir de la fecha de inicio de la actividad del trabajador/a autónomo/a.
    La solicitud deberá presentarse con posterioridad al inicio de su actividad como trabajador por cuenta propia, y una vez efectuados los gastos y realizados los pagos derivados de la puesta en marcha de su actividad.
    A efectos de determinar la fecha de inicio de actividad como trabajador por cuenta propia se considerará, en todo caso, la fecha de alta inicial en el Impuesto de Actividades Económicas.
    Excepcionalmente para aquellos expedientes anteriores a la entrada en vigor del Acuerdo que modifica las normas reguladoras de estas ayudas (publicado en el B.O.C.M. del 12 de diciembre de 2017) se establece lo siguiente:
    . Aquellas personas que hubiesen solicitado la ayuda establecida en el Acuerdo del 7 de junio de 2016 para trabajadores que se constituyan por cuenta propia, y deseen realizar una nueva solicitud, cumpliendo los requisitos establecidos en el Acuerdo de modificación, dispondrán de un plazo de tres meses desde el día 13 de diciembre de 2017, siempre que la misma se refiera exclusivamente a “Gastos en inmovilizado material e inmaterial”, referidos al mismo periodo subvencionable que la primera solicitud.
    . Dispondrán de este mismo plazo de tres meses los miembros de sociedades civiles, comunidades de bienes, autónomos socios de sociedades mercantiles y socios trabajadores o de trabajo de cooperativas o sociedades laborales, cuya fecha de inicio de actividad cómo trabajador/a por cuenta propia esté comprendida entre el 1 de octubre de 2015 y la entrada en vigor del presente Acuerdo.

    ¿Qué necesitas presentar? >

    ¿Cómo lo solicito? >

  • En el apartado “Gestión" de esta página se encuentran el formulario de solicitud y los impresos requeridos que podrá cumplimentar en línea y guardar en su equipo o imprimir.
    Están obligados a realizar la tramitación por medios electrónicos las personas jurídicas, las entidades sin personalidad jurídica y demás sujetos obligados por el artículo 14.2, Ley 39/2015 de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)
    a) Presentación por Internet (ver cómo tramitar)
    Para presentar la solicitud y documentación por Internet, a través del registro electrónico de la Consejería, es necesario disponer de DNI electrónico o de uno de los
    Certificados electrónicos reconocidos por la Comunidad de Madrid

    Dentro del apartado “Gestión" de esta página, se encuentran la solicitud y los “impresos” que debe cumplimentar para presentarlos en el registro electrónico.
    Cuando tenga preparada toda la documentación, pulse “internet”, acceda al registro electrónico y siga las indicaciones
    Para recibir las notificaciones por medios electrónicos, deberán estar dados de alta en el servicio de Notificaciones Telemáticas de la Comunidad de Madrid.
    Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de "consulta de expedientes", desde donde podrá aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a su solicitud.

    b) Presentación en oficinas de asistencia en materia de registro.
    Además de su presentación por internet, los ciudadanos y demás sujetos no incluidos en el citado artículo 14.2 de la Ley 39/2015, pueden presentar su solicitud en cualquiera de las Oficinas de Asistencia en Materia de Registro
    de la Comunidad de Madrid, de la Administración General del Estado, de otras Comunidades Autónomas, de Entidades Locales, oficinas de correos y representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.

    Tramitación >

  • Calendario de actuaciones

    11/05/2018Orden de Resolución desfavorable - 5382
    (Ver listados en el apartado Gestión/Listas, en la columna derecha de esta ficha)
    03/05/2018Orden de Resolución desfavorable - 5376
    (Ver listados en el apartado Gestión/Listas, en la columna derecha de esta ficha)
    03/05/2018Orden de Resolución desfavorable - 5378
    (Ver listados en el apartado Gestión/Listas, en la columna derecha de esta ficha)
    03/05/2018Orden de Resolución desfavorable - 5380
    (Ver listados en el apartado Gestión/Listas, en la columna derecha de esta ficha)
    23/04/2018Orden de Resolución favorable - 5360
    (Ver listados en el apartado Gestión/Listas, en la columna derecha de esta ficha)
    11/04/2018Orden de Resolución desfavorable
    (Ver listados en el apartado Gestión/Listas, en la columna derecha de esta ficha)
    14/02/2018Subvenciones concedidas con cargo al Programa 241N
    Resolución de 24 de enero de 2018 (BOCM nº 37, de 13 de febrero)
    07/02/2018Orden de Resolución favorable - 5296
    (Ver listados en el apartado Gestión/Listas, en la columna derecha de esta ficha)
    07/02/2018Orden de Resolución favorable - 5298
    (Ver listados en el apartado Gestión/Listas, en la columna derecha de esta ficha)
    07/02/2018Orden de Resolución favorable - 5300
    (Ver listados en el apartado Gestión/Listas, en la columna derecha de esta ficha)
    06/02/2018Orden de Resolución favorable - 5290
    (Ver listados en el apartado Gestión/Listas, en la columna derecha de esta ficha)
    06/02/2018Orden de Resolución favorable - 5292
    (Ver listados en el apartado Gestión/Listas, en la columna derecha de esta ficha)
    06/02/2018Orden de Resolución favorable - 5294
    (Ver listados en el apartado Gestión/Listas, en la columna derecha de esta ficha)

