Autorización de transporte sanitario privado complementario (VSPC)
Se considera transporte sanitario privado complementario, los servicios prestados por las empresas para el traslado de su personal accidentado o enfermo, por los centros sanitarios a sus propios pacientes y por las entidades asistenciales privadas a sus asegurados, todos ellos prestados con vehículos y personal propios, y sin que se perciba una retribución independiente por el servicio de transporte. Si una empresa o una persona quiere dedicarse a la realización de este transporte, debe solicitar una autorización para poder desarrollar esta tarea. Con esta autorización se consigue una tarjeta de transporte que debe renovarse o visar cada dos años, dependiendo del calendario establecido. En caso de que la autorización caduque se puede rehabilitar dentro del plazo de un año, a partir del vencimiento del plazo en el que correspondía haber hecho el visado. Los vehículos no podrán continuar dedicándose a la realización de transporte sanitario, desde el momento en que superen la antigüedad máxima de 10 años, contados desde su primera matriculación.
Información adicional sobre las autorizaciones de transporte de viajeros.
Leer másEn la Oficina de Atención Ciudadana (OAC) del DTES. Calle de Aragón - Barcelona hay que disponer de cita previa para realizar este trámite:
- Pedir cita previa - particulares
- Pedir cita previa - gestores
Si no visualiza correctamente algún formulario, el deberá guardar y rellenar desde su ordenador.
A quién va dirigido
A personas físicas o jurídicas que necesiten de este tipo de transporte, como complemento de su actividad principal.
Organismo responsable
Normativa
Documentación relacionada
- Información general sobre el transporte de viajeros [32,89 KB ]
- Autorización para retirar documentos [261,25 KB ]
Renovar la autorización (Visar)
Plazos
La solicitud de visado se presentará los años impares y el plazo se aplica teniendo en cuenta la última cifra del número o código de identificación fiscal de la empresa solicitante.
- Se trata de la renovación de todas las autorizaciones.
- El visado se efectuará cada dos años de acuerdo con el calendario establecido.
- Las autorizaciones no visadas en la periodicidad establecida se consideran caducadas, sin perjuicio de su posible rehabilitación. Asimismo, las copias correspondientes a los vehículos concretos en relación a los que no se pida el visado, serán dadas de baja sin que en ningún caso se puedan rehabilitar.
Calendario para visar
- Las empresas con NIF o CIF acabado en:
- 1: Entre el primero y el último día hábil del mes de enero.
- 2: Entre el primero y el último día hábil del mes de febrero.
- 3: Entre el primero y el último día hábil del mes de marzo.
- 4: Entre el primero y el último día hábil del mes de abril.
- 5: Entre el primero y el último día hábil del mes de mayo.
- 6: Entre el primero y el último día hábil del mes de junio.
- 7: Entre el primero y el último día hábil del mes de julio.
- 8: Entre el primero y el último día hábil del mes de septiembre.
- 9: Entre el primero y el último día hábil del mes de octubre
- 0: Entre el primero y el último día hábil del mes de noviembre.
Documentación
Presentar original y fotocopia o bien copia cotejada. Si el documento lleva código seguro de verificación digital, admite copia simple.
- Formulario de solicitud del 'PASO 1. Presentar la solicitud' y el anexo 2.
- Las personas que conduzcan el vehículo (titular, familiar y / o asalariadas):
- Libro de familia y recibo de autónomos, si son familiares.
- Modelo TC2 de la Tesorería General de la Seguridad Social, si son asalariadas.
- Certificado técnico sanitario en vigor expedido a nombre del titular solicitante de la autorización, de cada vehículo.
Requisitos
- Ser persona física o jurídica.
- Tener la nacionalidad de un estado miembro de la Unión Europea; o bien de un estado no miembro de la UE, que en virtud de los tratados o convenios internacionales suscritos por España, no sea exigible el requisito de la nacionalidad a sus ciudadanos.
- Cumplir con las obligaciones de carácter fiscal. Hay que:
- Estar dado de alta en el censo, en el epígrafe correspondiente a una actividad diferente del transporte público sanitario.
