Ayudas a núcleos de investigación industrial y desarrollo experimental internacionales. Programa europeo ERA-net Transporte

Actualizado el 12 de agosto de 2020
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Ayudas a proyectos en forma de Núcleos de investigación industrial y desarrollo experimental destinados a incentivar la realización de actividades de investigación y desarrollo con componente internacional en el marco del programa ERA-net Transporte.

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Plazos de solicitud:

  • Fase 1: convocatoria internacional: abierta desde el 1 de abril de 2015 hasta el 2 de octubre de 2015 (17:00 h CET).
  • Fase 2: solicitud de financiación para la parte del proyecto internacional realizado por el participante catalán, del 5 de octubre de 2015 al 5 de noviembre de 2015. Sólo se podrán presentar aquellos proyectos que previamente se hayan presentado en la convocatoria internacional.

A quién va dirigido

A empresas con establecimiento operativo en Cataluña.

Organismo responsable

Normativa

Solicitar la ayuda

Plazos

  • Fase 1: convocatoria internacional: abierta desde el 1 de abril de 2015 hasta el 2 de octubre de 2015 (17:00 h CET).
  • Fase 2: solicitud de financiación para la parte del proyecto internacional realizado por el participante catalán, del 5 de octubre de 2015 al 5 de noviembre de 2015. Sólo se podrán presentar aquellos proyectos que previamente se hayan presentado en la convocatoria internacional.

Requisitos

  1. Cumplir las obligaciones tributarias ante el Estado y la Generalidad de Cataluña, así como las obligaciones ante la Seguridad Social, y no tener deudas con ACCIÓ ni con sus empresas participadas.
  2. Cumplir los requisitos establecidos en los artículos 32.1, 32.3 y 36.4 de la Ley 1/1998, de 7 de enero, de política lingüística.
  3. No encontrarse en ninguna de las circunstancias previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.
  4. No haber sido sancionados, en resolución firme, por la comisión de infracción grave en materia de integración laboral de discapacitados, o muy grave en materia de relaciones laborales o en materia de seguridad y salud en el trabajo, durante el año anterior a la convocatoria, de conformidad con el Texto Refundido de la Ley sobre infracciones y sanciones del orden social, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto, o, si han sido sancionadas, hayan aplicado las medidas correctoras previstas y abonado las cantidades requeridas por este concepto.
  5. Las empresas con una plantilla igual o superior a 25 trabajadores tienen la obligación, de acuerdo con los agentes sociales, de haber adoptado, y de indicar en la solicitud, los medios que utilizan para prevenir y detectar casos de acoso sexual y de acoso por razón de sexo e intervenir en sus centros de trabajo, de acuerdo con la modificación del Texto Refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña realizada por la Ley 5/2008, de 24 de abril, de derecho de las mujeres a erradicar la violencia machista.
  6. Disponer de un sistema de organización y de gestión de la prevención, de acuerdo con la Ley 31/1995, de prevención de riesgos laborales; el Real Decreto 39/1997, de 1 de enero, por el cual se aprueba el Reglamento de los servicios de prevención, así como de acuerdo con las modificaciones posteriores introducidas por la Ley 54/2003, de 12 de diciembre, de reforma del marco normativo de la prevención de riesgos laborales.
  7. Cumplir la obligación de respetar la igualdad de trato y de oportunidades en el ámbito laboral, de no discriminación, de accesibilidad para personas discapacitadas y, con esta finalidad, adoptar medidas destinadas a evitar cualquier tipo de discriminación laboral.
  8. En caso de empresas con 50 trabajadores o más, cumplimiento de la cuota de reserva de puestos de trabajo para personas con discapacidad en la plantilla de la empresa prevista en el artículo 42.1 del Texto Refundido de la Ley general de las personas con discapacidad y de su inclusión social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, o con las medidas alternativas de carácter excepcional previstas por el Real Decreto 364/2005, de 8 de abril, y por el Decreto 322/2011, de 19 de abril.
  9. No estar sujeto a una orden de recuperación pendiente después de una decisión previa de la Comisión Europea que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado común.
  10. No tener la consideración de empresa en crisis.
  11. Cumplir la normativa sobre propiedad intelectual en caso de utilización de cualquier elemento susceptible de generar derechos de autor durante la realización de la actividad subvencionada (Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Propiedad Intelectual).
  12. En caso de personas físicas empresarias, estar dado de alta en el censo sobre actividades económicas en aquellos supuestos en los que sea obligatorio.
  13. En el caso de entidades sin ánimo de lucro, estar inscritas en el registro correspondiente.
  14. En caso de fundaciones y asociaciones, haber adaptado los estatutos según la disposición transitoria primera de la Ley 4/2008, de 24 de abril, del libro tercero del Código Civil de Cataluña, relativo a las personas jurídicas, y a la Ley 5/2011, del 19 de julio, de modificación de lo anterior.
  15. En caso de fundaciones, haber cumplido el deber de presentar las cuentas anuales ante el protectorado, de acuerdo con el artículo 336-3 del libro tercero del Código Civil de Cataluña, aprobado por la Ley 4/2008, de 24 de abril.

