Autorización de transporte público de viajeros en autobús (VD)

Actualizado el 21 de mayo de 2020
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Es la autorización que necesita una empresa para llevar a cabo la actividad de transporte público de viajeros, en vehículos de más de nueve plazas (autobús).

Información adicional sobre las autorizaciones de transporte de viajeros.

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En la Oficina de Atención Ciudadana (OAC) del DTES. Calle de Aragón - Barcelona hay que disponer de cita previa para realizar este trámite:

A quién va dirigido

  • A personas físicas que se quieren dedicar al transporte de viajeros de ámbito estatal.
  • A personas jurídicas que quieren dedicarse al transporte de viajeros de ámbito estatal.

Organismo responsable

Normativa

Documentación relacionada

Renunciar a la autorización (darse de baja)

Plazos

Es pot sol·licitar en qualsevol moment.

Documentación

Presentar original y fotocopia o bien copia cotejada. Si el documento lleva código seguro de verificación digital, admite copia simple.

  1. Formulario de solicitud del 'PASO 1. Presentar la solicitud' y el anexo 2.
  2. Tarjetas originales de las autorizaciones que se quieran dar de baja.
  3. Diligencia donde se reconozca la autenticidad de la firma de la persona que solicita la baja, extendida por fedatario público, por entidad bancaria o por el órgano que recibe la solicitud. Esta solicitud deberá presentarse antes de un mes desde la fecha en que se reconoció la firma. Si el titular es una persona jurídica deberá aportar escritura pública donde consten los poderes de representación de la persona que firme la solicitud de baja.

Requisitos

  1. Tener la autorización para ejercer la actividad de transporte de viajeros.
  2. No tener sanciones pendientes de pago, por infracción de la normativa de transportes, que se hayan impuesto por una resolución que ponga fin a la vía administrativa .
  3. La autorización no debe tener anotaciones de embargo.

Nota: Los requisitos que no se soliciten en el apartado de documentación se consultarán de forma telemática.

Tasas

No hay tasas asociadas a este trámite.

Las solicitudes se tramitan siempre en la provincia donde conste el domicilio fiscal.
Puede tramitar la autorización el titular o cualquier persona debidamente acreditada mediante una autorización escrita y fotocopia del DNI del titular.

Presencialmente


Puntos de tramitación

  • En la Oficina de Atención Ciudadana (OAC) del DTES. Calle de Aragón - Barcelona hay que pedir cita previa para realizar este trámite.

Renovar la autorización (visar)

Plazos

La solicitud de visado se presentará los años impares y el plazo se aplica teniendo en cuenta la última cifra del número o código de identificación fiscal de la empresa solicitante.

  1. Se trata de la renovación de todas las autorizaciones.
  2. El visado se efectuará cada dos años de acuerdo con el calendario establecido.
  3. Las autorizaciones no visadas en la periodicidad establecida se consideran caducadas, sin perjuicio de su posible rehabilitación.

Calendario para visar

  • Las empresas con NIF o CIF acabado en:
    • 1: Entre el primero y el último día hábil del mes de enero.
    • 2: Entre el primero y el último día hábil del mes de febrero.
    • 3: Entre el primero y el último día hábil del mes de marzo.
    • 4: Entre el primero y el último día hábil del mes de abril.
    • 5: Entre el primero y el último día hábil del mes de mayo.
    • 6: Entre el primero y el último día hábil del mes de junio.
    • 7: Entre el primero y el último día hábil del mes de julio.
    • 8: Entre el primero y el último día hábil del mes de septiembre.
    • 9: Entre el primero y el último día hábil del mes de octubre
    • 0: Entre el primero y el último día hábil del mes de noviembre.

Documentación

Presentar original y fotocopia o bien copia cotejada. Si el documento lleva código seguro de verificación digital, admite copia simple.

  1. Formulario de solicitud del 'PASO 1. Presentar la solicitud', el anexo 1.A y el anexo 2.
  2. Ficha técnica de los vehículos con la ITV en vigor.
  3. Si alguno de los vehículos es de alquiler, el destino de este en el permiso de circulación debe figurar como 'Público-Alquiler sin conductor' y el contrato de arrendamiento (o pre-contrato u hoja de entrega de vehículo) debe incluir :
      • Identificación del arrendador (empresa de alquiler):
        • Persona física: nombre, NIF y firma.
        • Persona jurídica: nombre y CIF.
      • Identificación del arrendatario (titular de la autorización):
        • Persona física: nombre, NIF y firma.
        • Persona jurídica: nombre y CIF de la empresa y nombre de la persona representante.
      • Identificación del vehículo mediante el número de matrícula o bastidor.
      • Duración del contrato.
      • Vigencia del contrato: al presentar la solicitud, el contrato debe estar vigente.