- Haber presentado las declaraciones que correspondan de IRPF, IVA e impuesto de sociedades.
- No tener deudas fiscales en periodo ejecutivo.
- Cumplir con las obligaciones laborales y sociales. Hay que:
- Estar dado de alta en la Seguridad Social en el régimen que les corresponda, la empresa y todas las personas trabajadoras.
- Haber presentado los documentos de cotización de la Seguridad Social.
- No tener deudas con la Seguridad Social.
- Disponer, como mínimo, de una ambulancia de antigüedad inferior a los 10 años, en posesión de la certificación técnico sanitaria, y en régimen de propiedad, leasing o arrendamiento ordinario.
- ener en plantilla un número de conductores igual o superior al 80% del número de vehículos de que disponga la empresa
- No tener sanciones pendientes de pago, por infracción de la normativa de transportes, que se hayan impuesto por una resolución que ponga fin a la vía administrativa.
- Pagar la tasa correspondiente.
Nota: Los requisitos que no se soliciten en el apartado de documentación se consultarán de forma telemática.
Tasas
? 24,05 por cada copia certificada
Las solicitudes se tramitan siempre en la provincia donde conste el domicilio fiscal.
Puede tramitar la solicitud el titular o cualquier persona debidamente acreditada mediante una autorización escrita y fotocopia del DNI del titular.
Presencialmente
- Solicitud para trámites relacionados con autorizaciones de transporte y de actividades auxiliares y complementarias[270,32 KB ]
- Anexo 2. Relación de vehículos[223,92 KB ]
Puntos de tramitación
- Oficina d'Atenció Ciutadana (OAC) del DTES. Carrer d'Aragó - Barcelona
- Servei Territorial de Transports de Lleida
- Oficina d'Atenció Ciutadana (OAC) del DTES. Casa Gasset - Tarragona
- Serveis Territorials de Territori i Sostenibilitat a la Catalunya Central
- Oficina de Gestió Empresarial a Barcelona
- Oficina de Gestió Empresarial de Girona
- Oficina de Gestió Empresarial de Lleida
- Oficina de Gestió Empresarial de Tarragona
- Oficina de Gestió Empresarial de les Terres de l'Ebre
- OGE - Cambra Barcelona
- OGE - Cambra Sabadell
Oficinas de tramitación rápida:
- Oficina de Atención Ciudadana (OAC) del DTES. Calle de Aragón - Barcelona. Hay que pedir cita previa para realizar este trámite.
- Servicio Territorial de Transportes de Lleida.
- Oficina de Atención Ciudadana (OAC) del DTES. Casa Gasset - Tarragona.
Dar de alta la autorización
Plazos
Se puede solicitar en cualquier momento.
Documentación
Presentar original y fotocopia o bien copia cotejada. Si el documento lleva código seguro de verificación digital, admite copia simple.
- Formulario de solicitud del 'PASO 1. Presentar la solicitud' y el anexo 2.
- Si los viajeros son trabajadores de la empresa solicitante de la autorización, deberá aportar el último TC-2 de la empresa. En caso de que los viajeros sean socios, beneficiarios o contratantes habituales de otros servicios objeto de la actividad principal de la empresa o establecimiento, deberá aportar una memoria justificativa de la necesidad de vehículos para realizar el transporte sanitario.
- Las personas que conduzcan el vehículo (titular, familiar y / o asalariadas):
- Libro de familia y recibo de autónomos, si son familiares.
- Modelo TC2 de la Tesorería General de la Seguridad Social, si son asalariadas.
- Certificado técnico sanitario en vigor expedido a nombre del titular solicitante de la autorización, de cada vehículo.
- Si se trata de una comunidad de bienes (CB) o una sociedad cooperativa catalana limitada (SCCL), documento de constitución de esta presentado en el Departamento de la Generalidad de Cataluña responsable de economía y finanzas o escrituras registradas en el Registro General de Cooperativas, respectivamente.
Requisitos
- Ser persona física o jurídica.
