Autorizaciones iniciales de trabajo por cuenta propia para personas trabajadoras transfronterizas (AUT04b)
Este tipo de autorización permite que las personas de nacionalidad extracomunitaria que residen en la zona fronteriza de un estado limítrofe, al cual vuelven diariamente, puedan realizar actividades profesionales por cuenta propia en las zonas fronterizas del territorio catalán.
Leer másPara hacer el pago de este trámite es necesario disponer de tarjeta bancaria (crédito o débito).
A quién va dirigido
A las personas extranjeras que residen en la zona fronteriza de un estado limítrofe al que regresan diariamente y en el que pretenden llevar a cabo actividades lucrativas, laborales o profesionales por cuenta propia en las zonas fronterizas del territorio catalán.
Organismo responsable
- Departament de Treball, Afers Socials i Famílies
- Secretaria General de Treball, Afers Socials i Famílies
- Subdirecció General d'Autoritzacions Inicials de Treball
Normativa
Solicitar la autorización
Plazos
Se puede solicitar en cualquier momento.
Documentación
Documentos que debe adjuntar a la solicitud la persona solicitante (la persona extranjera trabajadora):
Requisitos
Requisitos que deben cumplir las personas extranjeras
- Que la persona trabajadora cumple los requisitos comúnmente exigibles para la obtención de un visado de residencia y trabajo (no padecer enfermedad que pueda tener repercusiones de salud pública graves de conformidad con el Reglamento Sanitario Internacional de 2005).
- Aportar la documentación acreditativa de la condición de persona trabajadora transfronteriza.
- No tener antecedentes penales en España, ni en los países anteriores de residencia por delitos existentes en el ordenamiento español, ni tampoco tener una prohibición de entrada al espacio Schengen.
- No constar como rechazable en el espacio territorial de países con los que España tenga firmado un convenio en tal sentido.
Requisitos relativos al ámbito laboral
- Cumplir los requisitos que la legislación vigente exige a las personas con nacionalidad española para la apertura y funcionamiento de la actividad proyectada.
- Poseer la cualificación profesional exigible o experiencia acreditada suficiente en el ejercicio de la actividad profesional, así como la titulación necesaria para las profesiones cuyo ejercicio se exija homologación específica y, en su caso, la colegiación cuando así se requiera.
- Acreditar que la inversión prevista para la implantación del proyecto es suficiente y la incidencia, en su caso, en la creación de empleo.
Tasas
Consulta de las tasas
No hay que pagar tasa de residencia, ya que sólo se solicita autorización de trabajo.
Para efectuar el pago es necesario disponer de tarjeta bancaria (crédito o débito). Vías de pago:
- Por Internet, mediante la dirección: https://portal.lacaixa.es/pagos/impuestosrecibosmatriculas_ca.html, con tarjeta de crédito o débito de cualquier entidad bancaria.
- Mediante la red de cajeros automáticos "Servicaixa": con tarjeta de crédito o débito de cualquier entidad, o si se dispone, con una libreta o una cuenta corriente de "La Caixa" / CaixaBank.
Otras informaciones
Tramitación
- La persona trabajadora deberá presentar personalmente la solicitud de autorización de residencia temporal y trabajo por cuenta propia ante la Oficina consular española correspondiente a su país de residencia y antes de entrar en España.
- En el plazo de un mes desde la fecha de notificación de la resolución de concesión, el trabajador deberá darse de alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social. En el mismo plazo, deberá solicitar la Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE).
- En las autorizaciones de trabajo para transfronterizos, no es necesaria la gestión previa de visado. La Tarjeta de Identidad de Extranjero es el documento que permite la entrada y salida del trabajador del territorio nacional.
Observaciones
- La duración de la autorización inicial coincidirá con la de la actividad proyectada, con el límite mínimo de tres meses y máximo de un año.
- La validez de la autorización de trabajo está limitada al ámbito territorial de Cataluña en la zona limítrofe de la cual resida el trabajador, así como también, a un sector de actividad.
- Es posible prorrogar la autorización de trabajo inicial, siempre y cuando continúe la misma actividad por cuenta propia y subsistan las circunstancias que motivaron la concesión de la autorización anterior.
- De acuerdo con el artículo 182 del Real decreto 557/2011, de 20 de abril, las personas trabajadoras transfronterizas son las personas extranjeras residentes en la zona fronteriza de un Estado limítrofe al que regresan diariamente y llevan a cabo actividades lucrativas, laborales o profesionales por cuenta ajena o por cuenta propia en las zonas fronterizas del territorio español.
- Para más detalle ver:
- Artículo 182-184 del Real decreto 557/2011, de 20 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, actualizado por la Ley orgánica 2/2009.
Presencialmente
Introduzca los datos que se le vaya solicitando y obtendrá el formulario de solicitud que tiene incorporada la carta de pago de la tasa de trabajo con el importe que le corresponde pagar al empleador/a.
Se puede presentar en varios lugares:
- Oficina consular
- Misión diplomática del país de origen de la persona extranjera
Trámites relacionados
Oficinas de la administración
Institut de Recerca de L'Energia de Catalunya (IREC)
Otros Jardins de Les Dones de Negre 1, 08930, Sant Adrià de Besòs
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Calle Provença 339, 08037, Barcelona
Grupo de Asisténcia Sanitária y Social (SAGESSA)
Avenida Dr. Josep Laporte 2, 43204, Reus
Consorci Per a la Normalització Lingüística (CPNL)
Calle Mallorca 272, 08037, Barcelona
Tel. 932723100
Consorci Hospitalari de Vic
Calle Francesc Pla, el Vigatà 1, 08500, Vic
Tel. 938891111
Fundación Privada Centro de Investigación en Salud Internacional de Barcelona (CRESIB)
Calle Rosselló 132, 08036, Barcelona
Tel. 932275706
Institut D'Investigacions Biomèdiques August Pi I Sunyer (IDIBAPS)
Calle Rosselló 149-153, 08036, Barcelona
Escola D'Administració Pública de Catalunya (EAPC)
Carrer Girona 20, 08010, Barcelona
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