Ayudas a entidades sin ánimo de lucro del tercer sector ambiental de Cataluña afectadas económicamente por la COVID-19
Información Rápida
Objetivo
Conceder ayudas económicas a entidades sin ánimo de lucro del tercer sector ambiental de Cataluña que hayan visto reducida su actividad económica como consecuencia de las restricciones impuestas por la pandemia de la COVID-19.
¿Quién puede solicitarlo?
Asociaciones, fundaciones y cooperativas sin ánimo de lucro del tercer sector ambiental de Cataluña.
Requisitos principales
- Tener sede o delegación en Cataluña y ejercer su actividad en la comunidad.
- Que los estatutos de la entidad indiquen como finalidad principal la protección y mejora del medio ambiente.
- Estar legalmente constituida e inscrita en el registro correspondiente.
- Cumplir con las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
- Cumplir con la Ley de política lingüística.
- Cumplir con la normativa sobre empleo de personas con discapacidad (si aplica).
- Cumplir con la normativa sobre prevención del acoso sexual (si aplica).
- Haber adaptado los estatutos a la legislación vigente en materia de personas jurídicas (si aplica).
- Haber presentado las cuentas anuales ante el Protectorado (si aplica).
- Disponer de los libros contables y demás documentos debidamente auditados (si aplica).
- No haber sido objeto de sanciones por prácticas laborales discriminatorias.
- Disponer de las certificaciones legales que acrediten que el personal no ha sido condenado por delitos contra la libertad sexual.
- Adherirse al código ético establecido.
Plazos
El plazo para presentar las solicitudes fue del 13 de junio de 2020 hasta agotar la dotación presupuestaria. El plazo para presentar la documentación justificativa fue hasta el 31 de octubre de 2020.
Duración del trámite
El plazo máximo para que la administración dicte y notifique la resolución es de dos meses desde la recepción de la solicitud.
Información adicional
La cuantía de la ayuda es un 15% del presupuesto estructural de la entidad del año 2019, con un máximo de 25.000 euros.
Resumen
Este trámite permite solicitar ayudas a entidades sin ánimo de lucro del tercer sector ambiental de Cataluña que hayan sido afectadas económicamente por la COVID-19.
Quién puede usar este servicio:
Asociaciones, fundaciones y cooperativas sin ánimo de lucro del tercer sector ambiental de Cataluña.
Antes de empezar:
- Asegúrate de cumplir con los requisitos establecidos.
- Reúne la documentación necesaria.
Lo que necesitas
Documentos requeridos:
- Presupuesto de los gastos estructurales subvencionables del año 2019 (descargar el documento).
- Copia digitalizada de la documentación acreditativa de la representación con que actúa la persona que representa la entidad solicitante.
- Si la concesión de la subvención es por un importe superior a 10.000 euros, declaración responsable que contenga la información relativa a las retribuciones de los órganos de dirección o administración.
- Declaración responsable sobre si se han solicitado y/u obtenido otras ayudas para los gastos de los técnicos responsables de proyectos, detallando la parte de la nómina que ha sido subvencionadas.
Requisitos previos:
- Tener sede o delegación en Cataluña.
- Estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
- Cumplir con los requisitos específicos detallados en la normativa.
Costes y plazos:
- Este trámite no tiene tasas asociadas.
- El plazo para presentar las solicitudes fue del 13/06/2020 al 30/06/2020.
- El plazo para presentar la documentación justificativa fue hasta el 31 de octubre de 2020.
Cómo hacerlo
Paso a paso del proceso:
- Solicitar la ayuda:
- El plazo de presentación de nuevas solicitudes está cerrado.
- Este trámite solo se puede hacer por internet.
- Es necesario firmar el formulario principal con un certificado digital.
- Para más información, consulta el apartado "Solicitar la ayuda".
- Recibir la resolución definitiva:
- La resolución se notifica por internet mediante la publicación en el Tablón electrónico de la Administración de la Generalidad de Cataluña.
- El plazo máximo para que la Administración dicte y notifique la resolución es de dos meses desde la recepción de la solicitud.
- Para más información, consulta el apartado "Recibir la resolución definitiva".
- Presentar documentación y desistir:
- Las entidades propuestas como beneficiarias deben presentar la documentación que se les requiera en el plazo de 10 días hábiles a partir de la notificación del requerimiento.
- Cualquier entidad solicitante puede desistir por escrito de su solicitud de ayuda, antes de la concesión.
- Para más información, consulta el apartado "Presentar documentación y desistir".
- Consulta del estado del trámite:
- Puedes consultar el estado del trámite en el Área privada, en el Estado de mis gestiones o llamando al teléfono 012.
- Para más información, consulta el apartado "Consulta del estado del trámite".
- Justificar la subvención:
- Las entidades beneficiarias deben justificar la aplicación del importe de la ayuda al pago de los gastos subvencionables.
- El plazo para presentar la documentación justificativa fue hasta el 31 de octubre de 2020.
- Para más información, consulta el apartado "Justificar la subvención".
Después de hacerlo
Qué sucede después:
Una vez presentada la justificación, la administración verificará que se han cumplido los requisitos y se ha destinado la ayuda a los fines previstos.
Plazos de resolución:
El plazo máximo para que la administración dicte y notifique la resolución es de dos meses desde la recepción de la solicitud.
Siguientes pasos:
En caso de que la justificación sea correcta, se considerará finalizado el trámite. En caso contrario, se requerirá a la entidad para que subsane las deficiencias detectadas.
Ayuda
Contacto:
- Departamento de Territorio, Vivienda y Transición Ecológica.
- Dirección General de Políticas Ambientales y Medio Natural.
Recursos adicionales:
Normativa
- RESOLUCIÓN TES/1306/2020, de 8 de junio, de convocatoria de ayudas a entidades sin ánimo de lucro del tercer sector ambiental de Cataluña afectadas económicamente por la COVID-19 (ref. BDNS 509709).
- ORDEN TES/73/2020, de 30 de mayo, por la que se aprueban las bases reguladoras de las ayudas a entidades sin ánimo de lucro del tercer sector ambiental de Cataluña afectadas económicamente por la COVID-19.