- Tener la nacionalidad de un estado miembro de la Unión Europea; o bien de un estado no miembro de la UE, que en virtud de los tratados o convenios internacionales suscritos por España, no sea exigible el requisito de la nacionalidad a sus ciudadanos.
- Justificar la necesidad de realizar el transporte sanitario, como complemento de la actividad principal de la empresa. El volumen de transporte autorizado a la empresa deberá ser en concordancia con las exigencias de transporte sanitario que, razonablemente, puede verse obligada a atender.
- Cumplir con las obligaciones de carácter fiscal. Hay que:
- Estar dado de alta en el censo, en el epígrafe correspondiente a una actividad diferente del transporte público sanitario.
- Haber presentado las declaraciones que correspondan de IRPF, IVA e impuesto de sociedades.
- No tener deudas fiscales en periodo ejecutivo.
- Cumplir con las obligaciones laborales y sociales. Hay que:
- Estar dado de alta en la Seguridad Social en el régimen que les corresponda, la empresa y todas las personas trabajadoras.
- Haber presentado los documentos de cotización de la Seguridad Social.
- No tener deudas con la Seguridad Social.
- Disponer, como mínimo, de una ambulancia de antigüedad inferior a los 10 años, en posesión de la certificación técnico sanitaria, y en régimen de propiedad, leasing o arrendamiento ordinario.
- Tener en plantilla un número de conductores igual o superior al 80% del número de vehículos de que disponga la empresa.
- No tener ninguna autorización de transporte público sanitario en alta o en baja recuperable.
- No tener sanciones pendientes de pago, por infracción de la normativa de transportes, que se hayan impuesto por una resolución que ponga fin a la vía administrativa.
- Pagar la tasa correspondiente.
NOTA: Los requisitos que no se soliciten en el apartado de documentación se consultarán de forma telemática.
Tasas
30,00 ? por cada copia certificada
Las solicitudes se tramitan siempre en la provincia donde conste el domicilio fiscal.
Puede tramitar la solicitud el titular o cualquier persona debidamente acreditada mediante una autorización escrita y fotocopia del DNI del titular.
Presencialmente
- Solicitud para trámites relacionados con autorizaciones de transporte y de actividades auxiliares y complementarias[270,32 KB ]
- Anexo 2. Relación de vehículos[223,92 KB ]
Puntos de tramitación
- Oficina d'Atenció Ciutadana (OAC) del DTES. Carrer d'Aragó - Barcelona
- Serveis Territorials de Territori i Sostenibilitat a la Catalunya Central
- Servei Territorial de Transports de Lleida
- Oficina d'Atenció Ciutadana (OAC) del DTES. Casa Gasset - Tarragona
- Oficina de Gestió Empresarial a Barcelona
- Oficina de Gestió Empresarial de Girona
- Oficina de Gestió Empresarial de Lleida
- Oficina de Gestió Empresarial de Tarragona
- Oficina de Gestió Empresarial de les Terres de l'Ebre
- OGE - Cambra Barcelona
- OGE - Cambra Sabadell
Oficinas de tramitación rápida:
- Oficina de Atención Ciudadana (OAC) del DTES. Calle de Aragón - Barcelona. Hay que pedir cita previa para realizar este trámite.
- Servicio Territorial de Transportes de Lleida.
- Oficina de Atención Ciudadana (OAC) del DTES. Casa Gasset - Tarragona.
Renunciar a la autorización (darse de baja)
Plazos
Se puede solicitar en cualquier momento.
Documentación
Presentar original y fotocopia o bien copia cotejada. Si el documento lleva código seguro de verificación digital, admite copia simple.
- Formulario de solicitud del 'PASO 1. Presentar la solicitud' y el anexo 2.
- Tarjetas originales de las autorizaciones que se quieran dar de baja.
- Diligencia donde se reconozca la autenticidad de la firma de la persona que solicita la baja, extendida por fedatario público, por entidad bancaria o por el órgano que recibe la solicitud. Esta solicitud deberá presentarse antes de un mes desde la fecha en que se reconoció la firma. Si el titular es una persona jurídica deberá aportar escritura pública donde consten los poderes de representación de la persona que firme la solicitud de baja.