Además,

Si la persona solicitante es una persona física:

  1. Hay que acreditar que la capacidad financiera es suficiente (véase el punto sobre la capacidad económica en el apartado de requisitos) mediante cualquiera de los siguientes documentos:
      • Certificado bancario sellado de disposición de fondos relacionados con:
        • cuentas corrientes
        • depósitos bancarios
        • Fondos de inversión
        • Seguros de vida con valor de rescate
        • Planes de jubilación con valor de rescate
        • Contratos de inversiones de deuda pública

El certificado debe tener fecha dentro de los 6 meses anteriores y deberá indicar explícitamente la cantidad a la que hace referencia, ya sea porque indica el volumen total de recursos o bien indica que son superiores a una determinada cantidad. En ningún caso se admitirán referencias genéricas como pe: ... "dispone de unos recursos suficientes para gestionar una empresa de transportes ...".

      • Declaración de capacidad económica junto con el recibo del impuesto de bienes inmuebles a nombre del titular de la autorización.
      • Declaración de capacidad económica junto con una valoración del vehículo (certificado, tasación, hoja de valoración) hecha por una empresa de compraventa de vehículos o concesionario oficial. En el documento debe salir el nombre del titular del vehículo, la identificación del vehículo (matrícula o número de bastidor), el valor de tasación y el nombre y firma de quien hace el certificado.
      • Declaración de capacidad económica junto con la factura del vehículo
      • Declaración de capacidad económica junto con una valoración de maquinaria o de otros bienes de equipo de los que se deberá acreditar la propiedad por parte del titular de la autorización.
      • Última declaración o documento de ingreso del Impuesto sobre el Patrimonio de las Personas Físicas.
  1. Si la competencia profesional es aportada por otra persona, hay que presentar la siguiente documentación:
    • Copia auténtica de la escritura notarial donde consten los poderes de representación y disposición de fondos a favor de la persona que aporta la competencia.
        • Acreditación de la vinculación de esta persona con la persona solicitante mediante:
        • Si es familiar hasta segundo grado de consanguinidad o afinidad:
          • Acreditación de la relación familiar mediante el libro de familia, escritura pública (copia auténtica) o documentación tributaria o administrativa que conste el parentesco.
          • Último recibo de autónomos o documento que acredite el alta en la Seguridad Social.
          Si es cónyuge:
          • Acreditación de la relación familiar mediante el libro de familia, escritura pública (copia auténtica) o documentación tributaria o administrativa que conste el parentesco.
          Si es pareja de hecho:
          • Acreditación de la situación de pareja de hecho mediante documento administrativo, escritura pública de declaración de pareja de hecho (copia auténtica) o libro de familia,
          Si es cualquier otra persona:
            • Documento que acredite el alta en la Seguridad Social en el régimen general como personal directivo (grupos 01, 02, 03) en el que conste la persona que aporta la capacitación (contrato de trabajo, nómina u otra documentación de la Seguridad Social).

Si la persona solicitante es una persona jurídica:

  1. Hay que acreditar que el capital social más las reservas es suficiente mediante cualquiera de los siguientes documentos:
    • Última declaración del impuesto de sociedades. Si la suma del capital social más reservas es inferior al necesario, hay que aportar también copia auténtica de las escrituras, presentadas en el registro mercantil, de ampliación del capital posteriores a la fecha de la presentación del Impuesto sobre Sociedades.
    • Certificado firmado por el administrador / a, o el / la secretario / a del Consejo de Administración con el visto bueno del / la presidente / a, respecto del capital más las reservas que constan en el último balance oficial. En el caso de cooperativas, el certificado será del / la secretario / a con el visto bueno del / la Presidente / a. Será necesario acreditar el nombramiento de cargos.

Estos documentos no serán necesarios en el supuesto de personas jurídicas de nueva creación que no han presentado aún el impuesto anual de sociedades. En este supuesto sólo se tendrá en cuenta el capital social que conste en el Registro Mercantil.

