Autorizaciones e informes previos para actuaciones en zona de protección de carreteras

Actualizado el 7 de marzo de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Obtener autorización o informe previo para realizar obras o actuaciones en la zona de protección de una carretera, garantizando la seguridad y funcionalidad de la vía pública.

¿Quién puede solicitarlo?

Ciudadanos, empresas, profesionales y entidades locales que deseen realizar actuaciones en la zona de protección de carreteras.

Requisitos principales

  • Pago de la tasa de tramitación.
  • Constitución de una fianza (si la Administración lo requiere) para asegurar la correcta ejecución de las obras.

Plazos

La solicitud se puede presentar en cualquier momento, antes de iniciar las actuaciones.

Duración del trámite

La Administración tiene hasta cuatro meses para notificar la resolución de autorización o denegación desde que se presenta la solicitud.

Información adicional

Las entidades locales deben tramitar exclusivamente a través de EACAT.

Resumen

Este trámite permite solicitar una autorización o informe previo para realizar actuaciones en la zona de protección de carreteras. Es necesario para obras o actividades que puedan afectar la seguridad y funcionalidad de la vía pública.

Quién puede usar este servicio:

  • Ciudadanos
  • Empresas y profesionales
  • Entidades locales (exclusivamente a través de EACAT)

Lo que necesitas

Documentos requeridos:

  • La documentación varía según el tipo de actuación. Consulta el documento adjunto: Documentación

Requisitos previos:

  • Pago de la tasa correspondiente.
  • Constitución de fianza (si es requerida por la Administración).

Costes y plazos:

  • Tasa de tramitación:
    • Sin necesidad de toma de datos de campo:
      • Autorización: 150,30 €
      • Informe: 45,25 €
    • Con necesidad de toma de datos de campo:
      • Autorización: 300,40 €
      • Informe: 90,35 €
    • Si son necesarias más salidas de campo: 229,95 €
  • Tasa por utilización o aprovechamiento del dominio público viario: Variable según el tipo de obra. Consultar la base imponible, el tipo de gravamen y la cuota.
  • Plazo de resolución: 4 meses desde la presentación de la solicitud.

Cómo hacerlo

Paso a paso del proceso:

  1. Solicitar la autorización o el informe previo:
  2. Pagar la tasa para la tramitación de la autorización y constitución de la fianza:
    • La Administración enviará un requerimiento para el pago de la tasa y, si procede, un comunicado para la constitución de la fianza.
    • El pago se puede realizar online o descargando la carta de pago.
  3. Consultar el estado del trámite:
    • A través del Área privada, Estado de mis gestiones o el teléfono 012.
  4. Recibir la respuesta de la Administración:
    • La Administración notificará la resolución de autorización o denegación en un plazo máximo de cuatro meses.
  5. Pagar la tasa para la utilización o el aprovechamiento del dominio público viario:
    • Si la autorización es aprobada y corresponde, se deberá pagar esta tasa siguiendo las instrucciones recibidas.

Después de hacerlo

Qué sucede después:

  • Si la solicitud es aprobada, se podrá llevar a cabo la actuación siguiendo las condiciones establecidas en la autorización.
  • Si es denegada, se podrá interponer un recurso de alzada.

Plazos de resolución:

  • La Administración tiene un plazo de cuatro meses para notificar la resolución.

Siguientes pasos:

  • En caso de aprobación, realizar la actuación según lo autorizado.
  • En caso de denegación, considerar la posibilidad de interponer un recurso.

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Contacto:

Recursos adicionales:

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