Ayudas a centros de investigación para estancias de su personal ...

Actualizado el 18 de diciembre de 2019
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Consiste en

Obtener ayudas económicas destinadas a los centros de investigación públicos del Principado de Asturias para la realización de estancias del personal investigador doctor en empresas de carácter mercantil, con un establecimiento productivo en el Principado de Asturias.

Requisitos

1.

Ser un centro de investigación público del Principado de Asturias cuyo principal objetivo sea realizar investigación fundamental, investigación industrial y desarrollo experimental y la transferencia de tecnología y todos los beneficios se reinviertan en esas actividades, la divulgación de sus resultados y la enseñanza.

Necesitas

  1. Curriculum vitae del investigador doctor que realizará la estancia.

  2. Plan de estancia a realizar por el investigador, conforme al modelo normalizado.

  3. Convenio entre el centro de investigación y la empresa, en el que conste, al menos:

    • Consentimiento de la empresa y condiciones.
    • Descripción del proyecto y los objetivos de innovación que pretenden obtener.
    • Distribución entre las partes de los derechos de patentes o de propiedad industrial o intelectual del producto resultante, así como los de explotación.
  4. Estados financieros anuales del último ejercicio publicado, que acrediten el cumplimiento de la base reguladora 1.4, de manera que se pueda distinguir con claridad entre actividades económicas y no económicas y sus respectivos costes, financiación e ingresos.

  5. Si te opones a que el Principado de Asturias recabe información en otras Administraciones Públicas o estos documentos no han sido aportados anteriormente a cualquier Administración, necesitas además:
  6. Documento nacional de identidad o documento acreditativo de la identidad o tarjeta de identidad de la persona extranjera residente en territorio español.

  7. Certificado de no ser deudor del Principado de Asturias por deudas vencidas, líquidas y exigibles.

  8. Certificado de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social.

  9. Certificación justificativa de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Hacienda del Principado.

  10. Certificación justificativa de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias, expedida por la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

  11. Impuesto de actividades económicas (IAE).

  12. Domicilio fiscal.

  13. Tarjeta de identificación fiscal (NIF) del contribuyente.

Te interesa saber

  1. FINALIDAD DE ESTAS AYUDAS

    La finalidad de estas ayudas será la optimización o mejora de productos, procesos o servicios, mediante la realización de actividades de carácter innovador, labores previas relacionadas con la viabilidad de proyectos o la apertura de nuevas líneas de investigación industrial, que deberán contribuir inequívocamente al fomento de la actividad innovadora de la empresa.

  2. SE ENTIENDE POR CENTROS DE INVESTIGACIÓN LOS SIGUIENTES

    • Organismos públicos de investigación, de acuerdo con las características contenidas en la ley 14/2011 de 1 de junio, de la ciencia, la tecnología y la innovación en su artículo 47.
    • Universidades. Las universidades públicas, sus departamentos e institutos universitarios, de acuerdo con lo previsto en la ley orgánica 6/2001 de universidades.
    • Otros centros públicos de I+D. Organismos públicos y centros con personalidad jurídica propia dependientes o vinculados de la administración del estado y, los dependientes o vinculados de las administraciones públicas territoriales y sus organismos, cualquiera que sea su forma jurídica, cuyo fin y objeto social comprenda la ejecución directa de actividades de investigación científica y técnica, o aquellas otras de carácter complementario necesarias para el adecuado progreso científico y tecnológico de la sociedad. Se incluyen en este concepto los consorcios constituidos mediante convenios de colaboración entre el Estado y las comunidades autónomas.
  3. RESPONSABILIDADES DEL PERSONAL INVESTIGADOR

    El personal investigador será el responsable de la ejecución científico-técnica de la actuación. Deberá contribuir con elementos innovadores al trabajo de la empresa, de manera que su estancia constituya un impulso en términos, tanto cualitativos como cuantitativos, en el desarrollo científico-tecnológico de la empresa.

  4. FUNCIONES DEL PERSONAL INVESTIGADOR

    En ningún caso el investigador podrá sustituir a ningún otro trabajador de la empresa, sino que deberá desarrollar una función nueva creada a tal fin en el ámbito de las actividades de I+D+i y que podrá consistir en:

    • Asistencia científico-técnica en una actividad o proyecto concreto de I+D+i, labores previas relacionadas con la viabilidad de proyectos o apertura de nuevas líneas de investigación industrial o desarrollo tecnológico.
    • Implementación de técnicas, tecnologías o procedimientos en I+D+i que sean de interés para la empresa.
    • Análisis del nivel tecnológico de la empresa y propuesta de medidas conducentes a la consecución del niever correspondiente al estado de la técnica en el ámbito de su sector.
  5. IMPORTE Y CONCEPTO DE LA AYUDA

    El centro de investigación recibirá una ayuda máxima de 5.000 euros por investigador seleccionado, en concepto de:

    • Gastos de cesión (máximo 1.500 euros).
    • Complemento salarial no consolidado (máximo 3.500 euros).
  6. GASTOS NO SUBVENCIONABLES

    Se considerarán no subvencionables los gastos y pagos que hayan sido realizados fuera de los plazos de ejecución de la actuación y de justificación, respectivamente.

  7. INCOMPATIBILIDAD DE LAS AYUDAS

    Estas ayudas con incompatibles con cualquier otra ayuda pública o privada para la misma finalidad, procedente de cualquier administración o ente público o privado de cualquier nacionalidad, así como la utilización de fondos propios.

  8. CRITERIOS DE VALORACIÓN:

    Para la valoración de las solicitudes se tendrán en cuenta los siguientes criterios y puntuaciones (máximo 10 puntos):

    • Adecuación del curriculum científico-técnico del investigador responsable al proyecto que se pretenden realizar en la empresa. Se valorará la formación y experiencia en tareas relacionadas con las necesidades específicas indicadas por la empresa (máximo 3 puntos).
    • Viabilidad del trabajo a desarrollar en función del calendario y su relación con el objetivo de innovación a conseguir. Se valorarán las actividades propuestas y su adecuada planificación temporal (máximo 3,5 puntos).
    • Interés científico-técnico del proyecto a desarrollar y grado de innovación que supone para la empresa (máximo 3,5 puntos).

    Se establece un umbral mínimo de 1 punto en cada uno de los criterios establecidos y de 4 puntos en cómputo global, para poder ser beneficiario de estas ayudas.

  9. DURACIÓN DE LAS ESTANCIAS

    Las estancias para las que se solicite ayuda tendrán una duración mínima de 60 horas y máxima de 240. El período de realización de la estancia estará comprendido entre la fecha de presentación de la solicitud y el 31 de diciembre de 2017.

Plazo de solicitud

Desde:

03/04/2017  

Hasta:

03/05/2017

Cómo solicitarlo

Paso 1:
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Recursos

1.Recurso potestativo de reposición o contencioso-administrativo

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