Autorizaciones iniciales de trabajo por cuenta ajena para personas trabajadoras transfronterizas (AUT04a)

Actualizado el 21 de mayo de 2020
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Este tipo de autorización permite que las personas de nacionalidad extracomunitaria que residen en la zona fronteriza de un estado limítrofe, al cual vuelven diariamente, puedan trabajar por cuenta ajena en las zonas fronterizas del territorio catalán.

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Hay que solicitar cita previamente a solicitar la autorización.

Para hacer el pago de este trámite es necesario disponer de tarjeta bancaria (crédito o débito).

A quién va dirigido

A los empresarios/as o ocupadores/as que quieran contratar a una persona trabajadora transfronteriza.

Organismo responsable

Normativa

Solicitar la cita previa

Plazos

Se debe solicitar la cita antes de solicitar la autorización.

Tasas

No hay tasas asociadas a este trámite.

Otras informaciones

El Departamento de Trabajo, Asuntos Sociales y Familias pone a su disposición el servicio de cita previa para la tramitación de autorizaciones iniciales de trabajo y sus modificaciones.

  1. Para tramitar las autorizaciones iniciales de trabajo es imprescindible solicitar una cita previa.
  2. Para tramitar las modificaciones de las autorizaciones de trabajo se puede pedir una cita previa o bien se puede presentar la solicitud de modificación al registro de cualquiera de las oficinas habilitadas al efecto.

Quien puede solicitar la cita previa
La persona legitimada para pedir la cita previa es la que está capacitada para realizar el trámite. Para algunos trámites, la persona legitimada es la persona trabajadora extranjera que quiere obtener la autorización; para otros trámites, la persona legitimada es la empresa que quiere contratar a una persona trabajadora extranjera.
Sólo en algunos casos las personas legitimadas pueden nombrar una persona representante para que presente la solicitud en su nombre.

  • Para obtener más información sobre quién es la persona legitimada y en qué casos se puede nombrar una persona representante, consultar el portal de Trabajo.

Por internet

Solicitar la autorización

Plazos

La autorización se puede solicitar en cualquier momento.

Documentación

Documentación que debe adjuntar la persona solicitante (empresario o empresaria):

Requisitos

Requisitos que deben cumplir las empresas

  1. Que la empresa presente un contrato de trabajo con fecha de inicio condicionada a la eficacia de la autorización, que garantice a la persona trabajadora una actividad continuada durante el periodo de vigencia de la autorización.
  2. Que la situación nacional de empleo permita la contratación de la persona trabajadora extranjera.
  3. Tener formalizada la inscripción en el régimen correspondiente del sistema de la Seguridad Social y encontrarse al corriente de las obligaciones tributarias.
  4. Las condiciones fijadas en la oferta de trabajo deben respetar las establecidas por la normativa vigente para la misma actividad y categoría profesional.
  5. Contar con medios económicos, materiales o personales suficientes para su proyecto empresarial y para atender las obligaciones asumidas en el contrato de trabajo.

Requisitos que deben cumplir las personas trabajadoras extranjeras

  1. Que la persona trabajadora cumpla los requisitos comúnmente exigibles para la obtención de un visado de residencia y trabajo (no padecer enfermedad que pueda tener repercusiones de salud pública graves de conformidad con el Reglamento Sanitario Internacional de 2005).
  2. Aportar la documentación acreditativa de la condición de persona trabajadora transfronteriza.
  3. No constar como rechazable en el espacio territorial de países con los que España tenga firmado un convenio en tal sentido.
  4. No tener antecedentes penales en España, ni en los países anteriores de residencia por delitos existentes en el ordenamiento español, ni tampoco tener una prohibición de entrada al espacio Schengen.
  5. Acreditar documentalmente que se tiene la capacitación y, en su caso, la calificación profesional legalmente exigida para el ejercicio de la profesión.

Tasas

Consulta de las tasas


No hay que pagar tasa de residencia, ya que sólo se solicita autorización de trabajo.
El importe de la tasa de trabajo será de 0 ?, con la justificación documental correspondiente, si la autorización de trabajo tiene una duración igual o inferior a seis meses.
Para efectuar el pago es necesario disponer de tarjeta bancaria (crédito o débito). Vías de pago:

  • Por Internet, mediante la dirección: https://portal.lacaixa.es/pagos/impuestosrecibosmatriculas_ca.html, con tarjeta de crédito o débito de cualquier entidad bancaria
  • Mediante la red de cajeros automáticos "Servicaixa": con tarjeta de crédito o débito de cualquier entidad, o si se dispone, con una libreta o una cuenta corriente de "La Caixa" / CaixaBank.