El cumplimiento de estos requisitos deberá acreditarse mediante la firma de las declaraciones que incluye el impreso de solicitud de la ayuda. El hecho de presentar estas declaraciones responsables faculta al órgano competente de la Administración para hacer, en cualquier momento, telemáticamente o por otros medios, las comprobaciones por muestreo o exhaustivas necesarias para verificar la conformidad de los datos de estas declaraciones.

Tasas

No hay tasas asociadas a este trámite.

Otras informaciones

Tipología de actuaciones

  • Actuaciones con una I + D diferencial, de alto impacto en el territorio y en las empresas catalanas. Deberá tener un fuerte impacto de internacionalización de los resultados y de la tecnología, así como de escalabilidad a convocatorias internacionales de I + D o licitaciones internacionales focalizándose en el ámbito: "Sustainable Logistics and Supply Chains".
  • Se valorará la generación de nuevo empleo (especialmente aquella de alto nivel de cualificación técnica) y de inversiones industriales o el mantenimiento de la actividad científica y productiva en Cataluña, así como la participación de miembros del sistema de Investigación e Innovación de Cataluña.
  • Las inversiones (parte catalana) se llevarán a cabo en Cataluña deben comportarse la obtención de productos y procesos nuevos o tecnológicamente mejorados tecnológicamente respecto a los ya existentes.
  • Hay que cumplir la normativa internacional correspondiente vinculada al programa Eranet TRANSPORTE III. http://transport-era.net/research-calls/sustainable/
  • Los proyectos deben tener un alto potencial de comercialización en mercados internacionales y deben demostrar la contribución equitativa de los participantes (en cuanto a actividades de I + D, presupuesto y compromiso de las empresas en la explotación).
  • La parte catalana del proyecto se llevará a cabo en Cataluña.

Características y estructura del solicitante

  1. El presupuesto mínimo del proyecto (parte catalana) será de 150.000 euros y donde ninguna de las empresas participe en más del 70% del gasto subvencionable elegible para el proyecto.
  2. Los proyectos deben presentarse de forma conjunta por parte de agrupaciones de empresas formadas necesariamente por al menos tres empresas privadas no vinculadas (1 catalana + 2 de una región/país no español participante en el programa correspondiente), que desarrollen el proyecto y participen en su financiación. Estas agrupaciones deberán estar reguladas por un acuerdo de agrupación. La presentación conjunta se hará mediante la plataforma habilitada en el siguiente enlace https://epss-sustainablelogisticsandsupplychains.eu/login.php
  3. Los proyectos deberán iniciarse a partir de la fecha de presentación de la solicitud y antes del 31 de diciembre de 2015 y finalizar en un plazo máximo de 2 años.
  4. Los proyectos deberán estar enmarcados dentro de las tecnologías facilitadoras transversales identificadas en la estrategia RIS3CAT (TIC, Nanotecnología, Materiales Avanzados, Fotónica, Biotecnología y Manufactura Avanzada), y deberán identificar los ámbitos sectoriales de impacto del proyecto dentro de los sectores identificados en la estrategia RIS3CAT (Química, Energía y recursos, Alimentación, Sistemas industriales, Movilidad sostenible, Industrias de diseño, Industrias de la salud, Industrias culturales basadas en la experiencia).
    Más información en: http://catalunya2020.gencat.cat/ca/ris3cat/
  5. El solicitante está obligado a presentar un Plan de Internacionalización donde se incluya la planificación de explotación e internacionalización de los resultados del proyecto.