    27/12/2017
    Orden de Resolución desfavorable - 5284
    (Ver listados en el apartado Gestión/Listas, en la columna derecha de esta ficha)

    27/12/2017
    Orden de Resolución favorable - 5282
    (Ver listados en el apartado Gestión/Listas, en la columna derecha de esta ficha)
    27/12/2017Orden de Resolución favorable - 5280
    (Ver listados en el apartado Gestión/Listas, en la columna derecha de esta ficha)
    14/12/2017Orden de Resolución favorable - 5274
    (Ver listados en el apartado Gestión/Listas, en la columna derecha de esta ficha)
    11/12/2017Orden de Resolución favorable - 5276
    (Ver listados en el apartado Gestión/Listas, en la columna derecha de esta ficha)
    23/11/2017Orden de Resolución favorable-5210 y 5202
    (Ver listados en el apartado Gestión/Listas, en la columna derecha de esta ficha)
    10/11/2017- Orden de Resolución desfavorable -5208 (Desistimiento expreso)
    - Orden de Resolución desfavorable -5204 (Inadmisión)
    (Ver listados en el apartado Gestión/Listas, en la columna derecha de esta ficha)
    31/10/2017Orden de Resolución favorable-5172
    (Ver listados en el apartado Gestión/Listas, en la columna derecha de esta ficha)
    15/09/2017Orden de Resolución favorable-5170
    (Ver listados en el apartado Gestión/Listas, en la columna derecha de esta ficha)
    27/07/2017Relación de solicitudes favorables y desfavorables
    (Ver listados en el apartado Gestión/Listas, en la columna derecha de esta ficha)
    26/06/2017Relación de solicitudes favorables
    (Ver listados en el apartado Gestión/Listas, en la columna derecha de esta ficha)
    30/05/2017Relación de solicitudes desfavorables y favorables
    (Ver listados en el apartado Gestión/Listas, en la columna derecha de esta ficha)
    10/02/2017Relación de solicitudes favorables
    (Ver listados en el apartado Gestión/Listas, en la columna derecha de esta ficha)
    13/01/2017Relación de solicitudes favorables
    (Ver listados en el apartado Gestión/Listas, en la columna derecha de esta ficha)

    Normativa Aplicable >

  • * Orden de 12 de enero de 2018, de la Consejera de Economía, Empleo y Hacienda, por la que se declara el importe de los créditos presupuestarios disponibles para la concesión directa, durante el año 2018, del Programa de Ayudas a Trabajadores que se constituyan por cuenta propia (BOCM nº 25, de 30 de enero)
    * Acuerdo de 28 de noviembre de 2017, del Consejo de Gobierno, de 28 de noviembre de 2017, por el que se modifica el Acuerdo de 7 de junio de 2016, por el que se aprueban las normas reguladoras y se establece el procedimiento de concesión directa del programa de ayudas a trabajadores que se constituyan por cuenta propia (BOCM nº 295, de 12 de diciembre)
    * Orden de 25 de noviembre de 2016, de la Consejera de Economía, Empleo y Hacienda, por la que se declara el importe de los créditos presupuestarios disponibles para la concesión directa, durante el año 2017, del programa de ayudas a trabajadores que se constituyan por cuenta propia (BOCM nº 7, de 9 de enero de 2017)
    * Acuerdo de 7 de junio de 2016, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueban las normas reguladoras y se establece el procedimiento de concesión directa del programa de ayudas a trabajadores que se constituyan por cuenta propia (BOCM nº 141 de 15 de junio).

    Órgano Responsable >

  • Consejería de Economía, Empleo y Hacienda
    Viceconsejería de Hacienda y Empleo

    Plazos y efectos del silencio administrativo >

  • PLAZO MÁXIMO EN EL QUE DEBE NOTIFICARSE LA RESOLUCIÓN EXPRESA:
    Será el fijado por la norma reguladora del correspondiente procedimiento.Cuando las normas reguladoras de los procedimientos no fijen el plazo máximo, éste será de

    tres meses

    .
    Efecto del silencio administrativo: desestimatorio.
    RECURSO DE ALZADA:
    Plazo de interposición: un mes, si el acto fuera expreso. Si el acto no fuera expreso, a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el silencio administrativo.
    Plazo máximo para dictar y notificar la resolución: tres meses.
    RECURSO EXTRAORDINARIO DE REVISIÓN:
    Plazo de interposición: dentro de los cuatro años si al dictarlos se hubiera incurrido en un error de hecho, o tres meses, según la normativa reguladora.
    Plazo máximo para dictar y notificar la resolución: tres meses.
    POTESTATIVAMENTE EN REPOSICIÓN:
    Plazo para la interposición del recurso: un mes, si el acto fuera expreso. Si el acto no fuera expreso, en cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el acto presunto.
    Plazo máximo para dictar y notificar la resolución: un mes.
    RECURSO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO:
    Plazo para la interposición del recurso: dos meses, si fuera expreso. Si no lo fuera, seis meses a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el acto presunto.

Gestión

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Información relacionada


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