Otras informaciones

Beneficiarios

Personas estranjeras que residen en la zona transfronteriza de un Estado limítrofe al cual vuelven diariamente y dónde pretenden llevar a cabo actividades lucrativas, laborales o profesionales por su cuenta en Cataluña.
Tramitación

  1. La autorización debe solicitarla el empresario/a personalmente o mediante representante legal.
  2. El trámite se realizará presentando la solicitud ante cualquiera de las oficinas habilitadas para su recogida, pidiendo cita previa. Al acudir a la cita es necesario llevar el justificante de la misma, para comprobar mejor los datos de la persona solicitante.
  3. En el plazo de un mes desde la fecha de notificación de la resolución de concesión, el empresario/a debe dar de alta al trabajador en el régimen correspondiente de la Seguridad Social. En el mismo plazo, el trabajador deberá solicitar la Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE).
  4. En las autorizaciones de trabajo para transfronterizos, no es necesaria la gestión previa de visado. La Tarjeta de Identidad de Extranjero es el documento que permite la entrada y salida del trabajador del territorio nacional, es por eso que hay obtenerla, incluso si la autorización tiene una duración inferior a seis meses.

Observaciones

  1. La duración de la autorización inicial coincidirá con la del contrato de trabajo con el límite mínimo de tres meses y máximo de un año.
  2. La validez de la autorización de trabajo está limitada al ámbito territorial de Cataluña en la zona limítrofe de la cual resida el trabajador, así como también, a un empleo.
  3. Es posible prorrogar la autorización de trabajo inicial, siempre y cuando continúe la misma relación laboral o actividad por cuenta ajena y subsistan las circunstancias que motivaron la concesión de la autorización anterior.
  4. De acuerdo con el artículo 182 del Real decreto 557/2011, de 20 de abril, las personas trabajadoras transfronterizas son las personas extranjeras residentes en la zona fronteriza de un Estado limítrofe al que regresan diariamente y llevan a cabo actividades lucrativas, laborales o profesionales por cuenta ajena o por cuenta propia en las zonas fronterizas del territorio español.
  5. Para más detalle ver:
    • Artículo 182-184 del Real decreto 557/2011, de 20 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, actualizado por la Ley orgánica 2/2009.

Presencialmente

Introduzca los datos que se le vaya solicitando y obtendrá el formulario de solicitud que tiene incorporada la carta de pago de la tasa de trabajo con el importe que le corresponde pagar al empleador/a.

Para tramitar presencialmente esta autorización es necesario pedir cita previa a través de Internet (especificada en la modalidad "Solicitar la cita previa") y llevar el justificante de la misma en el momento de la tramitación.
Este justificante de la cita previa permitirá comprobar mejor los datos de la persona solicitante e introducir la referencia en el expendedor de tickets para obtener el ticket que indica la tabla de la oficina en que será atendida la persona solicitante.
Debe presentarse en:


Oficinas de la administración

Institut de Recerca de L'Energia de Catalunya (IREC)

Otros Jardins de Les Dones de Negre 1, 08930, Sant Adrià de Besòs

Consorci de Comerç, Artesania I Moda de Catalunya

Calle Provença 339, 08037, Barcelona

Grupo de Asisténcia Sanitária y Social (SAGESSA)

Avenida Dr. Josep Laporte 2, 43204, Reus

Consorci Per a la Normalització Lingüística (CPNL)

Calle Mallorca 272, 08037, Barcelona

Tel. 932723100

Consorci Hospitalari de Vic

Calle Francesc Pla, el Vigatà 1, 08500, Vic

Tel. 938891111

Fundación Privada Centro de Investigación en Salud Internacional de Barcelona (CRESIB)

Calle Rosselló 132, 08036, Barcelona

Tel. 932275706

Institut D'Investigacions Biomèdiques August Pi I Sunyer (IDIBAPS)

Calle Rosselló 149-153, 08036, Barcelona

Escola D'Administració Pública de Catalunya (EAPC)

Carrer Girona 20, 08010, Barcelona

Consorci del Parc Fluvial del Llobregat

Otros Torre de L'Amo de Viladomiu Nou s/n, 08680, Gironella

Tel. 938250689

Cataluña Radio

Avinguda Diagonal 614-616, 08021, Barcelona

Institut Català de Ciències del Clima (IC3)

Calle Doctor Trueta 203, 08005, Barcelona

Autoritat Territorial de la Mobilitat (ATM). Àrea de Girona

Plaza Pompeu Fabra 1, 17002, Girona

Tel. 902627781

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