Autorizaciones iniciales de residencia y trabajo por cuenta ajena (AUT01a)

Actualizado el 18 de diciembre de 2019
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Las autorizaciones iniciales de residencia y trabajo por cuenta ajena (AUT01a) permiten a las personas extranjeras extracomunitarias que residen fuera de España venir al país para iniciar una relación laboral en Cataluña por cuenta ajena.

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Hay que solicitar cita antes de solicitar la autorización.

Para hacer el pago de este trámite es necesario disponer de tarjeta bancaria (crédito o débito).

A quién va dirigido

A los empresarios/as o a los ocupadores/as que pretendan contratar a una persona extracomunitaria no residente en España.

Organismo responsable

Normativa

Solicitar la cita previa

Plazos

Se debe solicitar la cita previa antes de solicitar la autorización.

Tasas

No hay tasas asociadas a este trámite.

Otras informaciones

El Departamento de Trabajo, Asuntos Sociales y Familias pone a su disposición el servicio de cita previa para la tramitación de autorizaciones iniciales de trabajo y sus modificaciones.

  1. Para tramitar las autorizaciones iniciales de trabajo es imprescindible solicitar cita previa.
  2. Para tramitar las modificaciones de las autorizaciones de trabajo se puede pedir cita previa o presentar la solicitud en el registro de cualquiera de las oficinas habilitadas.

¿Quién puede solicitar la cita previa?
La persona legitimada es la que está capacitada para realizar el trámite. Para algunos trámites, la persona legitimada es la persona trabajadora extranjera que quiere obtener la autorización y para otros, la persona legitimada es la empresa que quiere contratar un trabajador/a extranjero/a.
Sólo en algunos casos las personas legitimadas pueden nombrar un representante para que presente la solicitud en su nombre.

  • Para obtener más información sobre quién es la persona legitimada y en qué casos puede nombrar un representante consulte el portal de Trabajo.

Por internet

Solicitar la autorización

Plazos

La autorización se puede solicitar en cualquier momento.

Documentación

Documentación que se debe adjuntar a la solicitud (empresario o empresaria):

Requisitos

Requisitos que deben cumplir las personas trabajadoras extranjeras

  1. No hallarse en España en situación irregular ni residir.
  2. No tener antecedentes penales en España, ni en los países anteriores de residencia por delitos existentes en el ordenamiento español.
  3. No constar como rechazable en el espacio territorial de países con los que España tenga firmado un convenio en tal sentido.
  4. Acreditar documentalmente que se tiene la capacitación y, en su caso, la calificación profesional legalmente exigida para el ejercicio de la profesión.

Requisitos que deben cumplir las empresas

  1. Que la situación nacional de empleo permita la contratación del trabajador extranjero en los términos previstos reglamentariamente (ver artículo 65 del Reglamento Real decreto 557/2011).
  2. Que la empresa presente un contrato de trabajo, de duración mínima de un año, con fecha de inicio condicionada a la eficacia de la autorización, que garantice a la persona trabajadora una actividad continuada durante el periodo de vigencia de la autorización.
  3. Las condiciones fijadas en el contrato se ajustarán a las establecidas por la normativa laboral vigente para la misma actividad, categoría profesional.
  4. Tener formalizada la inscripción en el régimen correspondiente del sistema de la Seguridad Social y encontrarse al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
  5. Contar con medios económicos, materiales o personales suficientes para el desarrollo de la actividad y para atender las obligaciones asumidas en el contrato de trabajo.

Tasas

Consulta de las tasas

Para efectuar el pago es necesario disponer de tarjeta bancaria (crédito o débito). Vías de pago:

  • Por Internet, mediante la dirección: https://portal.lacaixa.es/pagos/impuestosrecibosmatriculas_ca.html, con tarjeta de crédito o débito de cualquier entidad bancaria.
  • Mediante la red de cajeros automáticos "Servicaixa": con tarjeta de crédito o débito de cualquier entidad, o si se dispone, con una libreta o una cuenta corriente de "La Caixa" / CaixaBank.

Otras informaciones

Beneficiarios

Personas extranjeras extracomunitarias no residentes en España y que obtengan un contrato de trabajo por parte de una empresa.