  1. En relación con el / la gestor / a de transporte, es decir, la persona que aporte la competencia profesional (véase el punto sobre la capacidad profesional en el apartado de requisitos), se deberá presentar la siguiente documentación:
      • Copia auténtica de la escritura notarial donde conste los poderes de representación y disposición de fondos a su favor. No será necesario si esta persona es administradora.
      • Acreditación de la vinculación de esta persona con la empresa:
      • Si el gestor de transporte está en posesión del 15% o más de acciones o participaciones de la empresa debe presentar alguno de los siguientes documentos:
          • Escrituras de constitución de la empresa (copia auténtica).
          • Documento de compraventa de acciones ante notario. Este tipo de documentación no será necesario que pase por el Registro Mercantil.
          • Impuesto sobre Sociedades, en el que conste el porcentaje citado .
        Si el gestor de transporte no está en posesión del 15%, se debe presentar alguno de los siguientes documentos:
        • Si es trabajador en régimen general: documento de alta en la Seguridad Social ( contrato de trabajo, nómina u otra documentación de la Seguridad Social) donde conste como trabajador directivo de la empresa (grupos 01, 02, 03).
        • Si es administrador de la empresa: último recibo de autónomos.
        • Si es socio de la empresa (sin llegar al 15%): último recibo de autónomos más acreditación de la titularidad de las acciones mediante escrituras, Impuesto Sobre Sociedades o, en caso de cooperativas, libro de socios.
      • Si forma parte del entorno familiar hasta el segundo grado de afinidad o consanguinidad y este entorno familiar es titular de más del 50% de las acciones: acreditación de la titularidad de las acciones con escrituras o Impuesto Sobre Sociedades, libro de familia y último recibo de autónomos del gestor.

Si la persona que aporta la competencia profesional ejerce de gestora en varias empresas que configuren un grupo de empresas:

  • Documento que acredite que un mismo titular dispone de más 50% o más del capital social de cada empresa.
  • Documento que acredite la vinculación de la persona gestora con, al menos, una de las empresas.
  • Documento que acredite los poderes de representación y disposición de fondos en todas las empresas.

Requisitos

  1. Ser persona física o jurídica.
  2. Tener la nacionalidad de un estado miembro de la Unión Europea; o bien de un estado no miembro de la UE, que en virtud de los tratados o convenios internacionales suscritos por España, no sea exigible el requisito de la nacionalidad a sus ciudadanos.
  3. Tener la competencia profesional para ejercer la actividad de transporte de viajeros.
  4. Cumplir el requisito de honorabilidad, es decir, ni el titular ni el gestor de transportes no deben haber sido condenados por la comisión de delitos o faltas penales ni sancionados por la comisión de infracciones relacionadas con los ámbitos mercantil, social o laboral, de seguridad vial o de ordenación de los transportes terrestres que den lugar a la pérdida de este requisito.
  5. Capacidad financiera: disponer de un capital de 9.000 ? para el primer vehículo y de 5.000 ? más por cada vehículo adicional.
  6. Cumplir con las obligaciones de carácter fiscal. Hay que:
    • Estar dado de alta en el censo, en el epígrafe correspondiente al transporte de viajeros por carretera (721.3).
    • Haber presentado las declaraciones que correspondan de IRPF, IVA e impuesto de sociedades.
    • No tener deudas fiscales en periodo ejecutivo.
  7. Cumplir con las obligaciones laborales y sociales. Hay que:
    • Estar dado de alta en la Seguridad Social en el régimen que les corresponda, la empresa y todas las personas trabajadoras.
    • Haber presentado los documentos de cotización de la Seguridad Social.
    • No tener deudas con la Seguridad Social.
  8. Las empresas con cinco o más vehículos deberán disponer de un mínimo de cinco vehículos en régimen de propiedad o leasing, que deberán sumar conjuntamente 90 plazas. En caso de empresas con menos de cinco vehículos, se deberá disponer de todos los vehículos en régimen de propiedad o leasing.
  9. Tener la ITV de los vehículos en vigor.
  10. Disponer de establecimiento.
  11. No tener sanciones pendientes de pago, por infracción de la normativa de transportes, que se hayan impuesto por una resolución que ponga fin a la vía administrativa.
  12. Disponer de dirección y firma electrónica, así como el equipo informático necesario para documentar a distancia el contrato y de otras formalidades mercantiles con los clientes.
  13. Pagar la tasa correspondiente.

Nota: Los requisitos que no se soliciten en el apartado de documentación se consultarán de forma telemática.