Requisitos
- No tener sanciones pendientes de pago, por infracción de la normativa de transportes, que se hayan impuesto por una resolución que ponga fin a la vía administrativa.
NOTA: Los requisitos que no se soliciten en el apartado de documentación se consultarán de forma telemática.
Tasas
No hay tasas asociadas a este trámite
Presencialmente
- Solicitud de baja de autorizaciones de transporte y de actividades auxiliares y complementarias[264,42 KB ]
- Annex 2. Relació de vehicles[223,92 KB ]
Puntos de tramitación
- Oficina d'Atenció Ciutadana (OAC) del DTES. Carrer d'Aragó - Barcelona
- Servei Territorial de Transports de Lleida
- Oficina d'Atenció Ciutadana (OAC) del DTES. Casa Gasset - Tarragona
- Serveis Territorials de Territori i Sostenibilitat a la Catalunya Central
- Oficina de Gestió Empresarial a Barcelona
- Oficina de Gestió Empresarial de Girona
- Oficina de Gestió Empresarial de Lleida
- Oficina de Gestió Empresarial de Tarragona
- Oficina de Gestió Empresarial de les Terres de l'Ebre
- OGE - Cambra Barcelona
- OGE - Cambra Sabadell
En la Oficina de Atención Ciudadana (OAC) del DTES. Calle de Aragón - Barcelona hay que pedir cita previa para realizar este trámite.
Rehabilitar la autorización caducada
Plazos
Se puede solicitar en el plazo de un año a partir de la fecha en que finaliza el plazo en que correspondía realizar el visado.
Documentación
Presentar original y fotocopia o bien copia cotejada. Si el documento lleva código seguro de verificación digital, admite copia simple.
- Formulario de solicitud del 'PASO 1. Presentar la solicitud' y el anexo 2.
- Las personas que conduzcan el vehículo (titular, familiar y / o asalariadas):
- Libro de familia y recibo de autónomos, si son familiares.
- Modelo TC2 de la Tesorería General de la Seguridad Social, si son asalariadas.
- Certificado técnico sanitario en vigor expedido a nombre del titular solicitante de la autorización, de cada vehículo.
Requisitos
- Ser persona física o jurídica.
- Tener la nacionalidad de un estado miembro de la Unión Europea; o bien de un estado no miembro de la UE, que en virtud de los tratados o convenios internacionales suscritos por España, no sea exigible el requisito de la nacionalidad a sus ciudadanos.
- Cumplir con las obligaciones de carácter fiscal. Hay que:
- Estar dado de alta en el censo, en el epígrafe correspondiente a una actividad diferente del transporte público sanitario.
- Haber presentado las declaraciones que correspondan de IRPF, IVA e impuesto de sociedades.
- No tener deudas fiscales en periodo ejecutivo.
- Cumplir con las obligaciones laborales y sociales. Hay que:
- Estar dado de alta en la Seguridad Social en el régimen que les corresponda, la empresa y todas las personas trabajadoras.
- Haber presentado los documentos de cotización de la Seguridad Social.
- No tener deudas con la Seguridad Social.
- Disponer, como mínimo, de una ambulancia de antigüedad inferior a los 10 años, en posesión de la certificación técnico sanitaria, y en régimen de propiedad, leasing o arrendamiento ordinario.
- Tener en plantilla un número de conductores igual o superior al 80% del número de vehículos de que disponga la empresa.
- No tener sanciones pendientes de pago, por infracción de la normativa de transportes, que se hayan impuesto por una resolución que ponga fin a la vía administrativa.
- Pagar la tasa correspondiente.
Nota: Los requisitos que no se soliciten en el apartado de documentación se consultarán de forma telemática.
Tasas
30,00 ? por cada copia certificada
Las solicitudes se tramitan siempre en la provincia donde conste el domicilio fiscal.
Puede tramitar la solicitud el titular o cualquier persona debidamente acreditada mediante una autorización escrita y fotocopia del DNI del titular.
Presencialmente
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