Ayuda asociada a la ganadería extensiva de vacuno de carne
Información Rápida
Objetivo
Esta ayuda busca asegurar la sostenibilidad económica de las explotaciones ganaderas extensivas de vacuno de carne y disminuir el riesgo de abandono de la actividad.
¿Quién puede solicitarlo?
Agricultores activos titulares de explotaciones de vacuno de carne que figuren inscritas en el Registro general de explotaciones ganaderas (REGA) del tipo de “producción y reproducción”, con clasificación zootécnica de “reproducción por producción de carne”, “reproducción por producción mixta” o “reposición de bravas”, clasificadas como extensivas.
Requisitos principales
- Vacas nodrizas inscritas en el GTR.
- Deben haber parido en los 20 meses previos al 30 de abril del año de solicitud y pertenecer a un morfotipo cárnico o proceder de cruce con alguno de estos morfotipos.
- Determinación de los jefes con derecho a la ayuda (INFOLAC): Leche declarada entre 01/10 del año anterior de solicitud y 30/09 del año de solicitud o Ventas directas declaradas durante el año natural anterior a la solicitud única (rendimiento medio español en 6.500 kg).
- Animales inscritos en el libro genealógico a 01/01 del año de solicitud, según ARCA y la asociación oficial para su gestión (complemento de raza).
- Formar parte de un rebaño destinado a la cría de terneros para la producción de carne.
- Animales presentes en la explotación en tres fechas: 1 de enero, 30 de abril (jóvenes y nuevos) y fecha intermedia a determinar.
- “Braves” (máximo 15% de las vacas nodrizas elegibles).
Plazos
El plazo ordinario para solicitar la ayuda es del 1 de febrero al 30 de abril de 2025.
Duración del trámite
La notificación de la resolución y el pago de las ayudas se hará entre el 1 de diciembre de 2025 y el 30 de junio de 2026.
Información adicional
Para acceder a la aplicación es necesario identificarse con un certificado digital de persona física, de representación o de persona vinculada.
Resumen
Ayuda económica para ganaderos con explotaciones extensivas de vacuno de carne. El objetivo es asegurar la viabilidad económica de estas explotaciones y reducir el riesgo de abandono de la actividad.
Quién puede usar este servicio:
- Empresas y profesionales del sector.
Antes de empezar:
- El plazo para solicitar esta ayuda es del 1 de febrero al 30 de abril de 2025.
- Este trámite solo se puede realizar por internet.
- Necesitarás un certificado digital para acceder a la aplicación.
Lo que necesitas
Requisitos:
- Vacas nodrizas inscritas en el GTR.
- Deben haber parido en los 20 meses previos al 30 de abril del año de solicitud y pertenecer a un morfotipo cárnico o proceder de cruce con alguno de estos morfotipos.
- Determinación de los jefes con derecho a la ayuda (INFOLAC): Leche declarada entre 01/10 del año anterior de solicitud y 30/09 del año de solicitud o Ventas directas declaradas durante el año natural anterior a la solicitud única (rendimiento medio español en 6.500 kg).
- Animales inscritos en el libro genealógico a 01/01 del año de solicitud, según ARCA y la asociación oficial para su gestión (complemento de raza).
- Formar parte de un rebaño destinado a la cría de terneros para la producción de carne.
- Animales presentes en la explotación en tres fechas: 1 de enero, 30 de abril (jóvenes y nuevos) y fecha intermedia a determinar.
- “Braves” (máximo 15% de las vacas nodrizas elegibles).
Costes y plazos:
- Este trámite no tiene costes asociados.
- El plazo para solicitar la ayuda es del 1 de febrero al 30 de abril de 2025.
Cómo hacerlo
Paso a paso del proceso:
- Solicitar:
- Plazo: Del 01/02/2025 al 30/04/2025
- Por Internet: A través de la aplicación del Departamento:
- DUN https://aplicacions.agricultura.gencat.cat/dunweb
- Para acceder hay que identificarse con cualquier medio reconocido por el Consorcio de la Administración Abierta de Cataluña.
- Las entidades colaboradoras también pueden presentar declaraciones firmadas electrónicamente, siempre que, previamente, dispongan de la autorización correspondiente de la persona declarante.
- Consulte las entidades colaboradoras: http://agricultura.gencat.cat/dun
- Consultar el expediente y aportar documentación:
- Para consultar el expediente y aportar documentación puede entrar en LaMevaDUN.
- Recibir la respuesta de la Administración:
- La resolución de los expedientes de las ayudas, una vez estimadas las solicitudes, corresponde a la Dirección General de Desarrollo Rural.
Después de hacerlo
- La notificación de la resolución y el pago de las ayudas se hará entre el 1 de diciembre de 2025 y el 30 de junio de 2026.
Ayuda
- Organismo responsable:
Normativa
- Resolución ARP/574/2025, de 20 de febrero, por la que se convocan las ayudas directas a la agricultura y la ganadería y otros regímenes de ayuda para la campaña 2025 (ref. BDNS 816586)
- Real Decreto 408/2024, de 23 de abril, por el que se modifica el Real Decreto 1055/2021, de 30 de noviembre, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión directa de las subvenciones estatales para la renovación del parque nacional de maquinaria agraria.
- ORDEN ACC/30/2024, de 19 de febrero, por la que se establece el procedimiento para la tramitación a partir de 2024 de los pagos directos a la agricultura y la ganadería y otros regímenes de ayudas, así como sobre la gestión y el control de estos pagos, y por la que se modifica la Orden ACC/68/2023, de 31 de marzo, por la que se regula la ayuda a la reestructuración y/o reconversión del viñedo en Cataluña en el marco de la Intervención Sectorial en el sector del vino del Plan estratégico de la Política agraria común 2023-2027.
- Real Decreto 1048/2022, de 27 de diciembre, sobre la aplicación, a partir de 2023, de las intervenciones en forma de pagos directos y el establecimiento de requisitos comunes en el marco del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común, y la regulación de la solicitud única del sistema integrado de gestión y control.