Tasas

24,05? por cada copia certificada de la autorización.

En el caso de los servicios territoriales las solicitudes se tramitan siempre en la provincia donde conste el domicilio fiscal.
Puede tramitar la solicitud el titular o cualquier persona debidamente acreditada mediante una autorización escrita y fotocopia del DNI del titular.

Presencialmente


Puntos de tramitación

  • En la Oficina de Atención Ciudadana (OAC) del DTOS. Calle de Aragón - Barcelona hay que pedir cita previa para realizar este trámite.

Dar de alta la autorización

Plazos

Se puede solicitar en cualquier momento.

Documentación

Presentar original y fotocopia o bien copia cotejada. Si el documento lleva código seguro de verificación digital, admite copia simple.

  1. Formulario de solicitud del 'PASO 1. Presentar la solicitud', el anexo 1.A y el anexo 2.
  2. Ficha técnica de los vehículos con la ITV en vigor.
  3. Si alguno de los vehículos es de alquiler, el destino de este en el permiso de circulación debe figurar como 'Público-Alquiler sin conductor' y el contrato de arrendamiento (o pre-contrato u hoja de entrega de vehículo) debe incluir:
        • Identificación del arrendador (empresa de alquiler):
          • Persona física: nombre, NIF y firma.
          • Persona jurídica: nombre y CIF.
        • Identificación del arrendatario (titular de la autorización):
          • Persona física: nombre, NIF y firma.
          • Persona jurídica: nombre y CIF de la empresa y nombre de la persona representante.
        • Identificación del vehículo mediante el número de matrícula o bastidor.
        • Duración del contrato.
        • Vigencia del contrato: al presentar la solicitud, el contrato debe estar vigente.
  1. Si se trata de una sociedad cooperativa catalana limitada (SCCL) hay que aportar escrituras de constitución registradas en el Registro General de Cooperativas.

Además,

Si la persona solicitante es una persona física:

  1. Hay que acreditar que la capacidad financiera es suficiente (véase el punto sobre la capacidad económica en el apartado de requisitos) mediante cualquiera de los siguientes documentos:
      • Certificado bancario sellado de disposición de fondos relacionados con:
        • cuentas corrientes
        • depósitos bancarios
        • Fondos de inversión
        • Seguros de vida con valor de rescate
        • Planes de jubilación con valor de rescate
        • Contratos de inversiones de deuda pública

El certificado debe tener fecha dentro de los 6 meses anteriores y deberá indicar explícitamente la cantidad a la que hace referencia, ya sea porque indica el volumen total de recursos o bien indica que son superiores a una determinada cantidad. En ningún caso se admitirán referencias genéricas como pe: ... "dispone de unos recursos suficientes para gestionar una empresa de transportes ...".

      • Declaración de capacidad económica junto con el recibo del impuesto de bienes inmuebles a nombre del titular de la autorización.
      • Declaración de capacidad económica junto con una valoración del vehículo (certificado, tasación, hoja de valoración) hecha por una empresa de compraventa de vehículos o concesionario oficial. En el documento debe salir el nombre del titular del vehículo, la identificación del vehículo (matrícula o número de bastidor), el valor de tasación y el nombre y firma de quien hace el certificado.
      • Declaración de capacidad económica junto con la factura del vehículo
      • Declaración de capacidad económica junto con una valoración de maquinaria o de otros bienes de equip

Oficinas de la administración

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Avenida Dr. Josep Laporte 2, 43204, Reus

Consorci Per a la Normalització Lingüística (CPNL)

Calle Mallorca 272, 08037, Barcelona

Tel. 932723100

Consorci Hospitalari de Vic

Calle Francesc Pla, el Vigatà 1, 08500, Vic

Tel. 938891111

Fundación Privada Centro de Investigación en Salud Internacional de Barcelona (CRESIB)

Calle Rosselló 132, 08036, Barcelona

Tel. 932275706

Institut D'Investigacions Biomèdiques August Pi I Sunyer (IDIBAPS)

Calle Rosselló 149-153, 08036, Barcelona

Escola D'Administració Pública de Catalunya (EAPC)

Carrer Girona 20, 08010, Barcelona

Consorci del Parc Fluvial del Llobregat

Otros Torre de L'Amo de Viladomiu Nou s/n, 08680, Gironella

Tel. 938250689

Cataluña Radio

Avinguda Diagonal 614-616, 08021, Barcelona

Institut Català de Ciències del Clima (IC3)

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