Autorización para repoblación o suelta de especies cinegéticas
Información Rápida
Objetivo
Obtener la autorización necesaria para realizar repoblaciones o sueltas de especies cinegéticas autóctonas, fuera del periodo hábil de caza (repoblaciones) o durante la temporada de caza (sueltas), con fines de reproducción o caza, respectivamente.
¿Quién puede solicitarlo?
Titulares o representantes de terrenos cinegéticos.
Requisitos principales
- Ser titular o representante de terrenos cinegéticos.
- Presentar la solicitud con al menos 20 días de antelación a la fecha prevista para la repoblación o suelta.
- Notificar el día, hora y lugar exactos de la suelta con una antelación mínima de 48 horas.
- Notificar los resultados antes de los siete días posteriores a la repoblación o suelta.
Plazos
La solicitud debe presentarse al menos 20 días antes de la fecha prevista para la repoblación o la suelta. Los resultados deben comunicarse en un plazo máximo de 7 días después de la actuación.
Duración del trámite
Variable, dependiendo de la gestión interna y la correcta presentación de la documentación.
Información adicional
Las especies cinegéticas autorizadas para repoblaciones/sueltas varían entre caza menor (perdiz roja, perdiz pardilla, codorniz común, faisán, paloma bravía, liebre ibérica/europea, conejo de monte) y caza mayor (solo especies autóctonas autorizadas por la Dirección General de Bosques y Gestión del Medio). Se prohíbe la repoblación con especies alóctonas o híbridos.
Resumen
Este trámite permite solicitar la autorización para repoblar o soltar especies cinegéticas. Las repoblaciones buscan aumentar la población de especies autóctonas fuera de la temporada de caza, mientras que las sueltas se realizan durante la temporada de caza para su aprovechamiento cinegético.
Quién puede usar este servicio:
- Titulares o representantes de terrenos cinegéticos.
Antes de empezar:
- Asegúrate de conocer las especies autorizadas para la repoblación o suelta.
- Ten en cuenta los plazos de presentación de la solicitud.
Lo que necesitas
Documentos requeridos:
- Solicitud de autorización (modelo M0248-DO1 o M0248-DO6, según el tipo de terreno).
- Plano a escala 1:10000 con coordenadas UTM del terreno (si no se incluye en la solicitud).
- Comunicación del resultado de la repoblación o suelta (modelo M0248-DO4), una vez realizada la actuación.
Requisitos previos:
- Ser titular o representante de un terreno cinegético.
- Cumplir con los plazos de presentación de la solicitud y notificación de resultados.
Costes y plazos:
- Este trámite es gratuito.
- La solicitud debe presentarse al menos 20 días antes de la fecha prevista para la repoblación o suelta.
Cómo hacerlo
Paso a paso del proceso:
- Solicitar la autorización: Presenta la solicitud (modelo M0248-DO1 o M0248-DO6) a través de internet o presencialmente.
- Notificar la suelta (si aplica): Si vas a realizar una suelta, notifica el día, hora y lugar exactos con al menos 48 horas de antelación.
- Realizar la repoblación o suelta: Lleva a cabo la actuación según lo autorizado.
- Comunicar los resultados: Presenta la comunicación de resultados (modelo M0248-DO4) en un plazo máximo de 7 días después de la actuación.
Información sobre cada etapa:
- Solicitud: Puedes presentarla online a través de la petición genérica o presencialmente en las oficinas del Departament d'Agricultura, Ramaderia, Pesca i Alimentació.
- Notificación de suelta: Se realiza a través de la web de caza.
- Comunicación de resultados: Se presenta online a través de la petición genérica.
Tiempos de espera:
- La administración responderá en un plazo variable, dependiendo de la gestión interna y la correcta presentación de la documentación.
Después de hacerlo
Qué sucede después:
- Recibirás una notificación con la resolución de tu solicitud.
Plazos de resolución:
- El plazo de resolución es variable.
Siguientes pasos:
- Si la autorización es concedida, podrás realizar la repoblación o suelta según lo autorizado.
- Si la autorización es denegada, podrás presentar un recurso.
Ayuda
Contacto:
- Departament d'Agricultura, Ramaderia, Pesca i Alimentació.
- Direcció General de Boscos i Gestió del Medi.
Recursos adicionales:
Preguntas frecuentes:
- Consulta la sección de preguntas frecuentes para resolver dudas comunes sobre este trámite.