Autorizaciones iniciales de residencia y trabajo por cuenta propia (AUT03a)

Actualizado el 21 de mayo de 2020
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La autorización inicial de residencia y trabajo por cuenta propia (AUT03) habilita a las personas extranjeras que no residen en España a venir al país para realizar actividades lucrativas, laborales o profesionales por cuenta propia.

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Para hacer el pago de este trámite es necesario disponer de tarjeta bancaria (crédito o débito).

A quién va dirigido

A las personas extranjeras no residentes en España que pretendan trabajar por su cuenta en Cataluña.

Organismo responsable

Normativa

Solicitar la autorización

Plazos

La autorización se puede solicitar en cualquier momento.

Documentación

Documentación que se debe adjuntar a la solicitud:

Requisitos

Requisitos que deben cumplir las personas extranjeras para poder solicitar la autorización de residencia y trabajo:

  1. No encontrarse en España en situación irregular.
  2. No tener antecedentes penales en España, ni en los países anteriores de residencia por delitos existentes en el ordenamiento español, ni tampoco tener una prohibición de entrada a España.
  3. Estar en posesión de la titulación, en su caso, debidamente homologada.
  4. Acreditar que la inversión prevista para la implantación del proyecto sea suficiente.
  5. Acreditar el cumplimiento de los requisitos que la legislación vigente exige a los nacionales para la apertura y funcionamiento de la actividad.

Requisitos de recogida del visado
Si se otorga esta autorización el interesado deberá recoger el visado en el plazo de 1 mes desde la notificación del otorgamiento.

Tasas

Consulta de las tasas

Para efectuar el pago es necesario disponer de tarjeta bancaria (crédito o débito). Vías de pago:

  • Por Internet, mediante la dirección: https://portal.lacaixa.es/pagos/impuestosrecibosmatriculas_ca.html, con tarjeta de crédito o débito de cualquier entidad bancaria.
  • Mediante la red de cajeros automáticos "Servicaixa": con tarjeta de crédito o débito de cualquier entidad, o si se dispone, con una libreta o una cuenta corriente de "La Caixa" / CaixaBank.

Otras informaciones

Tramitación

  1. La persona trabajadora deberá presentar personalmente la solicitud de autorización de residencia temporal y trabajo por cuenta propia ante la oficina consular española correspondiente a su país de residencia. La autorización de residencia y trabajo por cuenta propia tiene una duración de un año y se limitará a un ámbito geográfico autonómico ya un sector de actividad.
  2. Una vez se ha concedido la autorización de residencia y trabajo por cuenta propia, el interesado presentará, personalmente, la solicitud de visado, en el plazo de un mes desde la fecha de la notificación de la concesión. La solicitud de visado se presentará ante la Misión Diplomática u Oficina consular española correspondiente a su país de residencia, que resolverá la solicitud en un plazo máximo de un mes. El visado tiene una vigencia de tres meses, durante los cuales el trabajador extranjero deberá entrar en España.
  3. La vigencia de la autorización de residencia y trabajo por cuenta propia está condicionada al alta del trabajador en el régimen correspondiente de la Seguridad Social, que se ha de producir durante los tres meses posteriores a su entrada legal en España, y en todo caso, durante la vigencia del visado. En el plazo de un mes desde el alta en la Seguridad Social, el trabajador deberá solicitar la Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE).

Observaciones

  1. Para más detalle ver:

Presencialmente

Introduzca los datos que se le vaya solicitando y obtendrá el formulario de solicitud que tiene incorporada la carta de pago de la tasa de trabajo con el importe que le corresponde pagar al empleador/a.

Se puede presentar en diversos lugares:

  • Oficina Consular
  • Misión Diplomática del país de origen del extranjero/era

Oficinas de la administración

Institut de Recerca de L'Energia de Catalunya (IREC)

Otros Jardins de Les Dones de Negre 1, 08930, Sant Adrià de Besòs

Consorci de Comerç, Artesania I Moda de Catalunya

Calle Provença 339, 08037, Barcelona

Grupo de Asisténcia Sanitária y Social (SAGESSA)

Avenida Dr. Josep Laporte 2, 43204, Reus

Consorci Per a la Normalització Lingüística (CPNL)

Calle Mallorca 272, 08037, Barcelona

Tel. 932723100

Consorci Hospitalari de Vic

Calle Francesc Pla, el Vigatà 1, 08500, Vic

Tel. 938891111

Fundación Privada Centro de Investigación en Salud Internacional de Barcelona (CRESIB)

Calle Rosselló 132, 08036, Barcelona

Tel. 932275706

Institut D'Investigacions Biomèdiques August Pi I Sunyer (IDIBAPS)

Calle Rosselló 149-153, 08036, Barcelona

Escola D'Administració Pública de Catalunya (EAPC)

Carrer Girona 20, 08010, Barcelona

Consorci del Parc Fluvial del Llobregat

Otros Torre de L'Amo de Viladomiu Nou s/n, 08680, Gironella

Tel. 938250689

Cataluña Radio

Avinguda Diagonal 614-616, 08021, Barcelona

Institut Català de Ciències del Clima (IC3)

Calle Doctor Trueta 203, 08005, Barcelona

Autoritat Territorial de la Mobilitat (ATM). Àrea de Girona

Plaza Pompeu Fabra 1, 17002, Girona

Tel. 902627781

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