Gastos subvencionables

  • Gastos de personal propio.
  • Colaboraciones externas. En el caso de las PYMES, se incluyen en este apartado los gastos de obtención y validación de patentes y otros activos inmateriales.
  • Adquisición de equipamientos e instrumental (se considerará sólo el coste de amortización hacia el uso por el proyecto).
  • Otros gastos directamente vinculados a la actividad de I + D.
  • Gastos de gestión del proyecto, con un máximo de 12.000 ? si la empresa actúa como líder del proyecto internacional.
  • Gastos indirectos: se podrá imputar en concepto de gasto indirecto, un 15% de los gastos directos de personal subvencionables, sin justificación, de acuerdo a lo especificado en el artículo 68.1 letra b) del Reglamento (UE) 1303/2013.

Criterios de valoración de las solicitudes

  • Calidad científica y tecnológica del proyecto.
  • Estructura de gestión del proyecto y capacidades del solicitante.
  • Impacto de los resultados en la innovación y el conocimiento, en el crecimiento y en el refuerzo de la internacionalización del solicitante.

Intensidad de la ayuda

Las intensidades máximas de acuerdo con la normativa comunitaria de ayudas de estado, podrán llegar hasta:

Tipo de empresa

Proyecto de Investigación

Proyecto de Desarrollo

Gran empresa

50 %

25 %

Mediana empresa

50 %

35%

Pequeña empresa

50 %

45 %

La ayuda máxima por proyecto será: 200.000 ?.

Servicios ofrecidos por ACCIÓ:
Adicionalmente a la ayuda y para los proyectos aprobados se pondrá a disposición de los participantes un conjunto de servicios dirigidos a profesionalizar la formalización del acuerdo de agrupación.
Formalización del acuerdo de agrupación.
Esta línea está financiada con el FEDER, en el marco del PO FEDER de Cataluña 2014-2020.
La ayuda se revocará si el proyecto pierde la componente transnacional.
Fase 1: convocatoria internacional. Los consorcios internacionales deberán presentar propuestas de proyecto según el procedimiento detallado en http://transport-era.net/research-calls/sustainable/
Fase 2: solicitud de financiación para la parte del proyecto internacional realizado por el participante catalán. Sólo podrán presentarse aquellos proyectos que previamente se hayan presentado a la convocatoria internacional.

Plazos

Del01.04.2015al 05.11.2015

Por internet


Oficinas de la administración

Institut de Recerca de L'Energia de Catalunya (IREC)

Otros Jardins de Les Dones de Negre 1, 08930, Sant Adrià de Besòs

Consorci de Comerç, Artesania I Moda de Catalunya

Calle Provença 339, 08037, Barcelona

Grupo de Asisténcia Sanitária y Social (SAGESSA)

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Consorci Per a la Normalització Lingüística (CPNL)

Calle Mallorca 272, 08037, Barcelona

Tel. 932723100

Consorci Hospitalari de Vic

Calle Francesc Pla, el Vigatà 1, 08500, Vic

Tel. 938891111

Fundación Privada Centro de Investigación en Salud Internacional de Barcelona (CRESIB)

Calle Rosselló 132, 08036, Barcelona

Tel. 932275706

Institut D'Investigacions Biomèdiques August Pi I Sunyer (IDIBAPS)

Calle Rosselló 149-153, 08036, Barcelona

Escola D'Administració Pública de Catalunya (EAPC)

Carrer Girona 20, 08010, Barcelona

Consorci del Parc Fluvial del Llobregat

Otros Torre de L'Amo de Viladomiu Nou s/n, 08680, Gironella

Tel. 938250689

Cataluña Radio

Avinguda Diagonal 614-616, 08021, Barcelona

Institut Català de Ciències del Clima (IC3)

Calle Doctor Trueta 203, 08005, Barcelona

Autoritat Territorial de la Mobilitat (ATM). Àrea de Girona

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