Autorización de vigilancia en polígonos industriales o urbanizaciones
Actualizado el 7 de marzo de 2025
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Objetivo
Permite a polígonos industriales y urbanizaciones delimitadas obtener autorización para servicios de vigilancia y protección.
¿Quién puede solicitarlo?
Empresas y profesionales interesados en prestar un servicio de vigilancia privada en un polígono industrial o urbanización.
Requisitos principales
- El polígono o urbanización debe estar netamente delimitado y separado de los núcleos poblados.
- No debe haber solución de continuidad entre distintas partes del polígono o urbanización.
- No debe haber uso público de las calles del polígono o urbanización por tráfico ajeno.
- La administración municipal no debe haberse hecho cargo de la gestión de los elementos comunes y servicios municipales.
- El polígono o urbanización debe contar con administración específica y global para decisiones comunes.
Duración del trámite
Plazo máximo de resolución: 3 meses.
Resumen
Este trámite permite solicitar la autorización para prestar servicios de vigilancia privada en polígonos industriales o urbanizaciones delimitadas.
Quién puede usar este servicio: Empresas y profesionales interesados en prestar servicios de vigilancia en polígonos o urbanizaciones.
Importante: Este trámite solo se puede realizar por internet.
Lo que necesitas
Documentación requerida:
- Plano del polígono o de la urbanización.
Requisitos:
- El polígono o urbanización debe estar claramente delimitado y separado de los núcleos poblados.
- No debe haber discontinuidad entre las distintas partes del polígono o urbanización.
- No debe haber uso público de las calles por tráfico ajeno.
- La administración municipal no debe gestionar los elementos comunes y servicios.
- Debe existir una administración específica y global para la toma de decisiones comunes.
Costes:
- Tasa de 279,60 €.
Cómo hacerlo
Paso a paso:
- Solicitar: Identificar el polígono o urbanización, indicar la dirección y las circunstancias, y aclarar los motivos de la solicitud. Adjuntar el plano requerido.
- Formulario de solicitud telemática: Iniciar (Acceder a Formulario de solicitud telemática (formulario en html))
- Hacer el pago: Una vez enviada la solicitud, se generará un acuse de recibo con una carta de pago. Se puede pagar en línea con tarjeta o mediante la carta de pago.
- Consultar el estado del trámite: Se puede consultar en Canal Empresa, en el Estado de mis gestiones o llamando al 012.
- Recibir la respuesta de la Administración: El director de los Servicios Territoriales de Interior resolverá el procedimiento. La resolución se notificará electrónicamente en un plazo máximo de tres meses a través de e-NOTUM.
Después de hacerlo
- Plazo máximo de resolución: 3 meses.
- Se recibirá una notificación electrónica con la resolución.
Ayuda
- Contacto: No se proporciona información de contacto específica.
- Normativa:
- Ley 5/2014, de 4 de abril, de Seguridad Privada.
- Real Decreto 2364/1994, de 9 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Seguridad Privada.
- LEY 2/2023, de 16 de marzo, de presupuestos de la Generalitat de Catalunya para 2023.
- LEY 3/2023, de 16 de marzo, de medidas fiscales, financieras, administrativas y del sector público para el 2023.
- ORDEN INT/102/2023, de 27 de abril, por la que se da publicidad a las tasas vigentes que gestiona el Departamento de Interior durante el año 2023.