Autorización para realizar modificaciones en el dominio público portuario
Información Rápida
Objetivo
Obtener autorización para realizar obras, edificaciones o instalaciones no previstas en el proyecto inicial de una concesión portuaria, así como actividades no habituales u ocupaciones con instalaciones desmontables por más de tres años.
¿Quién puede solicitarlo?
Empresas y profesionales titulares de una concesión administrativa del puerto, o gestores autorizados por el concesionario. También puede solicitarlo cualquier persona física o jurídica.
Requisitos principales
- Ser titular de una concesión administrativa en el puerto, o gestor autorizado por el concesionario.
- Presentar la solicitud con tres meses de antelación al inicio de las obras.
Plazos
La solicitud debe presentarse con tres meses de antelación al inicio de las obras.
Duración del trámite
El plazo máximo para resolver es de tres meses desde la presentación de la solicitud. Si no hay respuesta en este tiempo, se considera desestimada.
Información adicional
Los autónomos, profesionales, empresas, entidades y otros colectivos están obligados a realizar el trámite por internet.
Resumen
Este trámite permite solicitar autorización para realizar modificaciones en el dominio público portuario. Esto incluye obras, edificaciones o instalaciones que no estaban previstas en el proyecto inicial de una concesión, así como actividades no habituales u ocupaciones con instalaciones desmontables por un período superior a tres años.
Quién puede usar este servicio:
- Empresas y profesionales titulares de una concesión administrativa del puerto.
- Gestores autorizados por el concesionario.
- Cualquier persona física o jurídica.
Antes de empezar:
- Asegúrese de tener toda la documentación necesaria.
- Tenga en cuenta que la solicitud debe presentarse con tres meses de antelación al inicio de las obras.
Lo que necesitas
Documentación requerida:
La documentación específica será solicitada por los técnicos de Ports de la Generalitat o de los Consorcios del Port de Mataró o Port de Portbou, dependiendo del alcance de la modificación que se desee realizar.
Requisitos previos:
- Ser titular de una concesión administrativa en el puerto, o gestor autorizado por el concesionario.
- Presentar la solicitud con tres meses de antelación al inicio de las obras.
Costes y plazos:
- La tasa mínima es de 412,25 €.
- Se calcula mediante la fórmula t = p^(2/3), donde p es el presupuesto de ejecución material del proyecto en euros.
- Están exentas las obras de mantenimiento, reparación y rehabilitación.
Cómo hacerlo
Paso a paso del proceso:
- Solicitar: Presentar la solicitud por internet (obligatorio para autónomos, profesionales, empresas, etc.) o presencialmente (solo para particulares).
- Consulta del estado del trámite: Puede consultar el estado de su solicitud a través de diversos canales online y telefónicos.
- Recibir la respuesta de la Administración: La administración le notificará la resolución en un plazo máximo de tres meses.
- Realizar el pago: Si la solicitud es aprobada, recibirá la factura o carta de pago para abonar la tasa correspondiente.
Información sobre cada etapa:
- Solicitar:
- Por Internet: Utilice la petición genérica con firma electrónica disponible en Tràmits gencat. Debe identificarse con certificado digital y especificar en el asunto: "Solicitud de autorización para realizar modificaciones en el dominio público portuario".
- Presencialmente: Presente la solicitud en las oficinas de Ports de la Generalitat, Subdirección General de Ports i Aeroports, Consorci Port de Mataró o Consorci Port de Portbou.
- Consulta del estado del trámite: Puede consultar el estado de su trámite a través de Canal Empresa (si es autónomo, profesional, empresa, etc.), en el Área privada (si es particular), en el Estado de mis gestiones (con identificador del trámite y DNI/NIF), llamando al 012 (con identificador del trámite y DNI/NIF), o en cualquier Oficina de atención ciudadana (OAC) si es particular.
- Recibir la respuesta de la Administración: La Administración enviará una notificación por correo electrónico o SMS (si ha indicado su dirección de correo electrónico o teléfono móvil en la solicitud) o por correo postal (si es un particular y no ha pedido relacionarse con la administración electrónicamente).
- Realizar el pago: Junto con la notificación de la resolución, recibirá la factura o carta de pago para abonar la tasa correspondiente.
Tiempos de espera:
El plazo máximo para resolver y notificar la resolución es de tres meses desde la fecha de presentación de la solicitud. Este plazo puede suspenderse en ciertas circunstancias legales.
Después de hacerlo
Qué sucede después:
Una vez recibida la autorización y realizado el pago de la tasa, podrá llevar a cabo las modificaciones solicitadas en el dominio público portuario.
Plazos de resolución:
El plazo máximo para resolver y notificar la resolución es de tres meses desde la fecha de presentación de la solicitud. Si no recibe respuesta en este tiempo, se considera desestimada.
Siguientes pasos:
Una vez obtenida la autorización, deberá cumplir con las condiciones establecidas en la misma y realizar las modificaciones de acuerdo con la normativa vigente.
Ayuda
Contacto:
- Para modificaciones que no aumenten la superficie autorizada, contactar a ports.generalitat@gencat.cat.
- Para modificaciones en Port de Mataró, contactar a info@portmataro.com.
- Para modificaciones en Port de Portbou, contactar a info@portdeportbou.cat.
Recursos adicionales:
- Ley 10/2019, de 23 de diciembre, de puertos y de transporte en aguas marítimas y continentales.
- DECRETO 41/2007, de 20 de febrero, por el que se aprueba el Plan de puertos de Cataluña.
- DECRETO 17/2005, de 8 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de marinas interiores de Cataluña.
- DECRETO 258/2003, de 21 de octubre, de aprobación del Reglamento de desarrollo de la Ley 5/1998, de 17 de abril, de puertos de Cataluña.
- DECRETO 206/2001, de 24 de julio, de aprobación del Reglamento de policía portuaria.
- LEY 5/1998, de 17 de abril, de puertos de Cataluña.
Preguntas frecuentes:
(Ver sección FAQ)