Tramitación

  1. La autorización la deben solicitar los/las empresarios/as o empleadores/as personalmente o mediante representante legal, presentando la solicitud ante cualquiera de las oficinas habilitadas y, pidiendo cita previamente. Es necesario que al acudir a la cita lleve el justificante de la misma, para comprobar mejor sus datos.
  2. Las autorizaciones iniciales por cuenta ajena tienen una duración de 1 año y están limitadas a un ámbito territorial determinado y para una actividad laboral concreta, excepto en los casos previstos por la Ley.
  3. Una vez se ha concedido la autorización de residencia y trabajo por cuenta ajena, el interesado presentará, personalmente, la solicitud de visado, en el plazo de un mes, a contar desde la notificación a la empresa de la resolución. La solicitud de visado se presentará ante la Misión Diplomática u Oficina consular española correspondiente a su país de residencia, que resolverá la solicitud en un plazo máximo de un mes. El visado tiene una vigencia de tres meses, durante los cuales el trabajador extranjero deberá entrar en España.
  4. La vigencia de la autorización de residencia y trabajo por cuenta ajena está condicionada al alta del trabajador en el régimen correspondiente de la Seguridad Social, que se ha de producir durante los tres meses posteriores a su entrada legal en España, y en todo caso, durante la vigencia del visado. En el plazo de un mes desde el alta en la Seguridad Social, el trabajador deberá solicitar la Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE)

Observaciones

  1. El empleador/a está obligado a comunicar el desistimiento de la solicitud de autorización si, mientras se resuelve la autorización, desapareciera la necesidad de contratación de la persona extranjera o se modificaran las condiciones del contrato de trabajo que sirvió de fundamento a la solicitud. Asimismo, una vez concedida la autorización, si no pudiera iniciarse la relación laboral, el empleador/a queda obligado a comunicarlo a las autoridades competentes.
  2. En las autorizaciones iniciales de trabajo por cuenta ajena, se tendrán en cuenta los supuestos en que no se tiene en consideración la situación nacional de empleo.
  3. Para más detalle consultar:

Presencialmente

Introduzca los datos que se le vaya solicitando y obtendrá el formulario de solicitud que tiene incorporada la carta de pago de la tasa de trabajo con el importe que le corresponde pagar al empleador/a.

Es necesario que para tramitar presencialmente esta autorización haya pedido cita previa a través de Internet (especificada en la modalidad "Solicitar la cita previa") y que en el momento de la tramitación lleve el justificante de la cita previa.
Este justificante de cita previa permite comprobar mejor sus datos y permite introducir la referencia al expendedor de tickets y obtener el ticket que le indicará la mesa de la oficina donde le atenderán.
Debe presentarse en:


Oficinas de la administración

Institut de Recerca de L'Energia de Catalunya (IREC)

Otros Jardins de Les Dones de Negre 1, 08930, Sant Adrià de Besòs

Consorci de Comerç, Artesania I Moda de Catalunya

Calle Provença 339, 08037, Barcelona

Grupo de Asisténcia Sanitária y Social (SAGESSA)

Avenida Dr. Josep Laporte 2, 43204, Reus

Consorci Per a la Normalització Lingüística (CPNL)

Calle Mallorca 272, 08037, Barcelona

Tel. 932723100

Consorci Hospitalari de Vic

Calle Francesc Pla, el Vigatà 1, 08500, Vic

Tel. 938891111

Fundación Privada Centro de Investigación en Salud Internacional de Barcelona (CRESIB)

Calle Rosselló 132, 08036, Barcelona

Tel. 932275706

Institut D'Investigacions Biomèdiques August Pi I Sunyer (IDIBAPS)

Calle Rosselló 149-153, 08036, Barcelona

Escola D'Administració Pública de Catalunya (EAPC)

Carrer Girona 20, 08010, Barcelona

Consorci del Parc Fluvial del Llobregat

Otros Torre de L'Amo de Viladomiu Nou s/n, 08680, Gironella

Tel. 938250689

Cataluña Radio

Avinguda Diagonal 614-616, 08021, Barcelona

Institut Català de Ciències del Clima (IC3)

Calle Doctor Trueta 203, 08005, Barcelona

Autoritat Territorial de la Mobilitat (ATM). Àrea de Girona

Plaza Pompeu Fabra 1, 17002, Girona

Tel. 902627781

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